SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES RESOLUCION Nº 15337-2009 - Autorizan al Banco Continental la apertura, traslado y cierre de oficinas en el departamento de Lima RESOLUCION Nº 15337-2009

Fecha de disposición17 Diciembre 2009
Fecha de publicación17 Diciembre 2009
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, jueves 17 de diciembre de 2009 408029
Que, por Resolución Nº 047-2009-CONAFU de
fecha 26 de enero de 2009 se resuelve: I) Aprobar la
adecuación de las carreras Profesionales al Régimen
de Facultades, según el siguiente Detalle: 1. Facultad
de Administración y Educación: con las siguientes
escuelas profesionales: escuela académico profesional
de Administración de Empresas; y la escuela académico
profesional de Educación con las especialidades
de Física y Danzas, y Matemática e Informática; 2.
Facultad de Ingeniería, con las siguientes escuelas
profesionales: escuela académico profesional de
Ingeniería Informática y Sistemas, escuela académico
profesional de Ingeniería Agroindustrial, Escuela
académico profesional de Ingeniería de Minas; 3.
Facultad de Medicina Veterinaria y Zootecnia, con la
escuela académico profesional de Medicina Veterinaria
y Zootecnia. II) Aprobar los Departamentos Académicos,
según el siguiente detalle: 1. Departamento Académico
de Humanidades, adscrito a la Facultad de Administración
y Educación; 2. Departamento Académico de Ciencias
Básicas, adscrito a la Facultad de Ingeniería; 3.
Departamento Académico de Ingeniería, adscrito a la
Facultad de Ingeniería; 4. Departamento Académico de
Medicina Veterinaria y Zootecnia, adscrito a la Facultad
de Medicina Veterinaria y Zootecnia III) Aprobar la
Relación de Asignaturas y Docentes por Departamento
Académico de la Universidad Nacional Micaela Bastidas
de Apurímac;
Que, por Resoluciones Nº 299-2009-CONAFU
de fecha 06 de julio de 2009, se resuelve aprobar la
separación de la Carrera Profesional de Administración
y la Carrera Profesional de Educación de la Universidad
Nacional Micaela Bastidas de Apurímac al Régimen de
Facultades y Departamentos Académicos, la misma
que quedaría modificada según el siguiente detalle: a.-
Facultad de Administración, con la Escuela Académico
Profesional de Administración de Empresas y contando
con el Departamento Académico de Administración;
b.- Facultad de Educación, con la Escuela Académico
Profesional de Educación, la que contaría con las
especialidades de Física y Danzas, y Matemática e
Informática, contando con el Departamento Académico
de Humanidades; c.- Algunos cursos de la primigenia
Facultad de Administración y Educación se incorporarán
en el Departamento de Ciencias Básicas;
Que, conforme se puede apreciar del expediente
administrativo de la Universidad Nacional Micaela
Bastidas de Apurímac, con sede central en la ciudad
de Abancay, y una sub - sede en la ciudad de
Andahuaylas, Departamento de Apurímac; cumple
con los requerimientos establecidos en el artículo 83º
del Reglamento; habiendo la Universidad obtenido la
Autorización de Funcionamiento Provisional mediante
la Resolución Nº 110-2002-CONAFU de fecha 25
de abril de 2002, la misma ha sido evaluada por un
período superior a los cinco (05) años establecidos
como mínimo por el inciso c) del artículo 2º de la Ley
26439 - Ley de Creación del CONAFU, para efectos de
obtener la Autorización Definitiva de Funcionamiento;
de igual forma han cumplido con las cinco evaluaciones
las que fueron realizadas con la finalidad de evaluar
su grado de desarrollo, igualmente han concluido con
las expediciones de las Resoluciones Nº 067-2008-
CONAFU de fecha 03 de marzo de 2008, la Resolución
Nº 119-2008-CONAFU de fecha 15 de abril de 2009,
la Resolución Nº 144-2008-CONAFU de fecha 25 de
abril de 2008, la Resolución Nº 409-2008-CONAFU de
fecha 15 de octubre de 2009 y la Resolución Nº 018-
2009-CONAFU de fecha 14 de enero de 2009, que
otorgan las certificación de Satisfactorio del I; II; III;
IV y V - IDAE;
Que, en sesión de fecha 23 de noviembre de de 2009,
el Pleno del CONAFU por Acuerdo Nº 515-2009-CONAFU
acordó por UNANIMIDAD: I) Otorgar la Autorización
Denitiva de Funcionamiento a la Universidad Nacional
Micaela Bastidas de Apurímac; bajo la Ley Nº 23733 y
sus ampliatorias, modicatorias y complementarias; con
sede central en la ciudad de Abancay, y una sub - sede
en la ciudad de Andahuaylas, Departamento de Apurímac,
para brindar servicios educativos de nivel universitario
con las siguientes Facultades: 1.- Administración con las
siguientes escuelas profesionales: escuela académico
profesional de Administración de Empresas; 2.- Facultad
de Educación con la Escuela Académico Profesional de
Educación; 3.- Facultad de Ingeniería con las siguientes
escuelas profesionales: a) Ingeniería Informática y
Sistemas, b) Ingeniería Agroindustrial, c) Ingeniería de
Minas; 4.- Facultad de Medicina Veterinaria y Zootecnia,
con la escuela académico profesional de Medicina
Veterinaria y Zootecnia;
En atención a lo expuesto en los considerandos
precedentes, y en cumplimiento del artículo 38º incisos d)
y e) del Estatuto del CONAFU;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- OTORGAR la Autorización
Denitiva de Funcionamiento a la Universidad Nacional
Micaela Bastidas de Apurímac; bajo la Ley Nº 23733 y
sus ampliatorias, modicatorias y complementarias; con
sede central en la ciudad de Abancay, y una sub - sede
en la ciudad de Andahuaylas, Departamento de Apurímac,
para brindar servicios educativos de nivel universitario
con las siguientes Facultades: 1.- Administración con las
siguientes escuelas profesionales: escuela académico
profesional de Administración de Empresas; 2.- Facultad
de Educación con la Escuela Académico Profesional de
Educación; 3.- Facultad de Ingeniería con las siguientes
escuelas profesionales: a) Ingeniería Informática y
Sistemas, b) Ingeniería Agroindustrial, c) Ingeniería de
Minas; 4.- Facultad de Medicina Veterinaria y Zootecnia,
con la escuela académico profesional de Medicina
Veterinaria y Zootecnia.
Artículo Segungo.- DISPONER que la Universidad
Nacional Micaela Bastidas de Apurímac funcione con
sus autoridades designadas de acuerdo a sus normas
estatutarias; haciendo pleno uso de la autonomía
universitaria que le otorga la Constitución Política del
Estado, la Ley Universitaria Nº 23733 y las demás normas
que resulten aplicables.
Artículo Tercero.- HACER de conocimiento a la
Asamblea Nacional de Rectores la presente Resolución
para los trámites administrativos correspondientes.
Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
LUIS ENRIQUE CARPIO ASCUÑA
Presidente
KARINA LUZ MIÑANO PAREDES
Secretaria General
434902-3
SUPERINTENDENCIA
DE BANCA, SEGUROS Y
ADMINISTRADORAS PRIVADAS
DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan al Banco Continental la
apertura, traslado y cierre de oficinas
en el departamento de Lima
RESOLUCIÓN SBS N° 15337-2009
Lima, 7 de diciembre de 2009
EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO
DE BANCA Y MICROFINANZAS
VISTA:
La solicitud presentada por el Banco Continental
para que esta Superintendencia autorice la apertura,
traslado y el cierre de ocinas, según se indica en la parte
resolutiva;
CONSIDERANDO:
Que, la citada empresa ha cumplido con presentar
la documentación pertinente que justican la apertura,
traslado y cierre de las referidas ocinas;

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