08 143-2005-INPE/P - Declaran en situación de desabastecimiento inminente la adquisición de suministros de alimentos preparados para el personal del Establecimiento Penitenciario de Sentenciados de Huánuco

Fecha de publicación09 Marzo 2005
Fecha de disposición09 Marzo 2005
Pág. 288696
NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 9 de marzo de 2005
Declaran en situación de desabasteci-
miento inminente la adquisición de
suministros de alimentos preparados
para el personal del Establecimiento
Penitenciario de Sentenciados de Huá-
nuco RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL
INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO
Nº 143-2005-INPE/P
Lima, 7 de marzo de 2005
VISTOS, el Oficio Nº 043-2005-INPE/21 de fecha 22
de febrero de 2005, adjuntando el Informe Técnico Legal
Nº 005-2005-INPE/21 de fecha 18 de febrero de 2005 de
la Dirección Regional Oriente Pucallpa, por el que solici-
ta se declare en Situación de Desabastecimiento Inmi-
nente el Suministro de Alimentos Preparados para el
Establecimiento Penitenciario de Sentenciados de Huá-
nuco de su Jurisdicción e Informe Nº 075-2005-INPE/06
de fecha 3 de marzo de 2005, de la Oficina General de
Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, el inciso 22 del artículo 139º de la Constitución
Política del Perú, establece que la alimentación es un
derecho garantizado constitucionalmente;
Que, mediante Resolución Presidencial Nº 068-2005-
INPE/P de fecha 26 de enero de 2005 se aprobó el Plan
Anual de Contrataciones y Adquisiciones de la Dirección
Regional Oriente Pucallpa del Instituto Nacional Peniten-
ciario para el Año Fiscal 2005, por el cual se tiene previsto
el proceso de selección de Licitación Pública Nº 0001-
2005-INPE/21 para el "Suministro de Alimentos Prepara-
dos para el personal de seguridad, salud e internos de los
Establecimientos Penitenciarios de Huánuco y Pucallpa
de la Dirección Regional Oriente Pucallpa”;
Que, mediante Informe Técnico Legal Nº 005-2005-
INPE/21 de fecha 18 de febrero de 2005, la Dirección
Regional Oriente Pucallpa informa que se ha llevado a
cabo en el año 2004 la Adjudicación Directa Selectiva
Nº 0003-2004-INPE/19 para el "Suministro de Alimentos
Preparados a todo costo para el personal de Seguridad,
Salud y Mantenimiento del Establecimiento Penitenciario
de Sentenciados de Huánuco de la Dirección Regional
Oriente Pucallpa”, habiéndose otorgado la Buena Pro al
proveedor Restaurant RAMON de Esther Reyes San-
chez, suscribiéndose el respectivo Contrato Nº 023-
2004-INPE/19 el 30 de abril de 2004, por el monto
S/. 46.360,00 nuevos soles;
Que, mediante Informe Nº 0013-2004-INPE/21.05 la
Oficina de Administración de la Dirección Regional Oriente
Pucallpa, informa a su superior sobre las irregularidades
cometidas por el citado proveedor, motivo por el cual a
través de la Resolución Directoral Nº 190-2004-INPE/21
de fecha 15 de setiembre de 2004, se dispuso resolver
el referido contrato;
Que, ante este hecho la Dirección Regional Oriente
Pucallpa señala que mediante el proceso de Adjudica-
ción de Menor Cuantía Nº 0073-2004-INPE/24, se otor-
gó la Buena Pro para el suministro de alimentos prepara-
dos al Consorcio “Restaurant Pizzería Sofía & Exitos
Integrales EIRL”, suscribiéndose el Contrato Nº 0030-
2004-INPE/21, cuya vigencia fue hasta el 31 de diciem-
bre de 2004, lo que motivó su ampliación hasta el 30%
adicional del monto del contrato original, lo que cubre las
necesidades hasta los tres primeros meses del 2005,
aproximadamente;
Que, por las situaciones descritas, la Dirección Re-
gional Oriente Pucallpa manifiesta que es necesario de-
clarar en Situación de Desabastecimiento Inminente la
contratación del Suministro de Alimentos Preparados
para internos del Establecimiento Penitenciario de Sen-
tenciados de Huánuco, por el período de sesenta y nue-
ve (69) días calendario; hasta por la suma de S/. 5,520.00
Nuevos Soles (Cinco Mil Quinientos veinte con 00/100
Nuevos Soles), importe que servirá para cubrir los gas-
