RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0786-2010-AG - Aprueban tabla de aplicación del seguro agropecuario catastrófico para la campaña 2010 - 2011

Fecha de disposición18 Diciembre 2010
Fecha de publicación18 Diciembre 2010
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, sábado 18 de diciembre de 2010
431146
Agraria-INIA, derogándose todos los dispositivos que se le
opongan;
Que, con la vigencia de la Ley Nº 29060 - Ley del
Silencio Administrativo, concordante con el numeral 38.5
del artículo 38º de la Ley Nº 27444, que dispone que una
vez aprobado el TUPA, toda modif‌i cación que no implique
la creación de nuevos procedimientos, incrementos de
derechos de tramitación o de requisitos, se debe realizar
por Resolución Ministerial del Sector, el TUPA del Instituto
Nacional de Investigación Agraria-INIA fue modif‌i cado por
Resolución Ministerial Nº 697-2007-AG;
Que, la Tercera Disposición Complementaria Final del
Decreto Legislativo Nº 997, Ley de Organización y Funciones
del Ministerio de Agricultura, modif‌i ca la denominación del
Instituto Nacional de Investigación Agraria por la de Instituto
Nacional de Innovación Agraria-INIA y precisa que tiene a
su cargo, el diseñar y ejecutar la estrategia nacional de
innovación agraria;
Que, el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 1080, que
modif‌i ca la Ley Nº 27262 - Ley General de Semillas, precisa
que el Ministerio de Agricultura, a través del organismo
público adscrito a éste, es la Autoridad en Semillas y como
tal es la autoridad nacional competente, para normar,
promover, supervisar y sancionar las actividades relativas
a la producción, certif‌i cación y comercialización de semillas
de buena calidad y ejecutar las funciones técnicas y
administrativas, contenidas en la Ley General de Semillas
y sus Reglamentos;
Que, la Quinta Disposición Complementaria
Transitoria del Reglamento de la Ley General de
Semillas, aprobado por Decreto Supremo Nº 026-2008-
AG, precisa que a partir del 1º de enero de 2009, el
Instituto Nacional de Innovación Agraria-INIA, ejercerá
las funciones de Autoridad de Semillas, quien para el
cumplimiento de sus f‌i nes debe contar con la aprobación
de los procedimientos administrativos y los servicios
que brinda en exclusividad, bajos los alcances de las
funciones asignadas, lo cual supone la existencia de
un nuevo procedimiento administrativo que debe ser
incorporado en el TUPA del INIA;
Que, el Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM aprueba
los lineamientos para elaboración y aprobación del
TUPA y establece disposiciones para el cumplimiento
de la Ley del Silencio Administrativo, indicando en su
artículo 11º numeral 11.2 que en el caso de los TUPA de
los Organismos Públicos Descentralizados del Gobierno
Nacional, incluidos aquellos adscritos a la Presidencia
del Consejo de Ministros, previamente a su aprobación,
deberán contar con la opinión de la Oficina General de
Planeamiento y Presupuesto del Ministerio al cual se
encuentran adscritos;
Que, la propuesta del TUPA del Instituto Nacional de
Innovación Agraria - INIA, cuenta con el informe favorable
de la Of‌i cina General de Planif‌i cación, de la Of‌i cina General
de Asesoría Jurídica y la Of‌i cina General de Administración
del Instituto Nacional de Innovación Agraria, así como de
la Of‌i cina de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de
Agricultura;
De conformidad con la Ley del Procedimiento
Administrativo General - Ley Nº 27444, el Reglamento de
Organización y Funciones del INIA aprobado por Decreto
Supremo Nº 031-2005-AG, modif‌i cado por Decreto
Supremo Nº 027-2008-AG y Decreto Legislativo Nº 997 Ley
de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura;
DECRETA:
Artículo 1.- Aprobación
Apruébase el Texto Único de Procedimientos
Administrativos -TUPA del Instituto Nacional de Innovación
Agraria - INIA, que consta de ocho (08) Procedimientos
Administrativos y once (11) Servicios brindados en
Exclusividad, según Anexo adjunto que forma parte
integrante del presente Decreto Supremo.
Artículo 2.- Derogación
Derógase el Texto Único de Procedimientos
Administrativos - TUPA del ex Instituto Nacional de
Investigación Agraria - INIA, aprobado por Decreto Supremo
Nº 011-2006-AG y su modif‌i catoria Resolución Ministerial
Nº 697-2007-AG.
Artículo 3.- Publicación
El presente Decreto Supremo será publicado en el
Diario Of‌i cial El Peruano. El TUPA y Anexo en el Portal
de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE (www.
serviciosalciudadano.gob.pe) y en el portal institucional
(www.inia.gob.pe).
Artículo 4.- Refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado
por el Ministro de Agricultura y entrará en vigencia al
día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El
Peruano.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecisiete
días del mes de diciembre del año dos mil diez
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
RAFAEL QUEVEDO FLORES
Ministro de Agricultura
579964-4
Aprueban tabla de aplicación del
seguro agropecuario catastrófico para
la campaña 2010 -2011
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0786-2010-AG
Lima, 17 de diciembre de 2010
VISTO:
El Of‌i cio Nº 012-2010-DVM-FOGASA-CD, de fecha 17
de diciembre de 2010, del Presidente del Consejo Directivo
del Fondo de Garantía para el Campo y del Seguro
Agropecuario, mediante el cual solicita la aprobación de
la Tabla de Aplicación del Seguro Agropecuario para la
Campaña 2010-2011; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley Nº 28939, Ley que aprueba el
Crédito Suplementario y Transferencia de partidas en el
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006,
se aprobó en su artículo 4º la constitución del Fondo de
Garantía para el Campo;
Que, mediante Ley Nº 28995, se amplió la f‌i nalidad del
Fondo de Garantía para el Campo, en el sentido, de que
f‌i nanciará mecanismos de aseguramiento agropecuario,
ofrecidos a través del Sistema de Seguros, y se modif‌i
su denominación a Fondo de Garantía para el Campo y del
Seguro Agropecuario.
Que, con Ley Nº 29148, se estableció la implementación
y el funcionamiento del Fondo de Garantía para el Campo y
del Seguro Agropecuario;
se aprobó el Reglamento Operativo del Fideicomiso
para el Seguro Agropecuario, precisando en su artículo
8º que los productos elegibles, tipo de seguro cubiertos
y porcentaje de cof‌i nanciamiento que se aplicarán con
relación al importe de la prima serán aprobados mediante
Resolución Ministerial, con opinión favorable del Consejo
Directivo;
Que, en ese sentido mediante el Of‌i cio del Visto, el
Presidente del Consejo Directivo del Fondo de Garantía para
el Campo y del Seguro Agropecuario, solicita la aprobación
de la Tabla de Aplicación para Seguro Agropecuario para la
Campaña 2010-2011;
Que, la Dirección de Capitalización y Seguro Agrario de
la Dirección General de Competitividad Agraria, mediante
el informe Nº 082-2010-AG-DGCA/DCSA/MSV de fecha
17 de diciembre de 2010, manif‌i esta su conformidad con
el mismo;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº
997, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del
Ministerio de Agricultura y su Reglamento de Organización
y Funciones aprobadas por Decreto Supremo Nº 031-2008-
AG y lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 019-2008-AG,
se aprueba el Reglamento Operativo del Fideicomiso para
el Seguro Agropecuario;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobación.
Aprobar la tabla de aplicación del seguro agropecuario
catastróf‌i co para la campaña 2010-2011.

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