03 186-2006-J/ONPE - Aprueban "Procedimiento para el sorteo de ubicación de los bloques de organizaciones políticas en las cédulas de sufragio de las Elecciones Regionales y Municipales 2006"

Fecha de disposición17 Agosto 2006
Fecha de publicación17 Agosto 2006
NORMAS LEGALES
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326452 El Peruano
jueves 17 de agosto de 2006
Nº DNI APELLIDO APELLIDO NOMBRES
PATERNO MATERNO
3 22423872 MILLAN LA ROSA ALBERTO GERMAN
4 07458135 COLLAZOS VISALOT GLADIS
5 02794884 MOMBRU FIGUEROA FERNANDO GUSTAVO
6 22517630 PRUDENCIO AGUI NELSON ELVIS
7 04005899 DAVIRAN ROJAS HERNAN ANDRES
8 02428914 MESTAS VILCA MIGUEL LUCIANO
9 10432414 BAUTISTA QUISPE EDUARDO ENRIQUE
10 29722066 AYAMAMANI CANAZA HUGO FREDY
11 08033795 VENTOCILLA BAHAMONDE ASUNCION ARMANDO
12 09634254 RAMIREZ REYNA CARLO S ENRIQUE
13 21439338 TORRES QUISPE CARLOS ALBERTO
14 09821338 MUÑOZ CESTI ANGEL RICARDO
15 19909006 DIAZ TUPAYACHI ROBERTO MARINO
16 10632650 AGUILAR LOPEZ ELSA BEATRIZ
17 23884468 ELGUERA SOTO VICTOR RAUL
18 00438054 CCORIMANYA FIGUEROA BETTY MARISOL
19 08084407 VARAS HUARAG CRISTINA ROSANA
20 01489232 QUISPE GUTIERREZ AMERICO
AMPLIACIÓN DE ACCESITARIOS AL
CARGO DE ASISTENTES ADMINISTRATIVOS DE ODPE
Nº DNI APELLIDO APELLIDO NOMBRES
PATERNO MATERNO
1 19992439 QUICHCA PINO YOLANDA
2 22498142 DURAND CACHAY DIANA LUZ
3 02300297 TACCA ESCOBEDO JOSE FERNANDO
4 20085410 COTRADO AYALA ZENIA MILAGROS
5 17881791 MILLER LOLI ITALO ALFREDO DANIEL
6 80278840 YARMAS DUEÑAS MIRIAM YOLANDA
7 31041784 NINAPAYTAN FLORES ANNY JOSEFA
8 19871109 LOZANO SANTIANI ROSARIO KATHIA
9 29243841 FERNANDEZ MOLLENEDO JOSEFA LIDIA
10 28297302 PARIONA CARBAJAL DORIS
11 23948194 SAIRE ATAULLUCO RUTH LIDIA
12 02621169 BRAVO MIRANDA OFELIA BERNARDITA
01100-1
Aprueban "Procedimiento para el sorteo
de ubicación de los bloques de
organizaciones políticas en las cédulas
de sufragio de las Elecciones
Regionales y Municipales 2006"
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 186-2006-J/ONPE
Lima, 15 de agosto de 2006
VISTOS:
El Memorando Nº 591-2006-GFCE/ONPE, de fecha
8 de agosto de 2006, de la Gerencia de Formación y
Capacitación Electoral; el Informe Nº 009-2006-CMSC-
CGN/-GAJ/ONPE y el Memorando Nº 665-2006-GAJ/
ONPE, ambos de fecha 11 de agosto de 2006, de la
Gerencia de Asesoría Jurídica; el Informe Nº 192-2006-
GPDE/ONPE, de fecha 14 de agosto de 2006, de la
Gerencia de Planificación y Desarrollo Electoral; el
Informe Nº 091-2006-MABB-GAJ/ONPE y el
Memorando Nº 671-2006-GAJ/ONPE, ambos de la
Gerencia de Asesoría Jurídica, de fecha 15 de agosto
de 2006; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2006-PCM,
de fecha 22 de marzo de 2006, se ha convocado a
Elecciones Regionales y Municipales para el 19 de
noviembre del presente año en todo el territorio de la
República;
Que, de conformidad con el artículo 37º de la Ley
Orgánica de Elecciones, Nº 26859, la Oficina Nacional
de Procesos Electorales - ONPE tiene a su cargo la
organización y ejecución de los procesos electorales y
consultas populares; y ejerce sus atribuciones y
funciones con sujeción a la Constitución y a su Ley
Orgánica;
Que, de conformidad con el literal c) del artículo 5º de
la Ley Orgánica de la ONPE, Nº 26487, es función de
este organismo electoral planificar, preparar y ejecutar
todas las acciones necesarias para el desarrollo de los
procesos a su cargo, en cumplimiento estricto de la
normatividad vigente;
Que, según lo dispuesto por el artículo 165º de la
Ley Orgánica de Elecciones: "(...) El diseño y el
