Otorgan autorización a asociación cultural para prestar servicio de radiodifusión sonora educativa en FM en la localidad de Quiruvilca, departamento de La Libertad

Fecha de disposición13 Octubre 2006
Fecha de publicación13 Octubre 2006
NORMAS LEGALES
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330420 El Peruano
viernes 13 de octubre de 2006
habiéndose suscrito el respectivo contrato de concesión
el 27 de mayo de 2004;
Que, mediante Expediente Nº 2006-013204, el señor
JAIME JULIO PACHECO MATILDE solicitó modificación
del contrato de concesión para prestar el servicio de
distribución de radiodifusión por cable, en lo referente a
la ampliación del área de concesión para los distritos
Nepeña y Samanco, de la provincia de Santa, del
departamento de Ancash;
Que, mediante Informe Nº 351-2006-MTC/17.01.ssp
la Dirección de Concesiones y Autorizaciones de
Telecomunicaciones de la Dirección General de Gestión
de Telecomunicaciones, opina que procede modificar el
contrato de concesión, aprobado por Resolución
Ministerial Nº 188-2004-MTC/03, en lo referente a la
ampliación del área concedida incluyendo los distritos
Nepeña y Samanco, de la provincia de Santa, del
departamento de Ancash; así como aprobar el respectivo
Plan de Cobertura; incorporar el numeral 6.12 a la cláusula
sexta de dicho contrato de concesión, con su
correspondiente Anexo 3 denominado "DESCRIPCIÓN
DE LA RED";
De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único
Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado
por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC; el Texto Único
Ordenado del Reglamento General de la Ley de
Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo
Nº 027-2004-MTC, y sus modificatorias; y, el Reglamento
de Organización y Funciones del Ministerio de
Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto
Supremo Nº 041-2002-MTC;
Con la opinión favorable del Director General de
Gestión de Telecomunicaciones y de la Viceministra de
Comunicaciones;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Ampliar el área de concesión,
otorgado mediante Resolución Ministerial Nº 188-
2004-MTC/03 al señor JAIME JULIO PACHECO
MATILDE, incluyendo los distritos de Nepeña y
Samanco, de la provincia de Santa, del departamento
de Ancash, conforme al Anexo 1 que forma parte de
la Adenda a aprobarse con la presente resolución, el
cual reemplaza al Anexo 1 del contrato de concesión
aprobado por la Resolución Ministerial Nº 188-2004-
MTC/03.
Artículo 2º.- Aprobar el Plan de Cobertura
correspondiente al área ampliada a que se refiere el
artículo precedente, conforme al Anexo 2 que forma parte
de la Adenda a aprobarse con la presente resolución, el
cual reemplaza al Anexo 2 del contrato de concesión
aprobado por la Resolución Ministerial Nº 188-2004-MTC/
03.Artículo 3º.- Aprobar la incorporación del numeral
6.12 a la cláusula sexta del contrato de concesión
mencionado, con su correspondiente Anexo 3
denominado "DESCRIPCIÓN DE LA RED".
Artículo 4º.- Aprobar la Adenda mediante la cual se
formaliza la incorporación del numeral 6.12 de la cláusula
sexta y Anexo 3; y se sustituyen los Anexos 1 y 2 del
contrato de concesión aprobado por la Resolución
Ministerial Nº 188-2004-MTC/03; autorizándose al
Director General de Gestión de Telecomunicaciones a
suscribir la Adenda en representación del Ministerio de
Transportes y Comunicaciones, así como, en caso
cualquiera de las partes lo solicite, a firmar la elevación a
Escritura Pública de las adendas que se suscriban al
mismo.
Artículo 5º.- La presente resolución quedará sin
efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio
emita el acto administrativo correspondiente, si la
Adenda no es suscrita por el señor JAIME JULIO
PACHECO MATILDE en el plazo máximo de sesenta
(60) días hábiles computados a partir de su
publicación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI
Ministra de Transportes y Comunicaciones
02982-1
Otorgan autorización a asociación
cultural para prestar servicio de
radiodifusión sonora educativa en FM
en la localidad de Quiruvilca,
departamento de La Libertad
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
Nº 488-2006-MTC/03
Lima, 3 de octubre del 2006
VISTO, el Expediente Nº 2005-019892 presentado
por la ASOCIACIÓN CULTURAL SHULLCAHUANCA,
sobre otorgamiento de autorización para la prestación
del servicio de radiodifusión sonora educativa en
Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Quiruvilca,
del distrito de Quiruvilca, provincia de Santiago de Chuco,
departamento de La Libertad;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 14° de la Ley de Radio y Televisión –
Ley Nº 28278, establece que para la prestación del
servicio de radiodifusión, en cualquiera de las
modalidades, se requiere de autorización, la cual se
otorga por Resolución del Viceministro de
Comunicaciones, según lo previsto en el artículo 19º del
Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado
mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC;
Que, asimismo el artículo 14º de la Ley de Radio y
Televisión establece que la autorización es la facultad
que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas
para establecer un servicio de radiodifusión. Además,
señala que la instalación de equipos en una estación de
radiodifusión requiere de permiso, el cual es la facultad
que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas
para instalar en un lugar determinado equipos de
radiodifusión;
Que, el artículo 26º de la Ley de Radio y Televisión
establece que otorgada la autorización para prestar el
servicio de radiodifusión, se inicia un período de
instalación y prueba que tiene una duración improrrogable
de doce (12) meses;
Que, el artículo 29º del Reglamento de la Ley de Radio
y Televisión señala que para obtener autorización para
prestar el servicio de radiodifusión se requiere presentar
una solicitud, la misma que se debe acompañar con la
información y documentación que en dicha norma se
detallan. Asimismo, debe acompañarse la documentación
necesaria a fin de verificar el cumplimiento del artículo
25º del acotado Reglamento;
Que, el Plan de Canalización y Asignación de
Frecuencias, aprobado por Resolución Viceministerial
N° 070-2006-MTC/03, incluye dentro de la localidad
denominada Quiruvilca al distrito de Quiruvilca, provincia
de Santiago de Chuco, departamento de La Libertad;
Que, mediante Informe Nº 654-2006-MTC/17.01.ssr,
la Dirección de Concesiones y Autorizaciones de
Telecomunicaciones, señala que la solicitud presentada
por la ASOCIACIÓN CULTURAL SHULLCAHUANCA
cumple con los requisitos técnicos y legales, por lo que
resulta procedente otorgar a la referida asociación la
autorización y permiso solicitados;
De conformidad con la Ley de Radio y Televisión - Ley
Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión,
aprobada por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, el
Texto Único de Procedimientos Administrativos del
Ministerio, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-
MTC, el Decreto Supremo N° 038-2003-MTC
que
establece los Límites Máximos Permisibles de Radiaciones
No Ionizantes en Telecomunicaciones, el Plan de
Canalización y Asignación de Frecuencias, aprobado por
Resolución Viceministerial Nº 070-2006-MTC/03, y las
Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobadas
por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03; y,
Con la opinión favorable del Director General de
Gestión de Telecomunicaciones;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Otorgar autorización a la ASOCIACIÓN
CULTURAL SHULLCAHUANCA, por el plazo de diez

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