DECRETO SUPREMO N° 260-2014-EF - Aprueba monto de la valorización ajustada por puesto de responsabilidad jefatural de departamento o servicio y por puesto de responsabilidad jefatural en establecimientos de salud I-3, I-4, microrredes o redes

Fecha de disposición09 Septiembre 2014
Fecha de publicación09 Septiembre 2014
El Peruano
Martes 9 de setiembre de 2014 532115
DSYMEEA : Dirección de Supervisión y Monitoreo en
las Estaciones Experimentales Agrarias
SDSYM : Sub Dirección de Supervisión y
Monitoreo
Artículo 6°.- Publicación
Disponer que la unidad orgánica competente proceda
a la publicación de la presente Resolución Jefatural en el
diario of‌i cial El Peruano y en el Portal Institucional del INIA
(www.inia.gob.pe).
Regístrese y comuníquese y publíquese,
ROBERTO FACUNDO SANTOS GUEUDET
Jefe
1134308-1
ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueba monto de la valorización
ajustada por puesto de responsabilidad
jefatural de departamento o servicio y
por puesto de responsabilidad jefatural
en establecimientos de salud I-3, I-4,
microrredes o redes
DECRETO SUPREMO
Nº 260-2014-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
la Ley de Organización y Funciones del Ministerio
de Salud y señala que éste es competente en la
salud de las personas, aseguramiento en salud,
epidemias y emergencias sanitarias, salud ambiental e
inocuidad alimentaria, inteligencia sanitaria, productos
farmacéuticos y sanitarios, dispositivos médicos y
establecimientos farmacéuticos, recursos humanos
en salud, infraestructura y equipamiento en salud
e investigación y tecnologías en salud; asimismo,
establece como sus funciones rectoras, entre otras,
formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar
y evaluar la política nacional y sectorial de promoción
de la salud, prevención de enfermedades, recuperación
y rehabilitación en salud, bajo su competencia,
aplicable a todos los niveles de gobierno, y dictar
normas y lineamientos técnicos para la adecuada
ejecución y supervisión de las políticas nacionales
y sectoriales, la gestión de los recursos del sector;
así como para el otorgamiento y reconocimiento de
derechos, f‌i scalización, sanción y ejecución coactiva en
las materias de su competencia;
Que, el Decreto Legislativo Nº 1153 regula la política
integral de compensaciones y entregas económicas
del personal de la salud al servicio del Estado, con la
finalidad de que el Estado alcance mayores niveles de
equidad, eficacia, eficiencia, y preste efectivamente
servicios de calidad en materia de salud al ciudadano,
a través de una política integral de compensaciones y
entregas económicas que promueva el desarrollo del
personal de la salud al servicio del Estado; para tal fin,
en su artículo 3 numeral 3.2 señala que el personal
de la salud está compuesto por los profesionales de
la salud y personal técnico y auxiliar asistencial de la
salud;
Que, el artículo 8 del referido Decreto Legislativo
señala que la compensación económica que se otorga
al personal de la salud es anual y está compuesta
de las valorizaciones principal, ajustada y priorizada;
siendo la valorización ajustada otorgada al puesto, que
sea ocupado por personal de la salud en razón de la
entidad;
REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS
Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de
Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, se deberá tomar en cuenta lo
siguiente:
1. La solicitud de publicación se efectuará mediante of‌i cio dirigido al Director del Diario Of‌i cial El
Peruano y las declaraciones juradas deberán entregarse en copias autenticadas o refrendadas por un
funcionario de la entidad solicitante.
2. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio
en la Separata de Declaraciones Juradas.
3. La documentación a publicar se enviará además en archivo electrónico (diskette o cd) y/o al correo
electrónico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la versión
electrónica es idéntico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente
asumirá la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicación o de la Fe de Erratas
a publicarse.
4. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel, presentado en dos columnas, una línea por
celda.
5. La información se guardará en una sola hoja de cálculo, colocándose una declaración jurada debajo
de otra.
LA DIRECCIÓN

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