DECRETO SUPREMO N° 102-2008-EF - Autorizan transferencia de partidas a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil para el otorgamiento de la subvención por pérdidas materiales a la población damnificada del sismo del 15 de agosto de 2007

Fecha de disposición07 Agosto 2008
Fecha de publicación07 Agosto 2008
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, jueves 7 de agosto de 2008 377689
CONSIDERANDO:
Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo
– MINCETUR, a través del Viceministerio de Turismo,
tiene a su cargo la promoción, supervisión y gestión de
los Centros de Innovación Tecnológica - CITE artesanales
y turísticos, de conformidad con el artículo 10º de la Ley
Nº 27267 – Ley de Centros de Innovación Tecnológica,
modif‌i cada por Ley Nº 27890;
Que, mediante Acto de Donación, de fecha 21 de
julio de 2008, el Instituto Italo – Americano (I.I.L.A.),
con sede en Italia, a través de su Secretario General,
el señor Embajador Paolo Bruni, ha realizado una
donación de máquinas, equipos, instrumentos y
materiales, por un valor aproximado de ȯ 15,559.64
(Quince mil quinientos cincuenta y nueve con 64/100
Euros) a favor del Ministerio de Comercio Exterior y
Turismo, a f‌i n de que sean destinados a promover y
desarrollar los CITEs artesanales y turísticos;
Que, el artículo 3º del Decreto Supremo Nº 021-
2008-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº
28905 – Ley de facilitación del despacho de mercancías
donadas provenientes del exterior, dispone que las
donaciones de mercancías provenientes del exterior
serán aprobadas mediante Resolución Ministerial del
Sector correspondiente;
Que, en consecuencia, se requiere dictar el acto de
administración que formalice la aceptación de la donación
efectuada por el Instituto Italo – Americano;
De conformidad con la Ley Nº 27790 – Ley de
Organización y Funciones del MINCETUR y su Reglamento
aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR,
la Ley Nº 28905 y su Reglamento aprobado por Decreto
Supremo Nº 021-2008-EF.
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aceptar la donación efectuada por el
Instituto Italo – Americano (I.I.L.A.), a favor del Ministerio de
Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR, consistente en
máquinas, equipos, instrumentos y materiales, por un valor
aproximado de ȯ 15,559.64 (Quince mil quinientos cincuenta
y nueve con 64/100 Euros), cuyo detalle se consigna en el
Anexo 1, en diez (10) folios, que visado y sellado forma parte
de la presente Resolución, para ser destinada a la promoción
y desarrollo de los Centros de Innovación Tecnológica
artesanales y turísticos, que se encuentran bajo el ámbito de
competencia del MINCETUR.
Artículo 2º.- Remítase copia de la presente Resolución,
a la Agencia Peruana de Cooperación Internacional
– APCI y a la Contraloría General de la República para su
conocimiento y f‌i nes correspondientes, dentro del plazo
de cinco (5) días hábiles de su emisión.
Asimismo, remítase copia de la presente Resolución a
la Of‌i cina de Planif‌i cación, Presupuesto y Desarrollo, para
los f‌i nes de ley.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ
Ministra de Comercio Exterior y Turismo
234872-1
Designan representantes del Ministerio
ante Comisión Especial que conforma
el Sistema de Coordinación y
Respuesta del Estado en Controversias
Internacionales de Inversión
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 126-2008-MINCETUR/DM
Lima, 1 de agosto de 2008
Visto el Of‌i cio N° 003-2008/PCE-LEY28933, del
Presidente de la Comisión Especial de la Ley N° 28933.
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 28933 – Ley que establece el Sistema
de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias
Internacionales de Inversión, dispone en el artículo 4º
que dicho Sistema está conformado por el Coordinador,
la Comisión Especial y todas las Entidades Públicas que
suscriban acuerdos señalados en el literal a) del párrafo 3.1
del artículo 3° o que representen al Estado Peruano en la
suscripción de tratados señalados en el literal b) del párrafo
3.1 del artículo 3°, de la misma Ley;
Que, la mencionada Comisión Especial está integrada
por miembros permanentes y no permanentes;
Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo
-MINCETUR integra dicha Comisión como miembro no
permanente, para los casos de controversias surgidas
en aplicación de los tratados señalados en el literal b)
del párrafo 3.1 del artículo 3º, de la Ley Nº 28933;
Que, en atención al documento del Visto es necesario
designar a los representantes, titular y alterno, del
MINCETUR ante la Comisión Especial;
De conformidad con la Ley N° 27790 - Ley de
Organización y Funciones del Ministerio de Comercio
Exterior y Turismo, la Ley N° 27594, Ley que regula la
participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y
designación de funcionarios públicos y la Ley N° 28933;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Designar a la señorita ANA AMPUERO
MIRANDA y el señor JAIME DUPUY ORTIZ DE ZEVALLOS,
como representantes titular y alterno, respectivamente, del
Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ante la Comisión
Especial que conforma el Sistema de Coordinación y
Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de
Inversión a que se ref‌i ere la Ley N° 28933.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ
Ministra de Comercio Exterior y Turismo
234872-2
ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan transferencia de partidas
a favor del Instituto Nacional de
Defensa Civil para el otorgamiento de
la subvención por pérdidas materiales
a la población damnificada del sismo
del 15 de agosto de 2007
DECRETO SUPREMO
Nº 102-2008-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el Decreto de Urgencia Nº 023-2007 en su
artículo 2° literal B. dispuso la entrega de una subvención
por pérdidas materiales destinada a aliviar el efecto de la
destrucción total de las viviendas a consecuencia del sismo
ocurrido el 15 de agosto de 2007 en las zonas declaradas
en emergencia a través del Decreto Supremo Nº 068-
2007-PCM y modif‌i catorias por el monto de S/. 6 000,00,
cuyo otorgamiento se viabiliza a través de las disposiciones
dictadas por el Instituto Nacional de Defensa Civil –INDECI y
su f‌i nanciamiento se ejecuta con cargo a los recursos de la
Reserva de Contingencia consignada en el presupuesto del
Ministerio de Economía y Finanzas, conforme a los artículos
3° y 4° del citado Decreto de Urgencia;
Que, mediante el Decreto Supremo Nº 091-2007-PCM
se aprueba el Reglamento para la entrega de la referida
subvención por pérdidas materiales, el cual establece un
procedimiento por etapas en donde participan el Banco de
Materiales S.A.C. y el Fondo MIVIVIENDA S.A. a través
de Programas de Viviendas promovidos por el Estado en
el marco del citado reglamento;
Que, el INDECI ha solicitado recursos para
continuar con el otorgamiento de la subvención por
pérdidas materiales para la atención del requerimiento
de bonos efectuado por el Banco de Materiales S.A.C
Descargado desde www.elperuano.com.pe

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR