02 031-2003-ED - Autorizan al ministerio a otorgar una subvención a favor de los deudos del incendio de Mesa Redonda

Fecha de disposición30 Diciembre 2003
Fecha de publicación30 Diciembre 2003
Pág. 258627
NORMAS LEGALES
Lima, martes 30 de diciembre de 2003
EDUCACIÓN
Autorizan al ministerio a otorgar una
subvención a favor de los deudos del
incendio de Mesa Redonda
DECRETO SUPREMO
Nº 031-2003-ED
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto de Urgencia Nº 002-2002,
del 4 de enero de 2002, se dictan medidas comple-
mentarias con la finalidad de que organismos del
Estado cuenten con recursos y efectúen las accio-
nes urgentes para la atención de los heridos, huérfa-
nos y familiares de las víctimas y de los damnifica-
dos por el incendio ocurrido en el centro de la ciudad
de Lima;
Que el artículo 2º del referido dispositivo legal esta-
blece que el Ministerio de Educación solventará la edu-
cación de los huérfanos menores de edad de las vícti-
mas hasta que concluyan sus estudios escolares; asi-
mismo, el artículo 4º autoriza al Ministerio de Economía
y Finanzas a realizar las transferencias que sean nece-
sarias para el cumplimiento del citado Decreto de Ur-
gencia;
Que mediante Resolución Suprema Nº 189-2002-ED,
del 28 de noviembre de 2002, se autoriza al Ministerio
de Educación con cargo al presupuesto 2002, la dona-
ción a favor de los deudos del incendio de Mesa Redon-
da, hasta por la suma de S/. 102,568.00 (CIENTO DOS
MIL QUINIENTOS SESENTA Y OCHO y 00/100 NUE-
VOS SOLES);
Que mediante Oficio Nº 485-2003-EF/76.14, la
Dirección Nacional de Presupuesto Público comuni-
ca que en el marco de la prudencia y transparencia
Fiscal, en tanto no existan ingresos adicionales a los
previstos para el año fiscal 2003, no es factible asig-
nar recursos para financiar mayores gastos y sugiere
evaluar la viabilidad de su atención en función de las
prioridades y los recursos del presupuesto aprobado
para el Pliego 010: Ministerio de Educación en el pre-
sente ejercicio presupuestal, teniendo en cuenta la
normatividad expresada en el artículo 38º numeral 2
de la Ley Nº 27209, Ley de Gestión Presupuestaria
del Estado;
Que la Unidad de Presupuesto, mediante Informe
Nº 275-2003-ME/SPE-UP y Hoja de Coordinación
Interna Nº 825-2003-ME/SPE-UP, informa que el Mi-
nisterio de Educación ha dispuesto financiar con car-
go a los recursos provenientes de la Unidad Ejecuto-
ra 024 - Sede Central, Fuente de Financiamiento 00:
Recursos Ordinarios, los gastos educativos antes re-
feridos, cuyo costo para el presente ejercicio fiscal,
asciende aproximadamente a S/. 118,000.00 (CIEN-
TO DIECIOCHO MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES), el
mismo que tiene como meta atender a 118 niños en
gastos en uniformes y útiles escolares;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Le-
gislativo Nº 560, Decreto Ley Nº 25762, modificado por
la Ley Nº 26510, los Decretos Supremos Nº 051-95-ED
y Nº 002-96-ED, y el artículo 14º de la Ley Nº 27879, Ley
de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2003;
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
SE DECRETA:
Artículo 1º.- De la subvención
Autorízase al Ministerio de Educación con cargo al
presupuesto 2003, otorgar una subvención a favor de los
deudos del incendio de Mesa Redonda, hasta por la suma
de S/. 118,000.00 (CIENTO DIECIOCHO MIL y 00/100
NUEVOS SOLES).
Artículo 2º.- De los recursos de la subvención
Los recursos financieros transferidos en aplicación
del artículo precedente serán ejecutados de acuerdo a
la Directiva Nº 112-2003-ME/SG-OA, "Atención a los ni-
ños huérfanos del incendio ocurrido el 29 de diciembre
del 2001, en las inmediaciones del mercado de Mesa
Redonda, a cargo del Ministerio de Educación", aproba-
da mediante Resolución de Secretaría General Nº 663-
2003-ED, de fecha 9 de diciembre de 2003.
Artículo 3º.- De la ejecución de la subvención
Autorízase al Ministerio de Educación adoptar las ac-
ciones necesarias para verificar el uso adecuado de la
subvención, en estricto cumplimiento de lo establecido
en el presente Decreto Supremo y normas complementa-
rias.
Artículo 4º.- Del refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por el
Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Edu-
cación.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinti-
nueve días del mes de diciembre del año dos mil tres.
ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
CARLOS FERRERO COSTA
Presidente del Consejo de Ministros
CARLOS MALPICA FAUSTOR
Ministro de Educación
24224
Autorizan suscripción de convenio para
la implementación y ejecución del Pro-
yecto de Infraestructura y Equipamien-
to de la Nueva Sede de la Biblioteca
Nacional del Perú
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 071-2003-ED
Lima, 29 de diciembre de 2003
CONSIDERANDO:
Que, la Biblioteca Nacional del Perú, como ente cen-
tral y rector del Sistema Nacional de Bibliotecas, fomen-
ta la participación y cooperación de las diversas institu-
ciones y organismos del sector público y privado y de la
sociedad civil en acciones necesarias para asegurar la
integración, organización, funcionamiento y desarrollo del
servicio bibliotecario nacional a nivel regional, departa-
mental y local;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-90-EF se de-
clara de necesidad y utilidad públicas y de preferente
interés nacional a favor de la cultura, la construcción y el
equipamiento de la nueva sede institucional de la Biblio-
teca Nacional;
Que, mediante Oficio Nº 2010-2003-EF/68.01 remiti-
do por la Dirección General de Programación Multianual
del Sector Público del Ministerio de Economía y Finan-
zas declara viable el “Proyecto de Infraestructura y Equi-
pamiento de la Nueva Sede de la Biblioteca Nacional
del Perú”;
Que, a fin de detener el deterioro progresivo del ma-
terial bibliográfico y documental más antiguo en poder
de la Biblioteca Nacional el Perú, es de necesidad la con-
tinuidad y culminación de la construcción y el equipa-
miento de la nueva sede institucional;
Que, la Organización de Estados Iberoamericanos
para la Educación, la Ciencia y la Cultura - OIE, organis-
mo internacional de carácter gubernamental para la
cooperación entre los países iberoamericanos en los

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