RESOLUCION SUPREMA N° 520-2010-DE/EP/S-1.a/1-5 - Ascienden a Coroneles al grado de General de Brigada
Emisor | DEFENSA |
Fecha de la disposición | 18 de Noviembre de 2010 |
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, jueves 18 de noviembre de 2010 429299
Ascienden a Coroneles al grado de
General de Brigada
RESOLUCIÓN SUPREMA
N° 518-2010-DE/EP/S-1.a/1-5
Lima, 17 de noviembre de 2010
CONSIDERANDO :
Que, la Ley Nº 28359 y su Reglamento aprobado
por Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/SG, del 14 de
febrero de 2005, establecen que el ascenso constituye
un factor inherente al desarrollo de la línea de carrera
militar en el personal de Oficiales de las Fuerzas
Armadas en estricta observancia de los principios
rectores y lineamientos prescritos en la respectiva Ley
de Ascensos;
Que, la Ley Nº 29108 y su Reglamento aprobado
por Decreto Supremo Nº 011-2008-DE, del 09 de julio
de 2008, tiene por objeto establecer los principios,
etapas, requisitos, aptitudes y procedimientos que
rigen los ascensos de Oficiales de las Fuerzas
Armadas, así como las competencias de las Juntas
correspondientes;
Que, por Resolución Ministerial Nº 1175-2010 DE/
EP del 28 de octubre de 2010, se declaran las vacantes
para el Ascenso de Ofi ciales Generales, Superiores y
Subalternos de Armas y Servicios y cambio de condición
Promoción 2011, publicándose la Fe de Erratas de dicha
Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano el 04
de Noviembre del 2010;
Que, el Cuadro de Ascenso al grado inmediato
superior ha sido formulado por la Junta de Selección para
ascenso a los grados de Ofi ciales Generales, cubriendo
las vacantes declaradas en el grado, en base al Cuadro
de Mérito, el cual es producto del orden correlativo de
la califi cación fi nal obtenida, habiéndose aplicado los
principios rectores de meritocracia, legalidad, objetividad
y transparencia, igualdad de derechos y oportunidades y
ética;
Que, el Reglamento de la Ley de Ascensos de Ofi ciales
de las Fuerzas Armadas, dispone que el ascenso al grado
de General de Brigada será otorgado por Resolución
Suprema;
Estando a lo propuesto por la Junta de Selección para
ascenso a los grados de Ofi ciales Generales.
SE RESUELVE :
Artículo Único.- Otorgar el Ascenso con fecha 01 de
enero del 2011 al grado de General de Brigada, al :
CORONEL DE INFANTERIA
LAZARTE ALATRISTA MARIO GONZALO
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
JAIME THORNE LEÓN
Ministro de Defensa
568382-13
RESOLUCIÓN SUPREMA
N° 519-2010-DE/EP/S-1.a/1-5
Lima, 17 de noviembre de 2010
CONSIDERANDO :
Que, la Ley Nº 28359 “Ley de Situación Militar de los
Ofi ciales de las Fuerzas Armadas” y su Reglamentación
aprobada por Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/SG,
del 14 de febrero de 2005, establecen que el ascenso
constituye un factor inherente al desarrollo de la línea de
carrera militar en el personal de Ofi ciales de las Fuerzas
Armadas en estricta observancia de los principios
rectores y lineamientos prescritos en la respectiva Ley de
Ascensos;
Que, la Ley Nº 29108 “Ley de Ascensos de Oficiales
de las Fuerzas Armadas” y su Reglamentación
aprobada por Decreto Supremo Nº 011-2008-DE,
del 09 de julio de 2008, tiene por objeto establecer
los principios, etapas, requisitos, aptitudes y
procedimientos que rigen los ascensos de Oficiales de
las Fuerzas Armadas, así como las competencias de
las Juntas correspondientes;
Que, por Resolución Ministerial Nº 1175-2010 DE/
EP del 28 de octubre de 2010, se declaran las vacantes
para el Ascenso de Ofi ciales Generales, Superiores y
Subalternos de Armas y Servicios y cambio de condición
Promoción 2011, publicándose la Fe de Erratas de dicha
Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano el 04
de Noviembre del 2010;
Que, el Cuadro de Ascenso al grado inmediato
superior ha sido formulado por la Junta de Selección para
ascenso a los grados de Ofi ciales Generales, cubriendo
las vacantes declaradas en el grado, en base al Cuadro
de Mérito, el cual es producto del orden correlativo de
la califi cación fi nal obtenida, habiéndose aplicado los
principios rectores de meritocracia, legalidad, objetividad
y transparencia, igualdad de derechos y oportunidades y
ética;
Que, el citado Reglamento de la Ley de Ascensos
de Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, dispone que el
ascenso al grado de General de Brigada será otorgado
por Resolución Suprema;
Estando a lo propuesto por la Junta de Selección para
ascenso a los grados de Ofi ciales Generales.
SE RESUELVE :
Artículo Único.- Otorgar el Ascenso con fecha 01 de
enero del 2011 al grado de General de Brigada, al :
CORONEL DE INFANTERIA
SEIJAS DEL CASTILLO RICARDO
Regístrese, comuníquese y publíquese
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
JAIME THORNE LEÓN
Ministro de Defensa
568382-14
RESOLUCIÓN SUPREMA
N° 520-2010-DE/EP/S-1.a/1-5
Lima, 17 de noviembre de 2010
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 28359 “Ley de Situación Militar de los
Ofi ciales de las Fuerzas Armadas” y su Reglamentación
aprobada por Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/SG,
del 14 de febrero de 2005, establecen que el ascenso
constituye un factor inherente al desarrollo de la línea de
carrera militar en el personal de Ofi ciales de las Fuerzas
Armadas en estricta observancia de los principios
rectores y lineamientos prescritos en la respectiva Ley de
Ascensos;
Que, la Ley Nº 29108 “Ley de Ascensos de Oficiales
de las Fuerzas Armadas” y su Reglamentación
aprobada por Decreto Supremo Nº 011-2008-DE,
del 09 de julio de 2008, tiene por objeto establecer
los principios, etapas, requisitos, aptitudes y
procedimientos que rigen los ascensos de Oficiales de
las Fuerzas Armadas, así como las competencias de
las Juntas correspondientes;
Que, por Resolución Ministerial Nº 1175-2010 DE/
EP del 28 de octubre de 2010, se declaran las vacantes
para el Ascenso de Ofi ciales Generales, Superiores y
Subalternos de Armas y Servicios y cambio de condición
Promoción 2011, publicándose la Fe de Erratas de dicha
Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano el 04
de Noviembre del 2010;
Que, el Cuadro de Ascenso al grado inmediato
superior ha sido formulado por la Junta de Selección para
ascenso a los grados de Ofi ciales Generales, cubriendo
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