ORDENANZA Nº 063-2009-CR-GRH - Crean la Subgerencia de Estudios como órgano de Línea de Tercer Nivel Organizacional

Fecha de publicación14 Agosto 2009
Fecha de disposición14 Agosto 2009
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 14 de agosto de 2009
400832
de personas. Empero no se ref‌i ere a los servicios
prestados por las agencias de publicidad, entendidas
por aquellas que tienen por objeto la elaboración de
la publicidad (por ejemplo, af‌i ches, y spots televisivos
o radiales) que va a ser difundida por los medios de
comunicación, ya sea ésta televisiva, radial, escrita o
de otro tipo, como paneles en la vía pública;
Que, en otros términos, al considerarse expresamente
como personalísimos los servicios de publicidad
que prestan al Estado los medios de comunicación,
“en atención a las características particulares que
los distinguen”, signif‌i ca que es el legislador el que
previamente a la dación de la norma, ha realizado el
análisis correspondiente, llegando a la conclusión que
tales servicios serán personalísimos sea cual fuere el
locador o proveedor de los mismos;
Que, la Of‌i cina Central de Comunicaciones e
Imagen Institucional mediante Of‌i cios Nos. 157 y 214-
2009-OCCII-UNFV, de fecha 20.01.2009 y 04.03.2009,
respectivamente y la Of‌i cina de Planeamiento de los
Procesos de Selección, mediante Of‌i cio Nº 0194-2009-
OPPS-OCLSA-UNFV, de fecha 17.03.2009, requieren
de proveerse de los servicios especializados que
prestan los medios de comunicación para alcanzar la
f‌i nalidad y los objetivos trazados por la Universidad y en
atención al informe técnico es que se logra determinar
el estudio de mercado de preferencias, donde identif‌i ca
el nivel ubicación y preferencias de las profesiones que
ofrece la Universidad, de acuerdo al segmento socio
económico, también se determina el plan de medios
de comunicación seleccionados, en cuanto a prensa
escrita, considerando la referida Of‌i cina los siguientes
medios, como los más favorables para contratar con la
Universidad:
MEDIO DE COMUNICACION IMPORTE S/.
EL COMERCIO 82 591,02
TROME 41 702,37
PERU 21 37 347,68
OJO 5 569,20
CORREO 70 910,95
LA REPUBLICA 79 801,53
LA RAZON 1 113,84
TOTAL 319 036,59
Que, por lo expuesto es necesario aprobar la
exoneración del Proceso de Selección de Concurso
Público Servicio de Publicidad en General 2009; por
un monto de S/. 319 036,59 (Trescientos Diecinueve Mil,
Treinta y Seis Mil con 59/100 Nuevos Soles);
En mérito a la Opinión Técnica de la Of‌i cina de
Planeamiento de los Procesos de Selección de las
Of‌i cinas Centrales, de Planif‌i cación, en Of‌i cio Nº 0720-
2009-OCPL-UNFV, del 30.03.2009, de Logística y
Servicios Auxiliares contenida en Of‌i cio Nº 0194-2009-
OPPS-OCLSA-UNFV del 17.03.2009, de la Of‌i cina de
Adquisiciones y Contrataciones en Informe Nº 0641-2009-
OADQC-OCLSA-UNFV, del 20.07.2009, al Informe Legal
Nº 501-2009-OCAJ-UNFV del 03.08.2009, de la Of‌i cina
Central de Asesoría Jurídica y estando a lo dispuesto por
el Vice Rector Administrativo en Proveído Nº 07749-2009-
VRAD-UNFV del 04.08.2009, se procede conforme a lo
solicitado; y
De conformidad con la Ley de Contrataciones y
Adquisiciones del Estado y su Reglamento, Ley 23733 -
Ley Universitaria, el Estatuto y el Reglamento General de
esta Universidad;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Exonerar a la Universidad Nacional
Federico Villarreal del Proceso de Selección del Concurso
Público, Servicio de Publicidad en General 2009, de
conformidad con el Artículo 20º. Inciso f) y el Artículo
21º Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,
aprobado por Decreto Legislativo 1017, en concordancia
con el Artículo 132º del Reglamento de la referida Ley,
aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, por la
suma de S/. 319 036,59 (Trescientos Diecinueve Mil,
Treinta y Seis Mil con 59/100 Nuevos Soles), f‌i nanciados
con recursos directamente recaudados;
Artículo Segundo.- Autorizar a la Of‌i cina Central de
Logística y Servicios Auxiliares a contratar los servicios de
publicidad que exonera la presente resolución en forma
directa mediante acciones inmediatas, de conformidad a
lo dispuesto en el Artículo 135º del Reglamento de la Ley
de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado
por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, con los siguientes
medios de comunicación y conforme al presupuesto que
se señala a continuación:
MEDIO DE COMUNICACION IMPORTE S/.
EL COMERCIO 82 591,02
TROME 41 702,37
PERU 21 37 347,68
OJO 5 569,20
CORREO 70 910,95
LA REPUBLICA 79 801,53
LA RAZON 1 113,84
TOTAL 319 036,59
Artículo Tercero.- Disponer que la Secretaria General
de la Universidad tramite la publicación de la presente
resolución en el Diario Of‌i cial El Peruano, dentro de
los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su
emisión.
Artículo Cuarto.- Encargar a la Of‌i cina Central
de Logística y Servicios Auxiliares remita copia de la
presente resolución y del Informe Técnico que la sustenta
a la Contraloría General de la República y al Organismo
Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE),
dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha
de su aprobación, así como su publicación en forma
electrónica, a través del SEACE, en conformidad del
Artículo 21º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones
del Estado, aprobado por Decreto Legislativo 1017.
Artículo Quinto.- El Vice Rectorado Administrativo,
así como la Of‌i cina Central de Logística y Servicios
Auxiliares, dictarán las medidas necesarias para el
cumplimiento de la presente resolución.
Regístrese, comuníquese y archívese.
JUAN NESTOR ESCUDERO ROMAN
Rector
PATRICIA VELASCO VALDERAS
Secretaria General
383757-1
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL
DE HUANUCO
Crean la Subgerencia de Estudios
como órgano de Línea de Tercer Nivel
Organizacional
ORDENANZA REGIONAL
Nº 063-2009-CR-GRH
Huánuco, 30 de junio del 2009
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO
REGIONAL HUANUCO;
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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