SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA RESOLUCION 046-2015/SUNAT - Actualizan Disposiciones Reglamentarias para el Otorgamiento de la BonificaciOn por FunciOn CrItica o Riesgosa a los Trabajadores de la SUNAT. RESOLUCION 046-2015/SUNAT

Fecha de disposición11 Febrero 2015
Fecha de publicación11 Febrero 2015
El Peruano
Miércoles 11 de febrero de 2015
546536
SUPERINTENDENCIA DEL
MERCADO DE VALORES
Encargan a la Intendencia General de
Orientación al Inversionista la gestión
del Repositorio Digital de Ciencia,
Tecnología e Innovación de Acceso
Abierto de la SMV
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENTE
Nº 019-2015-SMV/02
Lima, 6 de febrero de 2015
El Superintendente del Mercado de Valores (e)
VISTOS:
El Expediente N° 2015003837 y el Ocio N° 015-2015-
CONCYTEC-DEGC, del 29 de enero de 2015;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el artículo 2° del Texto Único
Concordado de la Ley Orgánica de la Superintendencia del
Mercado de Valores – SMV, aprobado por Decreto Ley N°
26126 y sus modicatorias, el Superintendente del Mercado
de Valores es la máxima autoridad ejecutiva de la SMV
y, en ese sentido, goza de amplias facultades de gestión y
dirección;
Que, mediante la Ley Nº 30035 y su Reglamento,
aprobado por el Decreto Supremo N° 006-2015-PCM, se
establece el marco normativo del Repositorio Nacional Digital
de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto;
Que, la Red Nacional de Repositorios Digitales
de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso
Abierto (RENARE) está integrada por los repositorios
institucionales de las entidades del sector público que ya
cuentan con ellos, o que deban contar con un respectivo
repositorio institucional;
Que, siendo la SMV una entidad del sector público
y, por tanto, integrante de la RENARE, corresponde,
al amparo de lo dispuesto por el artículo 9° numeral
9.2 del Reglamento de la Ley Nº 30053, designar a la
dependencia y al funcionario responsable de la gestión
del repositorio institucional;
Que, asimismo, el artículo mencionado en el
considerando precedente establece que el repositorio
institucional deberá encontrarse vinculado o a cargo de la
biblioteca o centro de información y/o documentación con
el que cuente la entidad; y,
Estando a lo dispuesto en el artículo 2° del Texto Único
Concordado de la Ley Orgánica de la SMV, aprobado por
Decreto Ley N° 26126 y sus modicatorias; en los artículos
10° y 54, numeral 15, del Reglamento de Organización
y Funciones de la SMV, aprobado por Decreto Supremo
N° 216-2011-EF y sus modicatorias; así como en la
Resolución de Superintendente N° 015-2015-SMV/02 del
29 de enero de 2015;
RESUELVE:
Artículo 1°.- Encargar a la Intendencia General de
Orientación al Inversionista la gestión del Repositorio Digital
de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto de la
Superintendencia del Mercado de Valores – SMV.
Artículo 2°.- Designar a la señorita Nery Salas Acosta,
Intendente de la Intendencia General de Orientación al
Inversionista como responsable de la gestión del Repositorio
Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto
de la Superintendencia del Mercado de Valores – SMV.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OMAR GUTIÉRREZ OCHOA
Superintendente del Mercado de Valores (e)
1198690-1
SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE ADUANAS Y DE
ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Actualizan Disposiciones Reglamen-
tarias para el Otorgamiento de la
Bonificación por Función Crítica o
Riesgosa a los Trabajadores de la
SUNAT
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
N° 046-2015/SUNAT
Lima, 9 de febrero de 2015
VISTO
El Informe 03-2015-SUNAT-8A0100 emitido
por la Ocina de Planicación y Organización de
Recursos Humanos de la Intendencia Nacional de
Recursos Humanos, que sustenta la actualización de
las Disposiciones Reglamentarias para el Otorgamiento
de la Bonicación por Función Crítica o Riesgosa a los
Trabajadores de la SUNAT.
CONSIDERANDO:
Que el artículo 12° de la Ley Nº 29816, Ley de
Fortalecimiento de la SUNAT, autoriza a la SUNAT a otorgar
una bonicación adicional por función crítica o riesgosa, la
misma que se otorga sólo en función del trabajo crítico o
riesgoso efectivamente realizado; asimismo, precisa que
dicha bonicación se aprueba mediante Resolución de
Superintendencia;
PUBLICACIÓN OBLIGATORIA DE
REGLAMENTOS ADMINISTRATIVOS
Se comunica a todas las Entidades del Sector Público que, conforme al Decreto Supremo
Nº 014-2012-JUS, publicado el 29 de agosto de 2012, los REGLAMENTOS ADMINISTRATIVOS
DEBEN PUBLICARSE en el DIARIO OFICIAL EL PERUANO para su VALIDEZ Y VIGENCIA, de
acuerdo a lo establecido en los artículos 51º y 109º de la Constitución Política del Perú.
LA DIRECCION

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