SUPERINTENDENCIA DE BIENES NACIONALES RESOLUCION Nº 171-2007/SBN-GO-JAR - Disponen primera inscripciOn de dominio a favor del Estado de terrenos ubicados en el departamento de Lima RESOLUCION Nº 171-2007/SBN-GO-JAR

Fecha de disposición10 Noviembre 2007
Fecha de publicación10 Noviembre 2007
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, sábado 10 de noviembre de 2007 357277
2002/SBN, aprobada por Resolución N° 011-2002/SBN,
modicada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, aprobada
por Resolución Nº 014-2004/SBN, que regulan el trámite
de inscripción de la primera de dominio de predios a favor
del Estado;
Que, los incisos h) y s) del Artículo 39° del “Reglamento
de Organización y Funciones de la Superintendencia
de Bienes Nacionales” aprobado por Resolución de
Superintendencia de Bienes Nacionales N° 315-2001/
SBN, de fecha 3 de setiembre de 2001, facultan a la
Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a identicar
los terrenos eriazos y/o en abandono con la nalidad de
incorporarlos al dominio del Estado, así como a emitir en
primera instancia las resoluciones de su competencia;
De conformidad con lo dispuesto por la Cuarta
Disposición Transitoria y Final del Decreto Ley
25556, modicado por el Decreto Ley N° 25738, Decreto
Supremo Nº 004-2007-VIVIENDA, Decreto de Urgencia
071-2001, Decreto Supremo 131-2001-EF y
Decreto Supremo N° 154-2001-EF y sus modicatorias,
Resolución de Superintendencia Nº 315-2001/SBN; y
Estando a los fundamentos expuestos en el Informe
Técnico Legal Nº 253-2007/SBN-GO-JAR, de fecha 1 de
octubre de 2007.
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Disponer la primera inscripción de dominio
a favor del Estado del terreno eriazo de 179 324,96 m²,
ubicado en la zona denominada Pampas de Limay, al
Noroeste del río Lurín, en el distrito de Lurín, provincia
y departamento de Lima, según el plano y memoria
descriptiva que sustentan la presente Resolución.
Artículo 2°.- La Zona Registral N° IX - Sede Lima de
la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos,
por el mérito de la presente Resolución, efectuará la
primera inscripción de dominio a favor del Estado del
terreno descrito en el artículo precedente en el Registro
de Predios de Lima.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MILAGRITOS PILAR PASTOR PAREDES
Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones
129928-1
JEFATURA DE ADQUISICIONES Y
RECUPERACIONES
RESOLUCIÓN Nº 171-2007/SBN-GO-JAR
La Molina, 31 de octubre de 2007
Visto el Expediente 030-2007/SBN-JAR,
correspondiente al trámite de inscripción en Primera de
Dominio a favor del Estado del terreno urbano de 51
953,38 m², ubicado frente a la avenida Almirante Miguel
Grau s/n, esquina con el jirón Junín, en el distrito de El
Agustino, provincia y departamento de Lima; y
CONSIDERANDO:
Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene
como nalidad incentivar el aprovechamiento económico
de los bienes del Estado en armonía con el interés social,
promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad
y estableciendo mecanismos para su registro, inscripción
y scalización;
Que, revisada la base gráca de propiedades con la
que cuenta la Superintendencia de Bienes Nacionales,
se identicó el terreno de 51 953,38 m², ubicado frente
a la avenida Almirante Miguel Grau s/n, esquina con
el jirón Junín, en el distrito de El Agustino, provincia
y departamento de Lima, que se encontraría libre de
inscripción registral;
Que, el citado predio ha sido adquirido por el Estado
Peruano por Compraventa que consta en la Escritura
Pública de fecha 28 de abril de 1865, otorgada ante
Notario Público Lucas de la Lama, cuya transferencia
de dominio no llegó a inscribirse debido a que en aquel
momento aun no se había creado los Registros Públicos
y hoy dicho instrumento no es suciente para generar una
inmatriculación por que carece de documentos técnicos
sustentatorios;
Que, mediante Certicado de Búsqueda Catastral de
fecha 29 de enero de 2007, la Zona Registral Nº IX - Sede
Lima informa que el predio en consulta se ubica en zona
donde no se observa inscripción registral;
Que, realizada la inspección técnica el 19 de marzo
de 2007, se vericó que el citado terreno es urbano y se
encuentra integrado a una supercie mayor, la cual está
ocupada por el Cuartel Barbones del Ejército Peruano;
Que, la Sétima Disposición Complementaria del
“Reglamento General de Procedimientos Administrativos
de los Bienes de Propiedad Estatal”, aprobado por
Decreto Supremo 154-2001-EF, establece que
el Estado representado por la Superintendencia de
Bienes Nacionales asumirá la calidad de propietario de
aquellos bienes que, sin constituir propiedad privada,
no se encuentren inscritos en los Registros Públicos, ni
registrados en el Sistema de Información Nacional de
los Bienes de Propiedad Estatal – SINABIP, de acuerdo
con las normas legales y reglamentarias que establezcan
competencias en materia del dominio de la propiedad
estatal;
Que, por ello corresponde tramitar la primera
inscripción de dominio del terreno antes descrito, de
conformidad con el artículo 3° del Decreto de Urgencia
N° 071-2001, el Artículo 33° del “Reglamento General
de Procedimientos Administrativos de los Bienes de
Propiedad Estatal”, aprobado por Decreto Supremo
N° 154-2001-EF, modificado por Decreto Supremo
Nº 042-2006-EF y la Directiva 001-2002/SBN
que regula el trámite de inscripción de la primera
de dominio de predios a favor del Estado, aprobada
por Resolución N° 011-2002/SBN, modificada por la
Directiva Nº 003-2004/SBN, aprobada por Resolución
Nº 014-2004/SBN;
Que, los incisos i) y s) del artículo 39° del “Reglamento
de Organización y Funciones de la Superintendencia
de Bienes Nacionales”, aprobado por Resolución de
Superintendencia 315-2001/SBN, de fecha 3 de
setiembre de 2001, facultan a la Jefatura de Adquisiciones
y Recuperaciones a promover la inmatriculación de
predios a favor del Estado cuando se carece de títulos
comprobatorios de dominio, así como a emitir en primera
instancia las resoluciones de su competencia;
De conformidad con lo dispuesto por la Cuarta
Disposición Transitoria y Final del Decreto Ley N° 25556,
Decreto Ley N° 25738, Decreto Supremo N° 004-2007-
VIVIENDA, Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Decreto
Supremo N° 131-2001-EF, Decreto Supremo N° 154-2001-
EF y sus modicatorias, Resolución de Superintendencia
N° 315-2001/SBN; y,
Estando a los fundamentos expuestos en el Informe
Técnico Legal Nº 0286-2007/SBN-GO-JAR, de fecha 30
de octubre de 2007;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Disponer la primera inscripción de
dominio a favor del Estado del terreno urbano de 51
953,38 m², ubicado frente a la avenida Almirante Miguel
Grau s/n, esquina con el jirón Junín, en el distrito de El
Agustino, provincia y departamento de Lima, según el
plano y memoria descriptiva que sustentan la presente
Resolución.
Artículo 2°.- La Zona Registral N° IX - Sede Lima de
la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos,
por el mérito de la presente Resolución, efectuará la
primera inscripción de dominio a favor del Estado del
terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro
de Predios de Lima.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MILAGRITOS PILAR PASTOR PAREDES
Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones
129928-2
JEFATURA DE ADQUISICIONES Y
RECUPERACIONES
RESOLUCIÓN Nº 172-2007/SBN-GO-JAR
La Molina, 31 de octubre de 2007

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