tos de alimentos preparados mientras se realice el
correspondiente proceso de selección, por cuanto el
personal de seguridad, salud y mantenimiento del men-
cionado Establecimiento Penitenciario requiere de ellos,
debido a que su desabastecimiento compromete direc-
tamente los servicios esenciales que presta el Instituto
Nacional Penitenciario, considerando además que el
suministro de alimentos no puede ser suspendido, por-
que su ausencia puede ocasionar grave deterioro en la
salud del personal del INPE que labora 24x48 horas, lo
que comprometería directa e inminentemente la seguri-
dad del penal; debiéndose tener presente que la situa-
ción expuesta se encuentra prevista en el inciso c) del
artículo 19º e inciso a) del artículo 20º del Texto Único
Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones
del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-
PCM;
Que, según el artículo 21º del acotado dispositivo
legal, se considera Situación de Desabastecimiento In-
minente, aquella situación extraordinaria e imprevisible
en la que la ausencia de determinado bien, servicio u
obra compromete en forma directa e inminente la conti-
nuidad de las funciones, servicios, actividades u opera-
ciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de
manera esencial; por lo que dicha situación faculta a la
Entidad a la adquisición o contratación de los bienes,
servicios u obras sólo por el tiempo o cantidad, según
sea el caso, necesario para resolver la situación y llevar
a cabo el proceso de selección que corresponda; de-
biendo adquirirse en forma directa mediante acciones
inmediatas, adoptando todas las providencias que per-
mitan asegurar la moralidad, imparcialidad, transparen-
cia y economía en el proceso de adjudicación de acuer-
do al artículo 3º de la referida norma legal;
Que, mediante los artículos 141º y 148º del Regla-
mento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del
Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084 -2004-
PCM, se encuentran señalados los procedimientos para
los procesos de selección exonerados, debiendo la
Dirección Regional Oriente Pucallpa sujetarse estric-
tamente a la norma indicada para la compra de lo indis-
pensable a fin de paliar la situación; sin perjuicio de que
se realice el proceso de selección correspondiente para
las adquisiciones definitivas;
Estando a lo solicitado por la Dirección Regional
Oriente Pucallpa y a lo opinado por la Oficina General de
Asesoría Jurídica, contándose con las visaciones de
las Oficinas Generales de Administración y Asesoría
Jurídica; y,
De conformidad con lo establecido en el Texto Único
Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y
Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supre-
mo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por
Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, Resolución Minis-
terial Nº 040-2001-JUS y en uso de las facultades con-
feridas mediante Resolución Suprema Nº 037-2004-JUS;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- DECLARAR en Situación de Desabas-
tecimiento Inminente la adquisición de Suministros de
Alimentos Preparados para el personal de seguridad,
salud y mantenimiento del Establecimiento Penitenciario
de Sentenciados de Huánuco, por el período de sesenta
y nueve (69) días calendario, a partir de la fecha de la
presente Resolución, mientras se lleva a cabo el proce-
so de selección programado para el Establecimiento
Penitenciario de la Dirección Regional Oriente Pucallpa,
por los fundamentos expuestos en la parte considerati-
va de la presente Resolución.
Artículo 2º.- EXONERAR a la Dirección Regional
Oriente Pucallpa, del requisito de Licitación Pública para
la adquisición de Alimentos Preparados a que se refiere
el artículo primero de la presente Resolución.
Artículo 3º.- AUTORIZAR a la Dirección Regional
Oriente Pucallpa, para la adquisición de Suministros de
Alimentos Preparados para el personal de seguridad,

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