RESOLUCION SUPREMA N° 133-2013-IN - Ascienden a Coroneles al grado de General de Armas de la Policía Nacional del Perú

Fecha de publicación22 Diciembre 2013
Fecha de disposición22 Diciembre 2013
El Peruano
Domingo 22 de diciembre de 2013 510265
Expediente Descripción de la Servidumbre Área de
Servidumbre
Tipo de
Propiedad
Tipo de
Terreno
31224212 Subestación de Distribución Eléctrica
N° 6340
Ubicación: distrito de San Juan de
Miraf‌l ores, provincia y departamento
de Lima
Área: servidumbre de ocupación
Coordenadas UTM (PSAD 56):
Vértice Norte Este
A 8 657 431,215 285 645,059
B 8 657 428,401 285 647,901
C 8 657 429,466 285 648,956
D 8 657 432,281 285 646,114
Área total: 6,00
m² (Suelo, nivel
subterráneo y
sus aires)
Privado Urbano
Artículo 2.- Los propietarios del predio sirviente no
podrán construir obras de cualquier naturaleza ni realizar
labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de la
servidumbre constituida.
Artículo 3.- Luz del Sur S.A.A. deberá adoptar las
medidas necesarias a f‌i n que el área de servidumbre
no sufra daño ni perjuicio por causa de la imposición,
quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en
caso de incumplimiento.
Artículo 4.- Luz del Sur S.A.A. deberá velar
permanentemente para evitar que en el área afectada por
la servidumbre o sobre ella se ejecute cualquier tipo de
construcción que restrinja su ejercicio.
Artículo 5.- La presente Resolución entrará en
vigencia a partir del día siguiente de su publicación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE MERINO TAFUR
Ministro de Energía y Minas
1028469-1
INTERIOR
Ascienden a Coroneles al grado de
General de Armas de la Policía Nacional
del Perú RESOLUCIÓN SUPREMA
N° 126-2013-IN
Lima, 21 de diciembre de 2013
VISTO, el Acta de Propuesta de fecha 16 de diciembre
de 2013, formulado por la Junta Selectora del Proceso de
Ascenso por selección al grado de General de la Policía
Nacional del Perú del año 2013 - Promoción 2014;
CONSIDERANDO:
del Perú, establece que los ascensos se conf‌i eren
de conformidad con la ley y que es el Presidente de la
República el que otorga los ascensos de los Generales
de la Policía Nacional del Perú, según propuesta del
Instituto;
Que, el artículo 1º del Título Preliminar de la Ley N°
29158 Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que
las autoridades, funcionarios y servidores del Poder
Ejecutivo están sometidos a la Constitución Política, a las
leyes y a las demás normas del ordenamiento jurídico.
Desarrollan sus funciones dentro de las facultades que
les estén conferidas;
Que, el numeral 4) del artículo 13º del Decreto
Legislativo Nº 1148 - Ley de la Policía Nacional del
Perú, establece que el personal policial tiene derecho al
ascenso, de acuerdo a la Ley de la Carrera y de Situación
del Personal de la Policía Nacional del Perú;
Que, el numeral 2) del artículo 3º del Decreto Legislativo
Nº 1149 - Ley de la Carrera y Situación del Personal de

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