RESOLUCION SUPREMA N° 034-2012-RE - Nombran Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la Federación Rusa
Fecha de disposición | 12 Febrero 2012 |
Fecha de publicación | 12 Febrero 2012 |
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, domingo 12 de febrero de 2012 460835
Nombran Embajador Extraordinario
y Plenipotenciario del Perú en la
Federación Rusa
RESOLUCIÓN SUPREMA
N° 034-2012-RE
Lima, 11 de febrero de 2012
Constitución Política del Perú, que establece la facultad del
señor Presidente de la República de nombrar Embajadores
y Ministros Plenipotenciarios, con aprobación del Consejo
de Ministros y con cargo a dar cuenta al Congreso de la
República;
de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la
República; y los artículos 62°, 63° numeral b) y 64° numeral
a) del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de
la República, aprobado mediante Decreto Supremo N°
130-2003-RE y su modifi catoria el Decreto Supremo N°
065-2009-RE;
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Nombrar Embajador Extraordinario
y Plenipotenciario del Perú en la Federación Rusa al
Embajador en el Servicio Diplomático de la República
Gustavo Otero Zapata.
Artículo 2°.- Extenderle las Cartas Credenciales y
Plenos Poderes correspondientes.
Artículo 3°.- La fecha en que el Embajador en el
Servicio Diplomático de la República Gustavo Otero
Zapata asumirá sus funciones será fi jada mediante
resolución ministerial.
Artículo 4°.- Aplicar el egreso que origine la
presente resolución a las partidas correspondientes
del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones
Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO
Ministro de Relaciones Exteriores
752604-13
Nombran Embajador Extraordinario y
Plenipotenciario del Perú en el Reino
Unido de Gran Bretaña e Irlanda del
Norte
RESOLUCIÓN SUPREMA
N° 035-2012-RE
Lima, 11 de febrero de 2012
De conformidad con el inciso 12) del artículo 118° de la
Constitución Política del Perú, que establece la facultad del
señor Presidente de la República de nombrar Embajadores
y Ministros Plenipotenciarios, con aprobación del Consejo
de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso de la
República;
Estando a lo dispuesto en la Ley N° 28091, Ley del
Servicio Diplomático de la República y su modifi catoria
la Ley N° 29318; y su Reglamento aprobado mediante el
Decreto Supremo N° 130-2003-RE y su modifi catoria el
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Nombrar Embajador Extraordinario
y Plenipotenciario del Perú en el Reino Unido de Gran
Bretaña e Irlanda del Norte al Embajador en el Servicio
Diplomático de la República Julio Ernesto Muñoz
Deacon.
Artículo 2°.- Extenderle las Cartas Credenciales y
Plenos Poderes correspondientes.
Artículo 3°.- La fecha en que el citado funcionario
diplomático deberá asumir funciones, será fi jada mediante
Resolución Ministerial.
Artículo 4°.- Aplicar el egreso que origine la presente
Resolución a las partidas correspondientes del Pliego
Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO
Ministro de Relaciones Exteriores
752604-14
TRANSPORTES Y
COMUNICACIONES
Autorizan a Escuela de Conductores
Integrales Profesionales A S.A.C. a
impartir cursos de capacitación para
obtener Licencia de Conducir A-I y el
incremento de su flota vehicular
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 269-2012-MTC/15
Lima, 18 de enero de 2012
VISTO:
Los Partes Diarios Ns° 148372 y 002524, presentados
por la empresa denominada PROFESIONALES A S.A.C.,
y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Directoral Nº 4417-2011-
MTC/15 de fecha 16 de noviembre de 2011, se autorizó
a PROFESIONALES A S.A.C., con RUC N° 20536243241
y con domicilio en PR Ramón Vargas Machuca N°
112, Manzana I, Lote 15 (2do y 3er piso), Urb. María
Auxiliadora, distrito de San Juan de Mirafl ores, provincia
y departamento de Lima, en adelante La Escuela, para
funcionar como Escuela de Conductores Integrales, a fi n
de impartir los conocimientos teóricos - prácticos para
conducir vehículos motorizados de transporte terrestre,
así como la formación orientada hacia la conducción
responsable y segura, a los postulantes para obtener una
licencia de conducir de la Clase A Categoría II y III y Clase
B Categoría II-c, así como los cursos de Capacitación
Anual para Transporte de Personas, Transporte de
mercancías, Transporte Mixto, curso de Seguridad Vial y
Sensibilización del Infractor, y los cursos de Reforzamiento
para la revalidación de las licencias de conducir de la
clase A categoría II y III;
Que, mediante Parte Diario N° 148372 de fecha 15
de diciembre de 2011, La Escuela solicita autorización
para impartir cursos de capacitación a quienes aspiran
obtener la licencia de conducir Clase A Categoría I, así
como el incremento de su fl ota vehicular, proponiendo los
vehículos con placa de rodaje Ns° B6M-487 y B6M-530;
Que, con Oficio N° 10977-2011-MTC/15.03 de fecha
26 de diciembre de 2011, notificado el 28 de diciembre
de 2011, esta administración formuló las observaciones
pertinentes a la solicitud presentada por La Escuela,
requiriéndole la subsanación correspondiente, para la
cual se le otorgó un plazo de diez (10) días hábiles;
y dentro del plazo legal, mediante Parte Diario N°
002524 de fecha 06 de enero de 2012, La Escuela
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