SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA RESOLUCION Nº 020-024-0000020/SUNAT - Designan auxiliar coactivo de la Intendencia Regional Lima RESOLUCION Nº 020-024-0000020/SUNAT

Fecha de disposición31 Enero 2008
Fecha de publicación31 Enero 2008
SecciónSección Única
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, jueves 31 de enero de 2008
365422
Los Principales Contribuyentes que presenten
sus declaraciones elaboradas mediante PDT´s en
las Unidades de Principales Contribuyentes de la
SUNAT que le correspondan, grabando las mismas en
disquetes, tendrán para tales efectos la opción de utilizar
alternativamente discos compactos o memorias USB.
Las causales de rechazo y otras disposiciones
aplicables a los disquetes así como a la información
contenida en los mismos, serán también aplicables a los
discos compactos o memorias USB.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL
Única.- VIGENCIA
La presente Resolución entrará en vigencia a partir del
día siguiente al de su publicación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LAURA CALDERÓN REGJO
Superintendente Nacional
Superintendencia Nacional
de Administración Tributaria
158438-1
Designan auxiliar coactivo de la
Intendencia Regional Lima
INTENDENCIA REGIONAL LIMA
RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA
Nº 020-024-0000020/SUNAT
Lima, 15 de Enero de 2008
CONSIDERANDO:
Que, es necesario designar un nuevo Auxiliar Coactivo
de la Intendencia Regional Lima para garantizar el normal
funcionamiento de su cobranza coactiva; conforme
al artículo 114° del Texto Único Ordenado del Código
Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N° 135-
99-EF y modicatorias, se establece los requisitos que
deberán reunir los trabajadores para acceder al cargo
de Auxiliar Coactivo; habiendo el personal propuesto
presentado una Declaración Jurada manifestando reunir
los requisitos antes indicados;
Que, la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto
Único Ordenado del Código Tributario, establece que
lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7° de la
Ley N° 26979, no es de aplicación a los órganos de la
Administración Tributaria cuyo personal ingresó mediante
Concurso Público;
Que, habiéndose designado auxiliares coactivos
mediante las Resoluciones de Intendencia Nºs. 020-
00-0000104 y 020-00-0000128 publicadas en el Diario
Ocial El Peruano en fechas 1 de julio de 2004 y 18
de mayo de 2005 respectivamente; que por motivos del
cambio de Area es necesario dejar sin efecto dos de las
designaciones.
Que, el artículo de la Resolución de Superintendencia
216-2004/SUNAT ha facultado al Intendente de
Aduana Marítima del Callao, Intendente de Aduana
Aérea del Callao, Intendente de Fiscalización y Gestión
de Recaudación Aduanera, Intendente de Principales
Contribuyentes Nacionales, Intendentes de Aduanas
desconcentradas y en los Intendentes Regionales de la
SUNAT a designar, mediante Resoluciones de Intendencia,
a los trabajadores que se desempeñarán como Auxiliares
Coactivos dentro del ámbito de competencia de cada una
de esas Intendencias;
En uso de las facultades conferidas en la Resolución
de Superintendencia N° 216-2004/SUNAT.
SE RESUELVE :
Artículo Primero.- Designar como auxiliar coactivo de
la Intendencia Regional Lima, a:
Registro Apellidos y Nombres
1 4112 MASGO CUBAS, SADITH MARIAM
Artículo Segundo.- Dejar sin efecto la designación
como auxiliares coactivos de la Intendencia Regional
Lima a:
Registro Apellidos y Nombres
1 6122 DIAZ UGAZ TANIA CARIDAD
1 3897 SALINAS ASCENCIO JOSE LUIS
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS ENRIQUE NARRO FORNO
Intendente Regional
157896-1
SUPERINTENDENCIA NACIONAL
DE LOS REGISTROS PUBLICOS
Designan funcionarios responsables
de brindar información que se solicite
en el marco de la Ley 27806 en las
Ocinas Registrales de Piura, Sullana
y Tumbes
RESOLUCIÓN DE LA GERENCIA GENERAL
DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL
DE LOS REGISTROS PÚBLICOS
N° 005-2008-SUNARP/GG
Lima, 25 de enero de 2008
VISTO; El Ocio N° 024-2008-SUNARP-Z.R.N°I/JEF,
remitido por el señor abogado Carlos Cilloniz Eguren, Jefe
(e) de la Zona Registral N° I- Sede Piura, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso
a la Información Pública, publicada con fecha 3 de agosto
de 2002, tiene por nalidad promover la transparencia de
los actos del Estado y regular el derecho fundamental del
acceso a la información establecido en el numeral 5° del
Que, mediante el Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM,
de fecha 7 de agosto de 2003, se aprobó el Reglamento
de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información,
estableciéndose en su artículo 4° la obligatoriedad en la
designación de los funcionarios responsables de entregar
la información y de elaborar el Portal de Transparencia, para
las Entidades que cuenten con ocinas desconcentradas,
a n de tramitarse la información solicitada con mayor
celeridad;
Que, mediante Resolución Nº 218-2004-SUNARP/
SN, publicada el 28 de mayo de 2004, se aprobó el
procedimiento para la atención de solicitudes de acceso
a la información que produzca o posea la SUNARP, Sede
Central y Órganos Desconcentrados;
Que, mediante el documento de Visto, la Jefatura de la
Zona Registral Nº I - Sede Piura, solicita se designe a los
nuevos funcionarios encargados de brindar la información
en mérito a la Ley Nº 27803 y su Reglamento, en las
Ocinas Registrales de Piura, Sullana y Tumbes;
Que, en tal sentido, es necesario designar a los
funcionarios de dichas Ocinas Registrales como
responsables de brindar la información que se les solicite,
en virtud a las normas referidas en los considerandos
precedentes;
Que, mediante la Resolución N° 201-2007-SUNARP/
SN de fecha 6 de julio de 2007, se delegó, entre otras
funciones a la Gerencia General la facultad de designar
a los funcionarios responsables de brindar información
de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27806 y

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