procedimiento de ubicación de las candidaturas o
símbolos deben publicarse y presentarse ante los
personeros de partidos políticos, organizaciones
políticas, agrupaciones independientes y candidatos
dentro de los dos (2) días naturales después del cierre
de la inscripción de candidaturas. La ubicación de las
candidaturas o símbolos se efectúa mediante sorteo
público, en presencia de los personeros y de notario
público";
Que, entre otros aspectos, la citada norma establece
la fecha en que se publicará el sorteo de ubicación de las
organizaciones políticas en la cédula de sufragio;
Que, no obstante, debe manifestarse que el Jurado
Nacional de Elecciones, en el marco de las Elecciones
Regionales y Municipales 2002, a propósito de un
recurso de nulidad interpuesto por la organización
política local "Ahora Desarrollo Organización
Responsabilidad y Apertura - D.O.R.A.", emitió la
Resolución Nº 314-2002-JNE, publicada en el Diario
Oficial El Peruano el 30 de agosto de 2002, disponiendo
que "la Oficina Nacional de Procesos Electorales,
realice un primer sorteo a nivel nacional para la
ubicación de los bloques en la cédula de sufragio; y,
posteriormente, se realice el sorteo para la ubicación
de los símbolos o números en cada bloque"; sin
establecer la fecha en que debía realizarse el primer
sorteo de los bloques de organizaciones políticas;
Que, las características de las próximas Elecciones
Regionales y Municipales a realizarse el 19 de
noviembre de 2006 vienen a ser sustancialmente
similares a las de las Elecciones Regionales y
Municipales 2002, motivo por el cual, los criterios
aplicados en los considerandos anteriores son
aplicables para estas elecciones;
Que, por otro lado, con fecha 12 de agosto de 2006
se publicó en el Diario Oficial El Peruano, la Ley Nº 28869,
Ley que Promueve la Participación de la Juventud en las
Listas de Regidores Provinciales y Municipales, cuya
Segunda Disposición Transitoria amplía el plazo de
presentación de la solicitud de inscripción de candidatos
a alcaldes y regidores ante los Jurados Electorales
Especiales hasta el 30 de agosto del presente año, por
lo que la fecha de publicación del procedimiento de
ubicación de las candidaturas o símbolos en la cédula,
previsto por el artículo 165º de la Ley Orgánica de
Elecciones, se ha visto retrasado, alterando el
cronograma electoral;
Que, mediante el Memorando Nº 591-2006-GFCE/
ONPE, de la Gerencia de Formación y Capacitación
Electoral, dicha unidad orgánica propone que el sorteo
de bloques y el sorteo de organizaciones políticas
para determinar la ubicación de cada una de éstas
dentro de la cédula de sufragio se realice uno en un
plazo previo al otro, de manera que se pueda elaborar
y realizar las distintas variantes de cédulas y actas
padrón, el material de capacitación a utilizarse en el
taller descentralizado y la capacitación de actores
electorales;
Que, considerando que el Jurado Nacional de
Elecciones ha establecido el sorteo de bloques en la
cédulas de sufragio, sin determinar la fecha de
realización, lo cual tampoco fluye de norma electoral
alguna, y para efectos de publicar los modelos
preliminares de la cédula de sufragio para las
elecciones Regionales y Municipales, conforme al
necesario conocer el orden de ubicación que los
bloques de partidos políticos, movimientos y
organizaciones políticas locales (provinciales y
distritales), tendrán en las cédulas de sufragio a
utilizarse en las Elecciones Regionales y Municipales
2006;

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