Designan Director Subregional de Educación de Illucán - Cutervo, Región Cajamarca

Fecha de disposición04 Junio 2000
Fecha de publicación04 Junio 2000
Pág. 187555
NORMAS LEGALES
Lima, domingo 4 de junio de 2000
SUBPROGRAMA :0014 Control Interno
ACTIVIDAD :1.00485 Supervisión y Control
5. GASTOS CORRIENTES
1. Personal y Obligaciones Sociales 1,800
PROGRAMA :006 Planeamiento Gubernamental
SUBPROGRAMA :0005 Supervisión y Coordinación Superior
ACTIVIDAD :1.00110 Conducción y Orientación Superior
5. GASTOS CORRIENTES
1. Personal y Obligaciones Sociales 5,000
SUBPROGRAMA :0030 Demarcación, Catastro y
Titulación de Tierras
ACTIVIDAD :1.00173 Demarcación Territorial
5. GASTOS CORRIENTES
1. Personal y Obligaciones Sociales 1,800
FUNCION :13 Relaciones Exteriores
PROGRAMA :045 Política Exterior
SUBPROGRAMA :0119 Cooperación Internacional
ACTIVIDAD :1.00165 Coordinación y Participación en
Asuntos y Organismos Internacionales
5. GASTOS CORRIENTES
1. Personal y Obligaciones Sociales 6,300
FUNCION :05 Asistencia y Previsión Social
PROGRAMA :014 Promoción y Previsión Social
y Comunitaria
SUBPROGRAMA :0052 Previsión Social al Cesante y Jubilado
ACTIVIDAD :1.00347 Obligaciones Previsionales
5. GASTOS CORRIENTES
2. Obligaciones Previsionales 126,000
-----------
SUBTOTAL U.E. 003 SECRETARIA GENERAL - PCM 150,000
----------
TOTAL PLIEGO 001 184,000
=======
Artículo 2º.- La Oficina de Asuntos Financieros del Pliego
001 Presidencia del Consejo de Ministros, instruirá a las
Unidades Ejecutoras comprendidas dentro de la presente
Resolución, para que se elaboren las correspondientes "Notas
para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como
consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolucion a la
Dirección Nacional de Presupuesto Público del Ministerio de
Economía y Finanzas, a la Contraloría General de la Repúbli-
ca y a la Comisión de Presupuesto del Congreso de la Repúbli-
ca, dentro de los cinco (5) días de aprobada.
Regístrese y comuníquese.
ALBERTO PANDOLFI ARBULU
Ministro de Transportes, Comunicaciones,
Vivienda y Construcción
Encargado de la Presidencia del
Consejo de Ministros
6304
ECONOMIA Y
FINANZAS
Aprueban inafectación de derechos
arancelarios y del IGV a importación
realizada por universidad
RESOLUCION SUPREMA
Nº 158-2000-EF
Lima, 2 de junio del 2000
Visto, el Expediente Nº 016431-98 presentado por la Uni-
versidad de Lima, sobre inafectación de los Derechos Arance-
larios y del Impuesto General a las Ventas a la importación del
bien que se encuentra en el Anexo III del Decreto Supremo Nº
046-97-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF.
CONSIDERANDO:
Que, los Artículos 22º y 23º del Decreto Legislativo Nº 882
que la transferencia o importación de bienes y la prestación de
servicios que efectúen las instituciones educativas públicas y
particulares para sus fines propios están inafectas de los Dere-
chos Arancelarios y del Impuesto General a las Ventas;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 046-97-EF, modifica-
do por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF, se aprobó la relación
de bienes y servicios inafectos al pago de los Derechos Arance-
larios y del Impuesto General a las Ventas aplicables a las
instituciones educativas públicas o particulares establecién-
dose, asimismo, el procedimiento para la aplicación del bene-
ficio tributario a los bienes incluidos en el Anexo III;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo
Nº 882 y el Decreto Supremo Nº 046-97-EF, modificado por el
Decreto Supremo Nº 003-98-EF; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- APRUEBASE, en vía de regularización, la
inafectación de los Derechos Arancelarios y del Impuesto
General a las Ventas a la importación realizada por la Univer-
sidad de Lima según consta en el Expediente Nº 016431-98,
por un valor total de US$ 2 001,58 (Dos Mil Un y 58/100
Dólares de Estados Unidos de América), del siguiente bien que
se encuentra incluido en el Anexo III del Decreto Supremo Nº
046-97-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF:
Cantidad Partida Arancelaria Descripción Arancelaria
(Unidad)
01 9202.10.00.00 Los demás instrumentos de
cuerda, de arco (p.ej.: violines)
Artículo 2º.- La inafectación a que se refiere el artículo
anterior procederá siempre que la importación del bien se ajuste
a la cantidad, valor y demás características declaradas en los
formularios de "Importaciones Liberadas - Decreto Legislativo Nº
882", presentados por la Universidad de Lima, según Expediente
Nº 016431-98 y que dicho bien sea destinado al cumplimiento de los
fines propios de la referida institución educativa.
Lo dispuesto en este artículo se aplica sin perjuicio de las
acciones de fiscalización que correspondan efectuar según el caso,
al Ministerio de Educación, así como a la Superintendencia
Nacional de Aduanas -ADUANAS-, incluyendo la verificación de
la clasificación arancelaria del bien cuya inafectación se solicita.
Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución a la
Superintendencia Nacional de Aduanas.
Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será re-
frendada por el Ministro de Educación y por el Ministro de
Economía y Finanzas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
FELIPE GARCIA ESCUDERO
Ministro de Educación
EFRAIN GOLDENBERG SCHREIBER
Ministro de Economía y Finanzas
6353
EDUCACION
Designan Director Subregional de
Educación de Illucán - Cutervo, Re-
gión Cajamarca
RESOLUCION SUPREMA
Nº 069-2000-ED
Lima, 2 de junio del 2000
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Suprema Nº 067-97-ED, de
fecha 10 de julio de 1997, se designó a don Héctor Nuñez
Roncal, como Director Subregional de Educación de Illucán -
Cutervo, Región Cajamarca, cargo considerado de confianza;

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