SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO RESOLUCION Nº 074-2007-SUNASS-CD - Modifican meta de gestiOn de anexo de la Res. Nº 034-2006-SUNASS-CD que aprobO fOrmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestiOn de SEDAPAL RESOLUCION Nº 074-2007-SUNASS-CD

Fecha de disposición14 Noviembre 2007
Fecha de publicación14 Noviembre 2007
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, miércoles 14 de noviembre de 2007
357504
Con las visaciones del Director de Gestión (e), del
Director de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico
y del Director de la Oficina de Asuntos Jurídicos;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley
Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de
la Nación; Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento
Administrativo General; Decreto Supremo Nº 017-
2003-ED que aprueba el Reglamento de Organización
y Funciones del Instituto Nacional de Cultura.
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- RATIFICAR la condición de Monumentos
integrantes del patrimonio cultural de la Nación a
los inmuebles ubicados en el distrito, provincia y
departamento de Lima, por las razones expuestas en la
parte considerativa de la presente Resolución, siendo los
siguientes:
1.1. Jr. Ancash Nºs. 960-962-s/n
1.2. Jr. Callao Nºs. 621-623
1.3. Jr. Conde de Superunda Nºs. 454-454 A.
1.4. Jr. Huancavelica Nºs. 947-949-951.
Artículo 2º.- RETIRAR la condición de Monumentos
integrantes del patrimonio cultural de la Nación a los
siguientes inmuebles ubicados en el distrito, provincia y
departamento de Lima:
2.1. Jr. Ica Nºs. 997-999
2.2. Jr. Tayacaja Nºs. 426-432.
Artículo 3º.- REGISTRAR de valor monumental
a los inmuebles ubicados en el distrito, provincia y
departamento de Lima, siendo los siguientes:
3.1. Jr. Ica Nº 997-999
3.2. Jr. Tayacaja Nºs. 426-432.
Artículo 4º.- Dejar establecido que por encontrarse
los inmuebles dentro de la Zona Monumental de
Lima, cualquier proyecto que se proponga deberá ser
previamente aprobado por el Instituto Nacional de
Cultura.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CECILIA BÁKULA BUDGE
Directora Nacional
131296-1
ORGANISMO SUPERVISOR
DE LA INVERSION EN
ENERGIA Y MINERIA
FE DE ERRATAS
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN
EN ENERGÍA Y MINERÍA
OSINERGMIN N° 665-2007-OS/CD
Mediante Ocio N° 207-2007-OSINERGMIN-AAD,
el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía
y Minería solicita se publique la Fe de Erratas de la
Resolución de Consejo Directivo de OSINERGMIN N°
665-2007-OS/CD, publicada en nuestra edición del día
31 de octubre de 2007.
En el cuadro detalle del Artículo 1º, en la columna
Referencia Legal
DICE:
- Art. 3º, 24º inciso e) del Reglamento aprobado por el
D.S. Nº 046-93-EM.
- Arts. 39º inciso f), 40º inciso b) y 77º del Reglamento
aprobado por el D.S. Nº 051-93-EM.
- Art. 229º del Reglamento aprobado por el D.S.
Nº 055-93-EM.
- Art. 30º del Reglamento aprobado por el D.S.
Nº 019-97-EM.
- Art. 86º inciso k) del Reglamento aprobado por el
D.S. Nº 030-98-EM.
- Art. 2º del D.S. Nº 014-2001-EM.
- Arts. 244º y 245º del Reglamento aprobado por el
D.S. Nº 032-2004-EM.
- Art. 43º inciso d) del Reglamento aprobado por el
D.S. Nº 015-2006-EM.
DEBE DECIR:
- Art. 3º, 24º inciso e) del Reglamento aprobado por el
D.S. Nº 046-93-EM.
- Arts. 39º inciso f), 40º inciso b) y 77º del Reglamento
aprobado por D.S. Nº 051-93-EM.
- Art. 30º del Reglamento aprobado por el D.S.
Nº 019-97-EM.
- Art. 86º inciso k) del Reglamento aprobado por el
D.S. Nº 030-98-EM.
- Art. 2º del D.S. Nº 014-2001-EM.
- Arts. 244º y 245º del Reglamento aprobado por el
D.S. Nº 032-2004-EM.
- Art. 43º inciso d) del Reglamento aprobado por el
D.S. Nº 015-2006-EM.
131400-1
SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE SERVICIOS
DE SANEAMIENTO
Modifican meta de gestión de anexo de
la Res. 034-2006-SUNASS-CD que
aprobó fórmula tarifaria, estructuras
tarifarias y metas de gestión de
SEDAPAL
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO
Nº 074-2007-SUNASS-CD
Lima, 12 de noviembre de 2007
VISTOS:
El Informe 056-2007-SUNASS/120 de fecha
7 de noviembre de 2007, emitido por la Gerencia de
Supervisión y Fiscalización y la Gerencia de Regulación
Tarifaria;
El Informe Nº 048-2007-SUNASS-060 de fecha 8 de
noviembre de 2007, emitido por la Gerencia de Asesoría
Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución de Consejo Directivo
Nº 034-2006-SUNASS-CD se aprobó la fórmula tarifaria,
estructuras tarifarias y metas de gestión de SEDAPAL
para el quinquenio 2006-2011;
Que, mediante el Informe Nº 056-2007-SUNASS/120
de fecha 7 de noviembre de 2007, las Gerencias de
Supervisión y Fiscalización y de Regulación Tarifaria de
la SUNASS recomiendan:
i) Reemplazar el término “Volumen de tratamiento
de aguas residuales” por el de “Caudal de tratamiento

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