DECRETO SUPREMO N° 118-2011-EF - Autorizan la Transferencia de Partidas a favor de la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011

Fecha de publicación29 Junio 2011
Fecha de disposición29 Junio 2011
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, miércoles 29 de junio de 2011
445528
ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan la Transferencia de Partidas
a favor de la Municipalidad Distrital de
Santiago de Surco en el Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal
2011
DECRETO SUPREMO
Nº 118-2011-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÙBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2011, se aprobó,
entre otros, el Presupuesto Institucional del Pliego 036:
Ministerio de Transportes y Comunicaciones;
Que, el artículo 4º de la Ley Nº 29370 - Ley de
Organización y Funciones del Ministerio de Transportes
y Comunicaciones, establece que el Ministerio de
Transportes y Comunicaciones es competente de manera
compartida con los gobiernos regionales y gobiernos
locales, conforme a sus leyes orgánicas y las leyes
sectoriales, en materia de infraestructura de transportes
de alcance regional y local, entre otros;
Que, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones
ha suscrito un Convenio Marco de Cooperación
Interinstitucional con la Municipalidad Distrital de
Santiago de Surco con el objeto de establecer acciones
conjuntas para el desarrollo del Proyecto “Construcción
del Intercambio Vial de las Avenidas Reynaldo Vivanco y
Alonso de Molina en su Intersección con la Panamericana
Sur, Distrito de Santiago de Surco - Lima - Lima” -
en adelante el Proyecto -, constituyendo la carretera
Panamericana Sur, parte de la Ruta Nacional 1 S;
Que, en el marco del citado convenio, el Ministerio
de Transportes y Comunicaciones a través del Proyecto
Especial de Infraestructura de Transporte Nacional –
PROVIAS NACIONAL, ha suscrito un Convenio Específ‌i co
de Transferencia de Recursos bajo la Modalidad de
Modif‌i cación Presupuestaria en el Nivel Institucional con
la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, conforme
al cual debe aportar un monto de S/. 9 472 240,00 (Nueve
Millones Cuatrocientos Setenta y Dos Mil Doscientos
Cuarenta y 00/100 Nuevos Soles) en el presente ejercicio
f‌i scal para el inicio de las obras del Proyecto;
Que, el artículo 15º de la Ley Nº 29626, establece que
en el año f‌i scal 2011, los recursos públicos asignados
en los presupuestos institucionales de las entidades del
Gobierno Nacional para la ejecución de proyectos de
inversión en los gobiernos regionales o los gobiernos
locales se transf‌i eren bajo la modalidad de modif‌i cación
presupuestaría en el nivel institucional, aprobada mediante
decreto supremo refrendado por el ministro del sector
correspondiente y el Ministro de Economía y Finanzas,
previa suscripción de convenio;
Que, asimismo, la norma mencionada en el
considerando precedente, establece que previamente a
la transferencia de recursos, los proyectos de inversión
pública deben contar con viabilidad en el marco del Sistema
Nacional de Inversión Pública (SNIP) y que cada pliego
presupuestario del Gobierno Nacional es responsable
de la verif‌i cación y seguimiento del cumplimiento de las
acciones contenidas en el convenio y en el cronograma de
ejecución del proyecto de inversión pública, para lo cual
realiza el monitoreo correspondiente; las transferencias
de recursos que se efectúen en el marco de la citada
disposición solo se autorizan hasta el segundo trimestre
del año 2011;
Que, mediante Informe Nº 469-2011-MTC/09.03,
la Of‌i cina General de Planeamiento y Presupuesto
del Ministerio de Transportes y Comunicaciones ha
informado sobre la disponibilidad presupuestal en la
fuente de f‌i nanciamiento Recursos Ordinarios del Pliego
036 Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Unidad
Ejecutora 007 PROVÍAS NACIONAL, Programa Funcional
033 Transporte Terrestre, Subprograma Funcional 0064
Vías Nacionales, para el f‌i nanciamiento del Proyecto,
hasta por la suma de S/. 9 472 240,00 (Nueve Millones
Cuatrocientos Setenta y Dos Mil Doscientos Cuarenta
y 00/100 Nuevos Soles), el mismo que cuenta con la
viabilidad respectiva en el marco del Sistema Nacional de
Inversión Pública con Código SNIP Nº 91549;
De conformidad con la Ley Nº 28411 – Ley General
del Sistema Nacional de Presupuesto y el artículo 15º de
la Ley Nº 29626 – Ley de Presupuesto del Sector Publico
para el Año Fiscal 2011;
DECRETA:
Artículo 1º.- Objeto
Autorízase una Transferencia de Partidas en el
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011,
hasta por la suma de S/. 9 472 240,00 (Nueve Millones
Cuatrocientos Setenta y Dos Mil Doscientos Cuarenta
y 00/100 Nuevos Soles), para la ejecución del proyecto
“Construcción del Intercambio Vial de las Avenidas
Reynaldo Vivanco y Alonso de Molina en su Intersección
con la Panamericana Sur, Distrito de Santiago de Surco
- Lima - Lima”, de acuerdo al siguiente detalle:
En Nuevos Soles
DE LA:
SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL
PLIEGO 036 : MINISTERIO DE TRANSPORTES
Y COMUNICACIONES
UNIDAD EJECUTORA 007 : PROVIAS NACIONAL
FUNCIÓN 15 : TRANSPORTE
PROGRAMA FUNCIONAL 033 : TRANSPORTE TERRESTRE
SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0064 : VÍAS NACIONALES
PROYECTO 002210 : REHABILITACION DE LA
CARRETERA CHAMAYA – JAEN
– SAN IGNACIO
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : RECURSOS ORDINARIOS
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos No Financieros 9 472 240,00
TOTAL EGRESOS 9 472 240,00
================
En Nuevos Soles
A LA:
SECCIÓN SEGUNDA : INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS
PLIEGO (UBIGEO) 150140 : MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
SANTIAGO DE SURCO
FUNCIÓN 15 : TRANSPORTE
PROGRAMA FUNCIONAL 036 : TRANSPORTE URBANO
SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0074 : VÍAS URBANAS
PROYECTO 079266 : CONSTRUCCION DE INTERCAMBIO
VIAL DE LAS AVENIDAS REYNALDO
VIVANCO Y ALONSO DE MOLINA
EN SU INTERSECCION CON LA
PANAMERICANA SUR, DISTRITO
DE SANTIAGO DE SURCO - LIMA -
LIMA
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : RECURSOS ORDINARIOS
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos No Financieros 9 472 240,00
TOTAL EGRESOS 9 472 240,00
============
Artículo 2º.- Procedimiento para la Aprobación
Institucional
2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitador y habilitado
en la presente Transferencia de Partidas, aprueban
mediante Resolución, la desagregación de los recursos
autorizados en el artículo 1º de la presente norma, a nivel
funcional programático, dentro de los cinco (05) días
calendario contados a partir de la vigencia del presente

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