ORDENANZA Nº 063-2009-CR-GRH - Crean la Subgerencia de Estudios como órgano de Línea de Tercer Nivel Organizacional
Fecha de publicación | 14 Agosto 2009 |
Fecha de disposición | 14 Agosto 2009 |
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 14 de agosto de 2009
400832
de personas. Empero no se refi ere a los servicios
prestados por las agencias de publicidad, entendidas
por aquellas que tienen por objeto la elaboración de
la publicidad (por ejemplo, afi ches, y spots televisivos
o radiales) que va a ser difundida por los medios de
comunicación, ya sea ésta televisiva, radial, escrita o
de otro tipo, como paneles en la vía pública;
Que, en otros términos, al considerarse expresamente
como personalísimos los servicios de publicidad
que prestan al Estado los medios de comunicación,
“en atención a las características particulares que
los distinguen”, signifi ca que es el legislador el que
previamente a la dación de la norma, ha realizado el
análisis correspondiente, llegando a la conclusión que
tales servicios serán personalísimos sea cual fuere el
locador o proveedor de los mismos;
Que, la Ofi cina Central de Comunicaciones e
Imagen Institucional mediante Ofi cios Nos. 157 y 214-
2009-OCCII-UNFV, de fecha 20.01.2009 y 04.03.2009,
respectivamente y la Ofi cina de Planeamiento de los
Procesos de Selección, mediante Ofi cio Nº 0194-2009-
OPPS-OCLSA-UNFV, de fecha 17.03.2009, requieren
de proveerse de los servicios especializados que
prestan los medios de comunicación para alcanzar la
fi nalidad y los objetivos trazados por la Universidad y en
atención al informe técnico es que se logra determinar
el estudio de mercado de preferencias, donde identifi ca
el nivel ubicación y preferencias de las profesiones que
ofrece la Universidad, de acuerdo al segmento socio
económico, también se determina el plan de medios
de comunicación seleccionados, en cuanto a prensa
escrita, considerando la referida Ofi cina los siguientes
medios, como los más favorables para contratar con la
Universidad:
MEDIO DE COMUNICACION IMPORTE S/.
EL COMERCIO 82 591,02
TROME 41 702,37
PERU 21 37 347,68
OJO 5 569,20
CORREO 70 910,95
LA REPUBLICA 79 801,53
LA RAZON 1 113,84
TOTAL 319 036,59
Que, por lo expuesto es necesario aprobar la
exoneración del Proceso de Selección de Concurso
Público Servicio de Publicidad en General 2009; por
un monto de S/. 319 036,59 (Trescientos Diecinueve Mil,
Treinta y Seis Mil con 59/100 Nuevos Soles);
En mérito a la Opinión Técnica de la Ofi cina de
Planeamiento de los Procesos de Selección de las
Ofi cinas Centrales, de Planifi cación, en Ofi cio Nº 0720-
2009-OCPL-UNFV, del 30.03.2009, de Logística y
Servicios Auxiliares contenida en Ofi cio Nº 0194-2009-
OPPS-OCLSA-UNFV del 17.03.2009, de la Ofi cina de
Adquisiciones y Contrataciones en Informe Nº 0641-2009-
OADQC-OCLSA-UNFV, del 20.07.2009, al Informe Legal
Nº 501-2009-OCAJ-UNFV del 03.08.2009, de la Ofi cina
Central de Asesoría Jurídica y estando a lo dispuesto por
el Vice Rector Administrativo en Proveído Nº 07749-2009-
VRAD-UNFV del 04.08.2009, se procede conforme a lo
solicitado; y
De conformidad con la Ley de Contrataciones y
Adquisiciones del Estado y su Reglamento, Ley 23733 -
Ley Universitaria, el Estatuto y el Reglamento General de
esta Universidad;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Exonerar a la Universidad Nacional
Federico Villarreal del Proceso de Selección del Concurso
Público, Servicio de Publicidad en General 2009, de
conformidad con el Artículo 20º. Inciso f) y el Artículo
21º Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,
aprobado por Decreto Legislativo 1017, en concordancia
con el Artículo 132º del Reglamento de la referida Ley,
aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, por la
suma de S/. 319 036,59 (Trescientos Diecinueve Mil,
Treinta y Seis Mil con 59/100 Nuevos Soles), fi nanciados
con recursos directamente recaudados;
Artículo Segundo.- Autorizar a la Ofi cina Central de
Logística y Servicios Auxiliares a contratar los servicios de
publicidad que exonera la presente resolución en forma
directa mediante acciones inmediatas, de conformidad a
lo dispuesto en el Artículo 135º del Reglamento de la Ley
de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado
por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, con los siguientes
medios de comunicación y conforme al presupuesto que
se señala a continuación:
MEDIO DE COMUNICACION IMPORTE S/.
EL COMERCIO 82 591,02
TROME 41 702,37
PERU 21 37 347,68
OJO 5 569,20
CORREO 70 910,95
LA REPUBLICA 79 801,53
LA RAZON 1 113,84
TOTAL 319 036,59
Artículo Tercero.- Disponer que la Secretaria General
de la Universidad tramite la publicación de la presente
resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, dentro de
los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su
emisión.
Artículo Cuarto.- Encargar a la Ofi cina Central
de Logística y Servicios Auxiliares remita copia de la
presente resolución y del Informe Técnico que la sustenta
a la Contraloría General de la República y al Organismo
Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE),
dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha
de su aprobación, así como su publicación en forma
electrónica, a través del SEACE, en conformidad del
Artículo 21º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones
del Estado, aprobado por Decreto Legislativo 1017.
Artículo Quinto.- El Vice Rectorado Administrativo,
así como la Ofi cina Central de Logística y Servicios
Auxiliares, dictarán las medidas necesarias para el
cumplimiento de la presente resolución.
Regístrese, comuníquese y archívese.
JUAN NESTOR ESCUDERO ROMAN
Rector
PATRICIA VELASCO VALDERAS
Secretaria General
383757-1
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL
DE HUANUCO
Crean la Subgerencia de Estudios
como órgano de Línea de Tercer Nivel
Organizacional
ORDENANZA REGIONAL
Nº 063-2009-CR-GRH
Huánuco, 30 de junio del 2009
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO
REGIONAL HUANUCO;
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