RESOLUCION SUPREMA N° 158-2014-IN - Prorrogan la intervención de las Fuerzas Armadas en apoyo a la Policía Nacional del Perú en los departamentos de Arequipa, Puno y Madre de Dios

Fecha de disposición18 Septiembre 2014
Fecha de publicación18 Septiembre 2014
El Peruano
Jueves 18 de setiembre de 2014 532745
Aprueban la “Directiva sobre
neutralidad y transparencia de los
funcionarios, servidores civiles o
personas que prestan servicios en el
Sector Economía y Finanzas, bajo
cualquier régimen laboral o modalidad
contractual, durante los procesos
electorales”
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 308-2014-EF/43
Lima, 16 de setiembre de 2014
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo Nº 183 – Ley
Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas,
modif‌i cado por el Decreto Legislativo Nº 325, se
determinó el ámbito del Sector Economía y Finanzas, así
como la competencia y estructura orgánica y funcional del
Ministerio de Economía y Finanzas;
Que, la neutralidad de los funcionarios y directivos
públicos, gerentes públicos, servidores, servidores
civiles y personas que prestan servicios en el Sector
Economía y Finanzas, bajo cualquier modalidad laboral
o contractual, es un principio que debe guiar la actuación
de la administración pública y constituye la contrapartida
del derecho de participación política en condiciones
de igualdad, el que se encuentra reconocido por la
Que, conforme a lo señalado, es política del
Gobierno Nacional garantizar elecciones limpias y
transparentes colaborando con la absoluta neutralidad
y transparencia durante los procesos electorales y
cooperar con los organismos del Sistema Electoral para
facilitar el cumplimiento de las atribuciones que, según la
Constitución Política y la Ley, les corresponden; y dictar
disposiciones específ‌i cas con el objeto de procesar
y sancionar administrativamente a los funcionarios
y directivos públicos, gerentes públicos, servidores,
servidores civiles y personas que prestan servicios en el
Sector Economía y Finanzas, bajo cualquier modalidad
laboral o contractual, que contravengan la legislación
electoral, como denunciar ante el Ministerio Público a
quienes cometan ilícitos tipif‌i cados como delitos contra el
ejercicio del sufragio y contra la voluntad popular;
Que, los organismos del Poder Ejecutivo en general y
como parte de ellos del Sector Economía y Finanzas, tienen
la obligación de garantizar que el derecho de participación
política se ejerza con absoluta libertad y en igualdad de
condiciones, conforme con las normas constitucionales
y legales que regulan la materia, garantizando de esta
manera una elección competitiva, que es aquella en la cual
las entidades públicas no brindan ventajas o privilegios
para ningún candidato u organización política;
Que, el literal a) del artículo 7 del Reglamento de
Organización y Funciones del Ministerio de Economía y
Finanzas aprobado por Decreto Supremo Nº 117-2014-EF
señala que el Ministro de Economía y Finanzas orienta,
formula, dirige, coordina, determina, ejecuta, supervisa y
evalúa las políticas nacionales y sectoriales en materia
económica y f‌i nanciera, así como la gestión de los
sistemas administrativos de su competencia, en el marco
de la política general del gobierno;
Que, en armonía con la política del Gobierno Nacional
es necesario aprobar, en el marco de las disposiciones de
la materia, la Directiva que establezca los lineamientos
para la neutralidad y transparencia de los funcionarios
y directivos públicos, gerentes públicos, servidores,
servidores civiles y personas que prestan servicios en el
Sector Economía y Finanzas, bajo cualquier modalidad
laboral o contractual durante los procesos electorales;
De conformidad con la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica
del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 183,
Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas,
modif‌i cado por el Decreto Legislativo Nº 325 y el
Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio
de Economía y Finanzas aprobado con Decreto Supremo
Nº 117-2014-EF;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la “Directiva sobre neutralidad
y transparencia de los funcionarios, servidores civiles o
personas que prestan servicios en el Sector Economía
y Finanzas, bajo cualquier régimen laboral o modalidad
contractual, durante los procesos electorales”, que como
Anexo forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Hacer de conocimiento la “Directiva sobre
neutralidad y transparencia de los funcionarios, servidores
civiles o personas que prestan servicios en el Sector
Economía y Finanzas, bajo cualquier régimen laboral o
modalidad contractual, durante los procesos electorales”,
aprobada en el artículo precedente, a los Organismos
Públicos adscritos, empresas bajo su ámbito, programas,
proyectos y en general cualquier entidad bajo el ámbito
del Sector Economía y Finanzas, quienes se encargarán
de difundirla a sus órganos dependientes, funcionarios
y directivos públicos, gerentes públicos, servidores,
servidores civiles y personas que prestan servicios en el
Sector Economía y Finanzas, bajo cualquier modalidad
laboral o contractual.
Artículo 3.- La presente resolución ministerial será
publicada en el Diario Of‌i cial “El Peruano” y en la misma
fecha, el Anexo a que se ref‌i ere el artículo 1 de la presente
resolución será publicado en el Portal Institucional del
Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALONSO SEGURA VASI
Ministro de Economía y Finanzas
1138783-2
INTERIOR
Prorrogan la intervención de las
Fuerzas Armadas en apoyo a la Policía
Nacional del Perú en los departamentos
de Arequipa, Puno y Madre de Dios
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 158-2014-IN
Lima, 17 de setiembre de 2014
VISTO, el Of‌i cio Nº 1605-2014-IN-DM de fecha 15 de
setiembre de 2014;
CONSIDERANDO:
Que, conforme al artículo 44º de la Constitución
Política del Perú, es deber primordial del Estado proteger
a la población de las amenazas contra su seguridad;
Que, mediante Resolución Suprema Nº 079-2014-IN
del 21 de abril de 2014, se autorizó la intervención de
las Fuerzas Armadas en apoyo a la Policía Nacional del
Perú en los departamentos de Arequipa, Puno y Madre
de Dios, del 21 de abril al 20 de mayo de 2014; con el f‌i n
de asegurar el control del orden interno y evitar actos de
violencia o cualquier ilícito penal que se pudiera cometer
con ocasión de las movilizaciones promovidas por la
minería ilegal e informal;
Que, el plazo mencionado precedentemente fue
prorrogado por Resoluciones Supremas Nºs. 090-2014-
IN, 106-2014-IN, 127-2014-IN, y 142-2014-IN, del 21 de
mayo al 20 de junio de 2014, del 21 de junio al 20 de julio
de 2014, del 21 de julio al 19 de agosto de 2014, y del 20
de agosto al 18 de setiembre de 2014, respectivamente;
Que, a través del Of‌i cio del visto, y en atención al
requerimiento efectuado por la Policía Nacional del
Perú, el señor Ministro del Interior ha solicitado al señor
Presidente de la República la prórroga de la intervención

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