RESOLUCION SUPREMA N° 305-2014-PCM - Autorizan viaje a Brasil de Directora de Políticas y Programas de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica del CONCYTEC, en comisión de servicios.

Fecha de disposición11 Septiembre 2014
Fecha de publicación11 Septiembre 2014
El Peruano
Jueves 11 de setiembre de 2014 532201
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario
siguientes de efectuado el viaje, la referida funcionaria
deberá presentar a su institución un informe detallado
describiendo las acciones realizadas, los resultados
obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos
entregados.
Artículo 4.- La presente Resolución no otorga derecho
a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de
ninguna clase o denominación.
Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
ANA JARA VELÁSQUEZ
Presidenta del Consejo de Ministros
1135907-4
Autorizan viaje a Brasil de Directora
de Políticas y Programas de Ciencia,
Tecnología e Innovación Tecnológica del
CONCYTEC, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 305-2014-PCM
Lima, 10 de setiembre de 2014
CONSIDERANDO:
Que, conforme lo establece el Texto Único Ordenado
de la Ley N° 28303, Ley marco de Ciencia, Tecnología e
Innovación Tecnológica aprobado por Decreto Supremo
N° 032-2007-ED y la Ley N° 28613, Ley del Consejo
Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica,
el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación
Tecnológica (CONCYTEC), es el organismo rector del
Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación
Tecnológica, encargado de dirigir, fomentar, coordinar,
supervisar y evaluar las acciones del Estado en el ámbito
de la ciencia, tecnología e innovación tecnológica;
Que, el Reglamento de Organización y Funciones del
CONCYTEC, aprobado por Decreto Supremo N° 026-
2014-PCM, establece que una de las funciones de la
Institución es promover la articulación de la investigación
cientí ca y tecnológica, y la producción del conocimiento
con los diversos agentes económicos y sociales, para
el mejoramiento de la calidad de vida y el impulso de
la productividad y competitividad del país; así como
implementar mecanismos de coordinación, intercambio
y concertación entre las instituciones integrantes del
Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología (SINACYT)
con el empresariado, universidades, embajadas y otras
entidades del país y del exterior;
Que, mediante Carta del 18 de agosto de 2014, el
Asesor Especial de la Dirección Cientí ca de la Fundación
para la Investigación de San Pablo (FAPESP) invita
a la Presidenta del CONCYTEC para participar en la
ceremonia de concertación de un acuerdo de cooperación
a ser suscrito entre la Fundación para la Investigación de
San Pablo (FAPESP) y el Consejo Nacional de Ciencia,
Tecnología e Innovación Tecnológica – (CONCYTEC),
que se realizará el 17 de setiembre de 2014, en la ciudad
de Sao Paulo, República Federativa de Brasil;
Que, mediante Informe N° 108-2014-CONCYTEC-
DPP, del 19 de agosto de 2014, la Directora de Políticas
y Programas de Ciencia, Tecnología e Innovación
Tecnológica (CTeI) del CONCYTEC, solicita se autorice
su participación en el referido evento, así como en las
reuniones de Cooperación Bilateral que se realizarán los
días 15, 16 y 18 de setiembre de 2014, con representantes
de la Financiadora de Estudios y Proyectos (FINEP), del
Escritorio de Prioridades Estratégicas, de la Comunidad
Cientí ca Peruana en el Consulado del Perú en San Pablo
y del Servicio de Apoyo a las Micro y Pequeñas Empresas
(SEBRAE), en la República Federativa de Brasil;
Que, la participación del CONCYTEC en los
eventos anteriormente descritos permitirán fortalecer la
colaboración cientí ca y tecnológica entre el Perú y la
República Federativa de Brasil, entre otros, a través de la
nanciación de proyectos de investigación conjuntos;
Que, por las razones expuestas, resulta de interés
institucional autorizar el viaje de la señora Juana Rosa
Kuramoto Huamán, Directora de Políticas y Programas de
CTel del CONCYTEC, del 14 al 20 de setiembre del 2014,
a la ciudad de Río de Janeiro, República Federativa de
Brasil, siendo que los gastos que irrogue el mismo serán
cubiertos con cargo al presupuesto del CONCYTEC;
Que, el artículo 2° de la Ley N° 27619, Ley que
regula la autorización de viajes al exterior de servidores
y funcionarios públicos, dispone que las resoluciones de
autorización de viajes al exterior se deberán sustentar en
el interés nacional o institucional;
Que, el numeral 10.1 del artículo 10° de la Ley
30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para
el Año Fiscal 2014, prohíbe los viajes al exterior de
servidores o funcionarios públicos y representantes
del Estado con cargo a recursos públicos; salvo casos
excepcionales que deben ser canalizados a través de la
Presidencia del Consejo de Ministros y autorizados por
Resolución Suprema refrendada por el Presidente del
Consejo de Ministros;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28613
- Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e
Innovación Tecnológica (CONCYTEC); en la Ley N°
29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N°
27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior
de servidores y funcionarios públicos y su reglamento
aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y
modi catorias; en la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2014; en el Decreto
Supremo N° 063-2007-PCM y modi catorias, que
aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de

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