06 001-004-00000803 - Regulan supuestos en los cuales el SAT podrá cambiar de oficio el domicilio fiscal del administrado, así como el plazo, oportunidad y modalidad del procedimiento
Emisor | MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA |
Fecha de la disposición | 4 de Agosto de 2005 |
Pág. 298040
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 4 de agosto de 2005
Regulan supuestos en los cuales el SAT
podrá cambiar de oficio el domicilio
fiscal del administrado, así como el
plazo, oportunidad y modalidad del
procedimiento
SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN
TRIBUTARIA - SAT
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 001-004-00000803
Lima, 19 de mayo de 2005
CONSIDERANDO:
Que, mediante Edicto Nº 225 se creó el Servicio de
Administración Tributaria, SAT, como organismo público
descentralizado de la Municipalidad Metropolitana de
Lima, con personería jurídica de Derecho Público Inter-
no y con autonomía administrativa, económica, presu-
puestaria y financiera;
Que, el cuarto párrafo del artículo 11º del Texto Único
Ordenado del Código Tributario, aprobado por el Decre-
to Supremo Nº 135-99-EF y modificado por el Decreto
Legislativo Nº 953, faculta a la Administración Tributaria
a requerir que los deudores tributarios fijen un nuevo
domicilio fiscal cuando, a su criterio, este dificulte el ejer-
cicio de sus funciones; siempre y cuando no se trate de
los supuestos previstos en el séptimo párrafo del referi-
do artículo;
Que, la citada norma establece que la Administración
puede considerar como domicilio fiscal cualquiera de los
lugares mencionados en las presunciones establecidas
en los artículos 12º, 13º, 14º y 15º del Código Tributario,
si el deudor no cumple con efectuar el cambio requerido
dentro del plazo previsto por la Administración;
Que, en tal sentido, la Directiva Nº 001-006-
00000003 publicada en el Diario Oficial El Peruano el
10 de setiembre del 2004, sobre notificación de ac-
tos administrativos que emplearan los órganos fun-
cionales del SAT, establece que cuando se detecte
que el deudor tributario no reside en el domicilio fiscal
declarado, sin que haya comunicado dicho cambio, o
la dirección señalada como domicilio fiscal declarado
sea inexistente, la Administración podrá notificarlo
en el lugar que se le ubique;
Que, a través del Memorándum Nº 004-092-00001104
del 4 de mayo de 2005, la Gerencia de Asuntos Legales
señala que con la finalidad de efectuar el cambio de
oficio del domicilio fiscal, resulta pertinente que esta Ad-
ministración emita la correspondiente Resolución Jefa-
tural;
Que, en este orden de ideas, resulta necesario
regular los supuestos en los cuales el SAT podrá
cambiar de oficio el domicilio fiscal del administrado,
así como el plazo, oportunidad y modalidad de tal
procedimiento;
En uso de la facultad conferida en el inciso d) del
artículo 6º del Edicto Nº 227, Estatuto del Servicio de
Administración Tributaria - SAT;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Glosario de Términos
A efectos de la presente resolución, se tendrá en
cuenta los siguientes términos:
1. Deudor Tributario
Persona obligada al cumplimiento de la prestación
tributaria como contribuyente o responsable.
ANEXO
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
GOBIERNO REGIONAL DE LIMA METROPOLITANA
CALENDARIO DE COMPROMISOS POR GENÉRICA DEL GASTO Y FUENTE DE FINANCIAMIENTO
JULIO 2005
PLIEGO : 465 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
UNIDAD EJECUTORA : 001 GOBIERNO REGIONAL DE LIMA METROPOLITANA
GENÉRICA DEL GASTO MARCO JULIO TOTAL SALDO %
CAT.GRP.MOD.ELE.
01 CANON Y SOBRECANON 3,351,809 0 0 3,351,809 0
6 GASTOS DE CAPITAL 3,351,809 0 0 3,351,809 0
5 INVERSIONES 2,750,385 0 0 2,750,385 0
7 OTROS GASTOS DE CAPITAL 601,424 0 0 601,424 0
09 RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS 229,335 0 0 229,335 0
5 GASTOS CORRIENTES 229,335 0 0 229,335 0
3 BIENES Y SERVICIOS 229,335 0 0 229,335 0
13 DONACIONES Y TRANSFERENCIAS 1,531,779 11,398 11,398 1,520,381 0.7
5 GASTOS CORRIENTES 874 0 0 874 0
3 BIENES Y SERVICIOS 874 0 0 874 0
6 GASTOS DE CAPITAL 1,530,905 11,398 11,398 1,519,507 0.7
5 INVERSIONES 1,528,486 11,398 11,398 1,517,088 0.7
7 OTROS GASTOS DE CAPITAL 2,419 0 0 2,419 0
15 FONDO DE COMPENSACIÓN REGIONAL 5,792,200 29,528 29,528 5,762,672 0.5
6 GASTOS DE CAPITAL 5,792,200 29,528 29,528 5,762,672 0.5
5 INVERSIONES 5,792,200 29,528 29,528 5,762,672 0.5
16 RECURSOS ORDINARIOS PARA LOS GOBIERNOS REGIONALES 2,534,843 0 0 2,534,843 0
5 GASTOS CORRIENTES 2,064,843 0 0 2,064,843 0
1 PERSONAL Y OBLIGACIONES SOCIALES 872,021 0 0 872,021 0
3 BIENES Y SERVICIOS 1,192,822 0 0 1,192,822 0
6 GASTOS DE CAPITAL 470,000 0 0 470,000 0
5 INVERSIONES 420,000 0 0 420,000 0
7 OTROS GASTOS DE CAPITAL 50,000 0 0 50,000 0
TOTAL 13,439,966 40,926 40,926 13,399,040 0.3
13565
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