Sobreendeudamiento de los consumidores y usuarios: Una mirada crítica. En mérito al IV Congreso Nacional de Derecho Concursal

CargoEsteban Carbonell O'Brien

Es domingo me acerco a mi despensa y está vacía, me dispongo a revisar cuánto dinero tengo en efectivo y me doy cuenta que no tengo lo suficiente, ante esta situación decido utilizar mi tarjeta de crédito y me dirijo al supermercado para hacer las compras necesarias, yo sé que lo voy a pagar dentro de dos semanas y no me es imposible llegar a hasta el día que me depositan mi sueldo; sin embargo, no me había dado cuenta que mi recibo de luz había llegado y lo debo que pagar, otra vez utilizo mi tarjeta de crédito, continuo utilizando otros medios de crédito financieros hasta llegar a un sobreendeudamiento por consumo.

Ante esta situación las empresas financieras más arriesgadas en el mercado financiero ya no me quieren prestar más dinero, pues estoy registrado en la central de riesgo de la SBS, en calidad de deudor moroso, pero algo inesperado sucede y me cambio de trabajo en donde el sueldo me permite pagar parte de la deuda, aun así continuo endeudado y las empresas financieras, siguen desconfiando de mi situación económica financiera y no puedo realizar ciertas operaciones financieras. El ejemplo recreado nos introduce al tema principal de la rehabilitación financiera de los consumidores y usuarios sobreendeudados por créditos de consumo.

Frente a esta situación tan dramática, es cada vez más común en el Perú, el endeudamiento de la población, pero sin embargo no es extremo, es decir no existe un gran porcentaje de personas, que tengan deudas tan altas, que no les permite cubrir éstas con sus salarios o sus rentas; pero, sin perjuicio del enunciado anterior, cada año, la cifra de endeudados va creciendo, pues según estudios realizados (son referenciales para el año 2015, ya que son índices pertenecientes al 2014) los sectores más endeudados son los C, D y E, pues “el 35% de las familias de estos segmentos tiene muchas dificultades para pagar sus deudas, mientras que el 36% tiene alguna dificultad y solo el 28% no tiene dificultad”, además, según estudios solo en Lima “las tendencias de consumo son en el siguiente orden: Alimentación, servicios, educación, artículos de aseo personal, salud, vestimenta / calzado y transporte”, de ello se desprende que hay un índice considerable de personas en los sectores C, D y E que tienen problemas de pago de sus deudas, a esto se suma que hay gran cantidad de pequeñas empresas con únicos

accionistas que también están en una situación de difícil reembolso de los préstamos que han obtenido, ello en un corto plazo podría agravarse por la desaceleración económica que está pasando el país, máxime una pronta elección de nuevas autoridades en los poderes ejecutivo y legislativo.

El importante papel que juega el consumo, como componente de la macroeconomía, es decir del PBI, se asemeja a la importancia que ha tomado el consumidor como actor de la sociedad. La razón de la comparación de estos dos elementos, guarda vinculación directa con el enunciado siguiente: Sin consumidores, el consumo no existiría, y ello es evidente, sin embargo, en la sociedad actual en la que importa la estabilidad económica, también importa el bienestar de los ciudadanos consumidores o usuarios. Pero que entendemos como consumidor? Según la RAE, consumidor es aquella “persona que compra productos, que consume”, este concepto es insuficiente, pues también interviene el usuario, que es aquel que hace uso de servicios que son retribuidos, por ejemplo el uso de la banca, siendo éste un servicio, que de alguna manera u otra es retribuido, entonces se puede definir que consumidor-usuario son [aquellas] “personas naturales o jurídicas que adquieren, utilizan o disfrutan como destinatarios finales productos o servicios materiales e inmateriales, en beneficio propio o de su grupo familiar o social, actuando así en un ámbito ajeno a una actividad empresarial o profesional, respectivamente. ”

Esta definición acogida en el Código de Protección y Defensa al Consumidor del Perú es necesario, para conocer en qué circunstancias o posición se encuentra cada actor económico, ello es vinculante al tema de estudio que viene a ser el sobreendeudamiento de parte de las personas naturales por créditos consumo, en este punto debemos entender como un crédito de consumo, según la definición de Hugo Anchával “como “todo crédito que permite al consumidor, obtener los bienes o servicios destinados a sus necesidades personales o familiares, cualquiera sea la técnica jurídica utilizada para realizar tal crédito”. Será crédito para consumo aquel, que una persona física o jurídica, en ejercicio de su actividad u oficio, concede o se compromete a conceder a un consumidor bajo la forma de pago aplazado, préstamo , apertura de crédito o cualquier medio equivalente de financiación, para satisfacer necesidades personales al margen de su actividad empresarial o profesional”, entonces se debe inferir que es un crédito otorgado a una persona para el uso de compra de bienes y servicios, para el uso doméstico, con ello en mente, deben buscarse la razones por las cuales se genera el endeudamiento de los consumidores, naturalmente se puede decir que las causas son falta de empleo, necesidades básicas como la salud, pero si se enfoca desde la perspectiva activa se señalaría que las causas se encuentran en la oportunidad de obtener una tarjeta de crédito ( sin embargo, debe entenderse, que para poder obtener las tarjetas de crédito debe existir una relación contractual y la suscripción de un contrato

de manera voluntaria) En tal sentido, Achával, señala nuevamente, que las líneas de crédito o tarjetas de crédito, no son un “instrumento de quiebra”, pero podríamos calificarlos con influencias directas. Otra de las causas, son los préstamos personales, los cuales son accesibles de obtenerlos en las entidades bancarias y financieras, pues existe una causa adicional, siendo ésta, la deuda hipotecaria para la adquisición de un bien inmueble, por ejemplo.

Por otro lado, no se ha abordado el tema del sobreendeudamiento, por lo que cabe interrogarse en ese extremo. En respuesta a ello, se debe tomar en cuenta que el sobreendeudamiento tiene un matiz claramente financiero, y voces autorizadas indican que “el endeudamiento excesivo se produce, cuando el nivel de deuda de un individuo no es sostenible en relación con los ingresos actuales y los recursos adicionales recaudados por la venta de activos reales o financieros”, en concordancia con ello podemos decir que una persona ya sea natural o jurídica estará sobreendeudada siempre y cuando la...

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