RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 669-2013-P-CSJLI/PJ - Conforman Segunda Sala Civil con Sub Especialidad Comercial de Lima, designan y reasignan magistrados en diversos órganos jurisdiccionales

Fecha de publicación03 Julio 2013
Fecha de disposición03 Julio 2013
El Peruano
Miércoles 3 de julio de 2013
498530
las audiencias programadas, consideren la posibilidad de
realizar en forma extraordinaria actuaciones judiciales los
días sábados.
Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución
al Presidente del Poder Judicial, Of‌i cina de Control
de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencias de
Cortes Superiores de Justicia del país y a la Gerencia
General del Poder Judicial, para su conocimiento y f‌i nes
consiguientes
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
S.
ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ
Presidente
956977-2
Aprueban Directiva “Normas y
Procedimientos para la Emisión
Electrónica de Depósitos Judiciales”
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
Nº 110-2013-CE-PJ
Lima, 14 de junio de 2013
VISTOS:
El Of‌i cio N° 1035-2013-GG-PJ, cursado por la Gerencia
General del Poder Judicial, e Informes N° 12-2013-KMUA-
SDSI-GI-GG-PJ y 009-2013-HAOG-SDSI-GI-GG-PJ, del
Equipo de Arquitectura de Servicios e Innovación de la
Subgerencia de Desarrollo de Sistemas de Información,
Gerencia de Informática de la Gerencia General.
CONSIDERANDO:
Primero. Que la Gerencia General del Poder
Judicial somete a consideración de este Órgano de
Gobierno propuesta de Directiva denominada “Normas y
Procedimientos para la Emisión Electrónica de Depósitos
Judiciales”, con la f‌i nalidad de disponer de un sistema
electrónico de depósitos judiciales para hacer efectivas
las consignaciones judiciales efectuadas en el Banco de
la Nación, en forma ágil, oportuna y en tiempo real, en
todos los órganos jurisdiccionales y administrativos a nivel
nacional en donde se encuentre implementado el depósito
judicial electrónico.
De igual modo, mediante la implementación y ejecución
de la propuesta formulada será posible desmaterializar
los depósitos judiciales a través de comunicaciones
electrónicas de emisión, autorización de pago y liquidación
de los mismos.
En ese orden de ideas, los procedimientos previstos en la
directiva propuesta permitirán, asimismo, dotar de seguridad
y certeza a las autorizaciones de pago que realizan los
jueces en los diversos procesos judiciales que tienen a su
cargo. En esa medida, los magistrados podrán conocer de la
existencia de este medio de pago desde su emisión hasta su
total cancelación, gracias al uso adecuado de la tecnología
con la que ambas instituciones cuentan.
Segundo. Que el Poder Judicial cuenta actualmente
en las sedes principales de los Distritos Judiciales y en
la mayoría de órganos jurisdiccionales periféricos, con
el Sistema Integrado Judicial (SIJ). Esta herramienta
informática es el soporte para la realización de diversas
operaciones y transacciones dentro de un expediente
judicial, razón por la que se ha previsto que el registro del
depósito judicial como su posterior aprobación de pago,
que es materia de la propuesta presentada, sea una de
las operaciones que también soporte dicho sistema.
Tercero. Que, siendo así, resulta claro que la propuesta
presentada coadyuvará en la solución de problemas
que recurrentemente se han venido presentando, como
lo es la pérdida, traspapelado o incluso sustracción de
los denominados Certif‌i cados de Depósitos Judiciales,
en razón a que por su condición de documento simple,
su custodia en la práctica ha ocasionado múltiples
dif‌i cultades, en especial cuando se producían traslados de
expedientes de un órgano jurisdiccional a otro, casos en
los cuales no necesariamente el mencionado certif‌i cado
seguía el curso del expediente al que pertenecía, además
de perderse celeridad respecto a su rápido endoso. Todo
ello ha generado malestar entre los usuarios del sistema
en general, y de los benef‌i ciarios de tales documentos,
en particular.
Cuarto. Que, en ese sentido, resulta necesario que
el Poder Judicial cuente con un documento interno de
gestión, que permita desarrollar los procedimientos para
la emisión electrónica de depósitos judiciales, en aras
del logro de un sistema electrónico que permita hacer
efectivas las consignaciones judiciales efectuadas en el
Banco de la Nación, en forma ágil, oportuna y en tiempo
real, así como de manera segura y con la máxima certeza.
Por lo que siendo así resulta conveniente aprobar la
propuesta formulada.
Quinto. Que, al respecto, el artículo 82°, inciso 26),
del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder
Judicial, determina como funciones y atribuciones del
Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, adoptar acuerdos
y demás medidas necesarias para que las dependencias
de este Poder del Estado funcionen con celeridad y
ef‌i ciencia.
Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N°
433-2013 de la vigésima tercera sesión del Consejo
Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con
la intervención de los señores Mendoza Ramírez, Walde
Jáuregui, Ticona Postigo, Meneses Gonzales, Palacios
Dextre y Chaparro Guerra, en uso de las atribuciones
conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado
de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar la Directiva N° 004-2013-
CE-PJ, denominada “Normas y Procedimientos para la
Emisión Electrónica de Depósitos Judiciales”, que en
documento anexo forma parte integrante de la presente
resolución.
Artículo Segundo.- Dejar sin efecto las Directivas
que se opongan a la presente resolución.
Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de
Informática de la Gerencia General del Poder Judicial, la
implementación de la herramienta informática que soporte
el Registro y Autorización de Pago de los Depósitos
Judiciales Electrónicos desde el Sistema de Expedientes
Judiciales.
Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución
al Presidente del Poder Judicial, Of‌i cina de Control de
la Magistratura del Poder Judicial, Presidencias de las
Cortes Superiores de Justicia del país, y a la Gerencia
General del Poder Judicial, para su conocimiento y f‌i nes
consiguientes
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
S.
ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ
Presidente
Nota.: La Directiva N° 004-2013-CE-PJ, está publicada en el
Portal Web del Poder Judicial: www.pj.gob.pe. (Enlace del Consejo
Ejecutivo del Poder Judicial, página principal, ícono de Directivas y
Reglamentos).
956977-3
CORTES SUPERIORES
DE JUSTICIA
Conforman Segunda Sala Civil con
Sub Especialidad Comercial de Lima,
designan y reasignan magistrados en
diversos órganos jurisdiccionales
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA
PRESIDENCIA
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
Nº 669-2013-P-CSJLI/PJ
Lima, 2 de julio de 2013

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