DECRETO SUPREMO N° 013-2011-MINAM - Decreto Supremo que establece el Área de Conservación Regional Bosque Moyán - Palacio

Fecha de disposición23 Junio 2011
Fecha de publicación23 Junio 2011
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, jueves 23 de junio de 2011
445156
Decreto Supremo que establece el
Área de Conservación Regional Bosque
Moyán - Palacio
DECRETO SUPREMO
Nº 013-2011-MINAM
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Perú establece que es obligación del Estado promover
la conservación de la diversidad biológica y de las Áreas
Naturales Protegidas;
Que, la Ley Nº 26834, Ley de Áreas Naturales
Protegidas y su Reglamento aprobado por Decreto
Supremo Nº 038-2001-AG, establecen que las Áreas
Naturales Protegidas son los espacios continentales
y/o marinos del territorio nacional, expresamente
reconocidos y declarados como tales, incluyendo sus
categorías y zonif‌i caciones, para conservar la diversidad
biológica y demás valores asociados de interés cultural,
paisajístico y científ‌i co, así como por su contribución al
desarrollo sostenible del país; asimismo, ref‌i eren que las
Áreas Naturales Protegidas conforman en su conjunto
el Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por
el Estado - SINANPE, a cuya gestión se integran las
instituciones públicas del Gobierno Central, Gobiernos
Descentralizados de nivel Regional y Municipalidades,
instituciones privadas y las poblaciones locales que
actúan, intervienen o participan, directa o indirectamente
en la gestión y desarrollo de estas áreas;
Que, el artículo 3º de la referida Ley y el artículo
5º de su Reglamento, establecen que las Áreas
Naturales Protegidas de administración regional, se
denominan Áreas de Conservación Regional, las cuales
complementan el Sistema Nacional de Áreas Naturales
Protegidas por el Estado – SINANPE, establecidas
sobre áreas que tienen una importancia ecológica y
regional signif‌i cativa;
Que, el Ministerio del Ambiente tiene como función
específ‌i ca dirigir el Sistema Nacional de Áreas Naturales
Protegidas por el Estado – SINANPE, de conformidad con
lo establecido en el literal h) del artículo 7º del Decreto
Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización
y Funciones del Ministerio del Ambiente; función que
ejecuta a través del Servicio Nacional de Áreas Naturales
Protegidas por el Estado – SERNANP, organismo público
técnico especializado adscrito al Ministerio del Ambiente y
que absorbiera las funciones de la Intendencia de Áreas
Naturales Protegidas del ex Instituto Nacional de Recursos
Naturales - INRENA;
Que, asimismo, en virtud a lo establecido en el literal i)
del artículo 7º del Decreto Legislativo Nº 1013 modif‌i cado
por Decreto Legislativo Nº 1039; corresponde al Ministerio
del Ambiente, evaluar las propuestas de establecimiento
de Áreas Naturales Protegidas y proponerlas al Consejo
de Ministros para su aprobación; previo análisis y gestión
por parte del Servicio Nacional de Áreas Naturales
Protegidas por el Estado – SERNANP conforme se
establece en el Reglamento de Organización y Funciones
del SERNANP;
Que, mediante Of‌i cio N° 392-2010-GR.LAMB/
PR-GRRN, el Presidente del Gobierno Regional de
Lambayeque remite el expediente técnico para el
establecimiento del Área de Conservación Regional
Bosque Moyán - Palacio;
Que, la propuesta modif‌i cada de Área de
Conservación Regional Bosque Moyán - Palacio abarca
una superf‌i cie de ocho mil cuatrocientos cincuenta y
siete hectáreas y siete mil seiscientos metros cuadrados
(8 457,76 ha), ubicada en el distrito de Olmos y Salas
en la provincia de Lambayeque del departamento de
Lambayeque;
Que, la propuesta de Área de Conservación Regional
Bosque Moyán - Palacio revela una singular importancia
debido a que tiene como objetivo conservar las poblaciones
de pava aliblanca (Penelope albipennis) y una muestra
representativa de los bosques secos de colina y montaña
del departamento de Lambayeque, garantizando su uso
por las poblaciones locales bajo prácticas sostenibles.
Así mismo contribuye a la conectividad de los bosques
secos en la cuenca del río Motupe y son los bosques que
contribuyen en la regulación y calidad del recurso hídrico
en el valle de Motupe y Jayanca;
Que, mediante Informe Nº 045-2011-SERNANP-
DDE-OAJ de fecha 11 de mayo de 2011, la Dirección de
Desarrollo Estratégico y la Of‌i cina de Asesoría Jurídica
del SERNANP efectúan el análisis técnico legal sobre
el establecimiento del Área de Conservación Regional
Bosque Moyán - Palacio, concluyendo que la propuesta
se encuentra conforme con las disposiciones legales
establecidas;
Que, las áreas naturales protegidas hoy en día
juegan un rol fundamental para el proceso de mitigación
a los efectos del cambio climático y contribuyen
signif‌i cativamente a reducir sus impactos; la biodiversidad
que éstas conservan constituyen un componente
necesario para una estrategia de adaptación al cambio
climático y sirven como amortiguadores naturales contra
los efectos del clima y otros desastres, estabilizando el
suelo frente a deslizamientos de tierra, servicios como
regulación del clima, y absorción de los gases de efecto
invernadero, entre otros; y mantienen los recursos
naturales sanos y productivos para que puedan resistir
los impactos del cambio climático y seguir proporcionando
servicios ambientales a las comunidades que dependen
de ellos para su supervivencia;
Que, sobre la base de los estudios técnicos, así como
del proceso participativo desarrollado, se concluye que el
Área de Conservación Regional Bosque Moyán - Palacio,
cuenta con los requisitos para ser considerada como un
Área Natural Protegida de nivel regional, constituyendo
un espacio natural orientado a la conservación de la
diversidad biológica;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº
1013 y el Reglamento de la Ley de Aéreas Naturales
Protegidas, aprobado por Decreto Supremo Nº 038-
2001-AG, y;
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
DECRETA:
Artículo 1°.- Establecimiento del Área de
Conservación Regional Bosque Moyán - Palacio
Establecer el Área de Conservación Regional Bosque
Moyán - Palacio, sobre una superf‌i cie de OCHO MIL
CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SIETE HECTÁREAS
Y SIETE MIL SEISCIENTOS METROS CUADRADOS
(8 457,76 ha), ubicada en los distritos de Olmos y Salas
en la provincia de Lambayeque del departamento de
Lambayeque, delimitada de acuerdo a lo señalado en la
memoria descriptiva, listado de puntos y mapa detallados
en el Anexo que forma parte integrante del presente
Decreto Supremo.
Artículo 2°.- Objetivos del Área de Conservación
Regional Bosque Moyán - Palacio
Son objetivos del Área de Conservación Regional
Bosque Moyán - Palacio, los siguientes:
2.1 Objetivo General:
El establecimiento del Área de Conservación Regional
Bosques de Moyán - Palacio, tiene como objetivo conservar
poblaciones de pava aliblanca (Penelope albipennis)
y una muestra representativa de los bosques secos de
colina y montaña del departamento de Lambayeque,
garantizando su uso por las poblaciones locales bajo
prácticas sostenibles.
2.2 Objetivos Específ‌i cos:
a) Conservar el hábitat y las poblaciones de
la distribución sur de la pava aliblanca (Penelope
albipennis).
b) Conservar y manejar especies forestales
características del bosque seco de Lambayeque como: el

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