1011 032-06-GRA/CR - Solicitan al Ministerio de Economía y Finanzas un crédito suplementario para cumplir con el pago dispuesto en laudo arbitral

Fecha de publicación16 Junio 2006
Fecha de disposición16 Junio 2006
NORMAS LEGALES
El Peruano
viernes 16 de junio de 2006 321603
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su modificatoria Ley Nº 27902, el Consejo Regional con
el voto unánime de sus miembros y la dispensa del trá-
mite de lectura del Acta, aprobó el siguiente Acuerdo
Regional:
Artículo Primero.- SOLICITAR, a la Contraloría Ge-
neral de la República proceda a realizar un Examen Es-
pecial a todo el Programa de Inversiones tanto de la
Sede Central del Gobierno Regional de Ayacucho como
del Proyecto Especial Río Cachi, Programa AGORAH y
Obras de Emergencia.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Ge-
neral Regional la publicación del presente Acuerdo Re-
gional para fines pertinentes.
POR TANTO:
Mando se registre, comunique y cumpla.
OMAR QUESADA MARTÍNEZ
Presidente
10604
Solicitan al Ministerio de Economía y
Finanzas un crédito suplementario para
cumplir con el pago dispuesto en laudo
arbitral
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL
Nº 032-06-GRA/CR
Ayacucho, 26 de mayo del 2006
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL
DE AYACUCHO
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de
Ayacucho, en Sesión Ordinaria de fecha 24 de abril del
2006, trató el tema relacionado a la ejecución del Laudo
Arbitral en la acción interpuesta por la Empresa
ODEBRECHT Perú contra el Gobierno Regional de
Ayacucho; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica
de Gobiernos Regionales, señala que es misión del
Gobierno Regional organizar y conducir la gestión pública
regional de acuerdo a sus competencias exclusivas,
compartidas y delegadas, en el marco de las políticas
nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo
sostenible de la región;
Que, el literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867,
atribución del Consejo Regional aprobar, modificar o
derogar las normas que regulen o reglamenten los
asuntos y materias de competencia y funciones del
Gobierno Regional;
Que, el Consejo Directivo del Proyecto Especial Río
Cachi, en cumplimiento de sus funciones emitió el
Acuerdo Nº 01-69-2006, mediante la cual solicita al
Consejo Regional del Gobierno Regional de Ayacucho la
modificación y/o integración de lo dispuesto en el Artículo
Primero del mencionado Acuerdo en el sentido de
autorizar al Consorcio Río Cachi la reconstrucción y/o
restitución total del canal de derivación Apacheta
Choccoro; se notifique a la empresa Sisa Motlima para la
supervisión de la Obra a restituirse integralmente; la
determinación de la interrupción del plazo prescriptorio,
así como, se solicite la nulidad del Artículo Segundo del
Acuerdo Regional Nº 007-06-GRA/CR, referente al pago
de lo dispuesto en el Laudo Arbitral;
Que, el literal o) del artículo 21º de la Ley Nº 27867,
Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que es
atribución del Presidente promulgar las Ordenanzas
Regionales y ejecutar los Acuerdos del Consejo Regional;
Por lo que en uso de las facultades conferidas por la
Orgánica de Gobiernos Regionales y su modificatoria
Ley Nº 27902; el Consejo Regional con el voto mayoritario
de sus miembros y la dispensa del trámite de lectura del
Acta, aprobó el siguiente Acuerdo Regional:
Artículo Primero.- SOLICITAR al Ministerio de
Economía y Finanzas un Crédito Suplementario para el
cumplimiento del pago señalado en el Laudo Arbitral
recaído en el Expediente Civil Nº 29829-2005.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia
General Regional la publicación del presente Acuerdo
Regional en el Diario Oficial El Peruano.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
OMAR QUESADA MARTÍNEZ
Presidente
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GOBIERNO REGIONAL
DE HUÁNUCO
Definición, Objetivos y Representa-
tividad del Consejo Regional de
Reparaciones de Huánuco
ORDENANZA REGIONAL
Nº 058-2006-CR-GRH
Huánuco, 13 de junio de 2006
LA PRESIDENTA DEL GOBIERNO REGIONAL
DE HUÁNUCO
Visto en sesión Ordinaria del Consejo Regional de
fecha veintiséis de mayo del dos mil seis, el dictámen
número 006-2006-CPDS de la Comisión Permanente de
Desarrollo Social por el que recomienda que se apruebe
el Proyecto de Ordenanza Regional sobre “Definición,
Objetivos y Representatividad del Consejo Regional de
Reparaciones del Gobierno Regional Huánuco”;
CONSIDERANDO:
Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad
popular, son personas jurídicas de derechos público con
autonomía política, económica y administrativa, teniendo
por misión organizar y conducir la gestión pública regional
de acuerdo a sus competencias exclusivas compartidas
y delegadas en el marco de las políticas nacionales y
sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y
sostenible de la región, sus normas y disposiciones se
rigen por los principios de exclusividad, territorialidad,
legalidad y simplificación administrativa;
Que, el artículo cuatro de la Ley Orgánica de Gobiernos
Regionales, Ley número veintisiete mil ochocientos sesenta
y siete, establece la finalidad de los gobiernos regionales
en los siguientes términos: “Los Gobiernos Regionales
tienen por finalidad esencial fomentar el desarrollo regional
integral sostenible, promoviendo la inversión pública y
privada y el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los
derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes,
de acuerdo con los planes y programas nacionales,
regionales y locales de desarrollo”.
Que, el Gobierno Regional de Huánuco, como parte
de sus responsabilidades, ha emitido un conjunto de
normas regionales relacionadas con el tratamiento de
las secuelas de más de veinte años de violencia política,
tales como: Ordenanza Regional Nº 012-2004-CR-GRH,
Ordenanza Regional Nº 018-2004-CR-GRH, y
Ordenanza Regional Nº 028-2005-E-CR-GRH. Estas
normas deben ordenarse para su respectiva aplicación
en función del necesario proceso de reparaciones en el
ámbito de la región;
Que, es política de la actual gestión, promover
espacios adecuados para canalizar programas,

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