DECRETO SUPREMO N° 047-2014-RE - Ratifican el “Acuerdo sobre Cooperación Financiera 2012 entre el Gobierno de la República Federal de Alemania y el Gobierno de la República del Perú'

Fecha de disposición05 Octubre 2014
Fecha de publicación05 Octubre 2014
El Peruano
Domingo 5 de octubre de 2014
534228
RELACIONES EXTERIORES
Ratifican el “Acuerdo sobre Cooperación
Financiera 2012 entre el Gobierno de
la República Federal de Alemania y el
Gobierno de la República del Perú”
DECRETO SUPREMO
N° 047-2014-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el “Acuerdo sobre Cooperación Financiera 2012
entre el Gobierno de la República Federal de Alemania
y el Gobierno de la República del Perú” fue formalizado
mediante el canje de Notas, Nota Verbal N° 1181/2013 de la
Embajada de la República Federal de Alemania, de fecha 23
de setiembre de 2013, y Nota RE (DAE-DCI) N° 6-5/83 del
Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, de fecha 08 de
noviembre de 2013, y aprobado por Resolución Legislativa
N° 30245, del 20 de setiembre de 2014;
Que, es conveniente a los intereses del Perú la
ratif‌i cación del citado instrumento jurídico internacional;
De conformidad con lo dispuesto por los artículos 56°
y 118° inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el
artículo 2 de la Ley Nº 26647;
DECRETA:
Artículo 1º.- Ratifícase el “Acuerdo sobre
Cooperación Financiera 2012 entre el Gobierno de
la República Federal de Alemania y el Gobierno de la
República del Perú”, formalizado mediante el canje de
Notas, Nota Verbal N° 1181/2013 de la Embajada de la
República Federal de Alemania, de fecha 23 de setiembre
de 2013, y Nota RE (DAE-DCI) N° 6-5/83 del Ministerio de
Relaciones Exteriores del Perú, de fecha 08 de noviembre
de 2013, y aprobado por Resolución Legislativa N° 30245,
del 20 de setiembre de 2014.
Artículo 2°.- De conformidad con los artículos 4º y 6º de la
Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá
a publicar en el diario of‌i cial “El Peruano” el texto íntegro del
Acuerdo, así como su fecha de entrada en vigencia.
Artículo 3°.- El presente Decreto Supremo será
refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro
días del mes de octubre del año dos mil catorce.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
GONZALO GUTIÉRREZ REINEL
Ministro de Relaciones Exteriores
1146724-3
Reconocen Cónsul Honorario de
Portugal en Cusco, con circunscripción
en los departamentos de Cusco y Puno
RESOLUCIÓN SUPREMA
N° 164-2014-RE
Lima, 4 de octubre de 2014
VISTA:
La Nota Nº 49, de fecha 05 de julio de 2012, de la
Embajada de Portugal en Lima, mediante la cual remite
copia de las Letras Patentes expedidas por el Gobierno de
Portugal para efectos de reconocimiento del señor Carlos
Milla Vidal como Cónsul Honorario de Portugal en Cusco, con
circunscripción en los Departamentos de Cusco y Puno;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Nota Nº 6, de fecha 09 de febrero de
2012, la Embajada de Portugal, solicitó el reconocimiento
del señor Carlos Milla Vidal, como Cónsul Honorario
de Portugal en Cusco, con circunscripción en los
Departamentos de Cusco y Puno;
Que, mediante Nota RE (CON) Nº 6-36/2 de fecha 15
de febrero de 2012, de conformidad con el artículo 13 de
se admitió provisionalmente al señor Carlos Milla Vidal
en el ejercicio de sus funciones como Cónsul Honorario
de Portugal en Cusco, con circunscripción en los
Departamentos de Cusco y Puno, durante el lapso que
demande el trámite de recepción de las Letras Patentes y
la expedición del Exequátur correspondiente;
Que, mediante la Nota de visto, la Embajada de
Portugal en Lima remitió copia de las Letras Patentes
expedidas por el Gobierno de Portugal para efectos del
trámite de reconocimiento del señor Carlos Milla Vidal
como Cónsul Honorario de Portugal en Cusco;
Que, con Of‌i cio Nº 624-2012-RNC-RENAJU-GSJR-
GG/PJ, el Registro Nacional de Condenas del Poder
Judicial informó que el ciudadano peruano Carlos Milla
Vidal no registra antecedentes penales;
Que, asimismo, con constancia de fecha 20 de febrero
de 2012, la Policía Nacional del Perú informó que el
ciudadano Carlos Milla Vidal, no registra antecedentes
policiales;
Cumplimentado el procedimiento interno de verif‌i cación,
con la opinión favorable de la Dirección General de
Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares,
para el reconocimiento del señor Carlos Milla Vidal, como
Cónsul Honorario de Portugal en Cusco, con circunscripción
en los Departamentos de Cusco y Puno;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 118º,
inciso 11 y 13, de la Constitución Política del Perú, así
como los artículos 9º, Inciso 1), 12º y 13°, de la Convención
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Reconocer al señor Carlos Milla Vidal,
como Cónsul Honorario de Portugal en Cusco, con
circunscripción en los Departamentos de Cusco y Puno.
Artículo 2°.- Extender el Exequátur correspondiente.
Artículo 3°.- La presente Resolución será refrendada
por el Ministro de Relaciones Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
GONZALO GUTIÉRREZ REINEL
Ministro de Relaciones Exteriores
1146724-9
Remiten al Congreso de la República
la documentación relativa al “Acuerdo
entre el Gobierno de la República del
Perú y la Organización de las Naciones
Unidas para la Educación, la Ciencia y
la Cultura relativo al Centro Regional
para la Salvaguardia del Patrimonio
Cultural Inmaterial de América Latina
(CRESPIAL) en Cusco (Perú)”
RESOLUCIÓN SUPREMA
N° 165-2014-RE
Lima, 4 de octubre de 2014
CONSIDERANDO:
Que, es conveniente a los intereses del Perú la
aprobación del “Acuerdo entre el Gobierno de la
República del Perú y la Organización de las Naciones
Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura
relativo al Centro Regional para la Salvaguardia del
Patrimonio Cultural Inmaterial de América Latina
(CRESPIAL) en Cusco (Perú)”, suscrito el 21 de julio de
2014 en París, República Francesa;

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