Sancionan con suspensión, cese temporal y destitución a servidores de la PNP

Fecha de disposición10 Marzo 2000
Fecha de publicación10 Marzo 2000
Pág. 184519
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 10 de marzo de 2000
SE RESUELVE:
Artículo Unico.- Autorizar al señor Procurador Público a
cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior
relativos a la Policía Nacional del Perú, para que inicie las
acciones legales pertinentes contra la Capitán Médico Asimila-
do PNP Guadalupe Violeta CABANILLAS TORO, a fin de que
revierta al Estado el total de los gastos ocasionados por el
Residentado Médico que realizó en la especialidad de Cardiolo-
gía, desde el 1.JUN.96 hasta el 31.MAY.99, incluidos los intere-
ses legales generados a la fecha de reversión.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CESAR SAUCEDO SANCHEZ
Ministro del Interior
0631
Sancionan con suspensión, cese tem-
poral y destitución a servidores de la
PNP
RESOLUCION MINISTERIAL
Nº 0166-2000-IN/PNP
Lima, 9 de febrero de 2000
Visto, el Acta Nº 151-99-COPEPROAD-PNP de 3.NOV.99,
de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disci-
plinarios para los Servidores Civiles de la Policía Nacional del
Perú, en relación a la conclusión del proceso administrativo
disciplinario instaurado a la EC TF PNP María Guadalupe
OLAECHEA VILLEGAS (41) CIP Nº 31011638;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Directoral Nº 5364-DIPER-
PNP de 20.SET.99, se instauró proceso administrativo dis-
ciplinario a la EC TF PNP María Guadalupe OLAECHEA
VILLEGAS por haber dejado de asistir a su centro de labores
del 5 al 8.ABR.99;
Que, efectuada la notificación de la indicada Resolución
Directoral y transcurrido el plazo establecido, la procesada no
ha presentado su descargo escrito ante la Comisión Permanente
de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores
Civiles de la Policía Nacional del Perú;
Que, la Comisión Permanente de Procesos Administrativos
Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policía Nacional
del Perú, ha estudiado y analizado los actuados inherentes al
proceso seguido contra la referida servidora, observando las
garantías y procedimientos establecidos, habiéndose determi-
nado que la acción realizada constituye falta grave, acordando
por unanimidad recomendar al Despacho Ministerial se le im-
ponga la sanción de DIEZ (10) días de Suspensión sin goce de
remuneraciones;
Que, de conformidad a los Arts. 28º Inc. "k" y 26º Inc. "b" del
Dec. Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y
de Remuneraciones del Sector Público, y al Art. 155º Inc. "b" de
su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM de 17.ENE.90;
Lo recomendado por la Comisión Permanente de Procesos
Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la
PNP, en el Acta Nº 151-99-COPEPROAD-PNP de 3.NOV.99;
Lo propuesto por el General Director de Personal de la
Policía Nacional del Perú; y,
Lo opinado por el Teniente General Director General de la
Policía Nacional del Perú;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Sancionar a la EC TF PNP María Guadalupe
OLAECHEA VILLEGAS con DIEZ (10) días de Suspensión sin
goce de remuneraciones, por falta disciplinaria (Abandono de
Cargo).
Artículo 2º.- Entiéndase notificada la presente Resolución
a la interesada, a partir del día siguiente de su publicación en el
Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CESAR SAUCEDO SANCHEZ
Ministro del Interior
1731
RESOLUCION MINISTERIAL
Nº 0223-2000-IN/PNP
Lima, 28 de febrero del 2000
Visto, el Acta Nº 176-99-COPEPROAD-PNP de 23.DIC.99,
de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disci-
plinarios para los Servidores Civiles de la Policía Nacional del
Perú, en relación a la conclusión del proceso administrativo
disciplinario instaurado al EC AB PNP Víctor Manuel ESPINO-
ZA LARREA (30) CIP Nº 31043447;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Directoral Nº 7218-DIPER-PNP
de 1.DIC.99, se instauró proceso administrativo disciplinario al
EC AB PNP Víctor Manuel ESPINOZA LARREA por incurrir
en presunto Abandono de cargo desde el 31.MAR.99, no
reincorporándose hasta la fecha;
Que, efectuada la notificación de la indicada Resolución
Directoral y transcurrido el plazo establecido, el procesado no ha
presentado su descargo escrito ante la Comisión Permanente de
Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores
Civiles de la Policía Nacional del Perú;
Que, la Comisión Permanente de Procesos Administrativos
Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policía Nacional
del Perú, ha estudiado y analizado los actuados inherentes al
proceso seguido contra el referido servidor, observando las
garantías y procedimientos establecidos, habiéndose determi-
nado que la acción realizada constituye falta grave, acordando
por unanimidad recomendar al Despacho Ministerial se le im-
ponga la sanción de Destitución;
Que, de conformidad a los Arts. 28º Inc. "k" y 26º Inc. "d" del
Dec. Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y
de Remuneraciones del Sector Público, y a los Arts. 155º Inc. "d"
y 159º de su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM de
17.ENE.90;
Lo recomendado por la Comisión Permanente de Procesos
Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la
PNP, en el Acta Nº 176-99-COPEPROAD-PNP de 23.DIC.99;
Lo propuesto por el General Director de Personal de la
Policía Nacional del Perú; y,
Lo opinado por el General de Policía Director General de la
Policía Nacional del Perú;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Sancionar al EC AB PNP Víctor Manuel
ESPINOZA LARREA, con Destitución por falta disciplinaria
(Abandono de Cargo), con fecha 31.MAR.99, en vía de regulari-
zación.
Artículo 2º.- Entiéndase notificada la presente Resolución
al interesado, a partir del día siguiente de su publicación en el
Diario Oficial El Peruano.
Artículo 3º.- Disponer se remita copia de la presente Reso-
lución a la Presidencia del Consejo de Ministros, para los fines
pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CESAR SAUCEDO SANCHEZ
Ministro del Interior
2489
RESOLUCION MINISTERIAL
Nº 0225-2000-IN/PNP
Lima, 28 de febrero del 2000
Visto, el Acta Nº 172-99-COPEPROAD-PNP de 22.DIC.99,
de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disci-
plinarios para los Servidores Civiles de la Policía Nacional del
Perú, en relación a la conclusión del proceso administrativo
disciplinario instaurado a la EC PC PNP Eliana Alejandra
NUÑEZ CASTILLO (36) CIP Nº 70039334;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Directoral Nº 7072-DIPER-PNP
de 25.NOV.99, se instauró proceso administrativo disciplinario
a la EC PC PNP Eliana Alejandra NUÑEZ CASTILLO por
incurrir en presunto Abandono de cargo desde el 30.ABR.99, no
reincorporándose hasta la fecha;
Que, efectuada la notificación de la indicada Resolución Direc-
toral y transcurrido el plazo establecido, la procesada ha presenta-
do su descargo escrito ante la Comisión Permanente de Procesos
Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la
Policía Nacional del Perú, sin desvirtuar el cargo imputado;
Que, la Comisión Permanente de Procesos Administrativos
Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policía Nacional
del Perú, ha estudiado y analizado los actuados inherentes al
proceso seguido contra la referida servidora, observando las
garantías y procedimientos establecidos, habiéndose determi-
nado que la acción realizada constituye falta grave, acordando
por unanimidad recomendar al Despacho Ministerial se le im-
ponga la sanción de Destitución;

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