Declaran en situación de urgencia el servicio de limpieza pública
Fecha de publicación | 17 Marzo 2000 |
Fecha de disposición | 17 Marzo 2000 |
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NORMAS LEGALES
Lima, viernes 17 de marzo de 2000
Nº 001-2000/FONAFE, aprobada por Acuerdo de Directo-
rio Nº 017-2000/003 FONAFE;
SE RESUELVE:
Artículo Unico.- Dejar sin efecto la Resolución de Super-
intendencia Nº 034-2000/SUNAT, del 8 de marzo de 2000.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAIME R. IBERICO
Superintendente
3097
MUNICIPALIDAD DE
CHORRILLOS
Modifican cuadro de costos de orde-
nanza que regula Régimen de Arbitrios
de Limpieza Pública, Parques y Jardi-
nes, y Serenazgo
ORDENANZA Nº 007-2000-MDCH
Chorrillos, 16 de marzo de 2000
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE CHORRILLOS
POR CUANTO:
El Concejo Distrital de Chorrillos, en Sesión Ordina-
ria de la fecha; y,
CONSIDERANDO:
Que, en sesión ordinaria del 15 de febrero del 2000 fue
aprobada por Mayoría la Ordenanza Nº 002-2000-MDCH,
que regula el REGIMEN DE ARBITRIOS DE LIMPIEZA
PUBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO
para el período 2000;
Que, conforme se señala en el Informe Nº 105-00-OR-
MDCH de la Oficina de Rentas se ha detectado error material
en los montos establecidos en el Cuadro de Costos detallado
en el considerando cuarto de la Ordenanza Nº 002-2000-
MDCH, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 16 de
febrero del presente año, y redactada de la siguiente manera:
COSTO S/.
SERVICIO MENSUAL ANUAL
Limpieza Pública 286,979.30 3,443,751.77
Parques y Jardines 132,257.61 1,587,091.47
Serenazgo 152,756.69 1,833,080.38
---------------- -------------------
573,726.94 6,863,923.62
Estando a lo antes expuesto y de conformidad con el
Artículo 109º y numeral 4) del Artículo 134º de la Ley
Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 23853, se aprobó
por Mayoría la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º.- MODIFICAR el cuadro de costos establecido
en el cuarto considerando de la Ordenanza Nº 002-2000-
MDCH, la cual queda redactada de la siguiente manera:
COSTOS EN S/.
SERVICIO MENSUAL ANUAL
Limpieza Pública 287,219.31 3,446,631.77
Parques y Jardines 134,500.96 1,614,011.55
Serenazgo 152,756.69 1,833,080.38
---------------- -------------------
574,476.96 6,893,723.70
Artículo 2º.- Remítase la presente Ordenanza com-
plementaria de la Ordenanza Nº 002-2000-MDCH al Ser-
vicio Administración Tributaria - SAT, para proseguir con
el correspondiente procedimiento de ratificación.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO
Alcalde
3163
MUNICIPALIDAD DE
LINCE
Declaran en situación de urgencia el
servicio de limpieza pública
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 009-00-MDL
Lince, 14 de marzo del 2000
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE LINCE
VISTO:
En Sesión Extraordinaria de Concejo de la fecha, el pedido
formulado por la Administración, sustentado en el Informe Nº
042-00-MDL/DSC de fecha 3 de marzo del 2000;
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Informe del visto, el Director de
Servicios Comunales solicita, en tanto se concluya el
proceso de selección y contratación de la empresa que se
hará cargo del Servicio Integral de Limpieza Pública, se
adopten las medidas necesarias, a efectos que no perjudi-
que la falta de dicho servicio a la comunidad linceña;
Que, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 191º
de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades
tienen autonomía política, económica y administrativa en
los asuntos de su competencia;
Que, el Artículo 71º de la Ley Nº 23853 - Orgánica de
Municipalidades, en su inciso 4) señala que las municipalidades
distritales son competentes para sostener o supervigilar, los
servicios públicos esenciales para la comunidad;
Que, es necesario asegurar el funcionamiento del
Servicio de Limpieza Pública (Recolección de Residuos
Sólidos, Barrido de Calles y Recolección de Poda, Maleza
y Desmonte); en tanto se concluya los procesos de selec-
ción y contratación que dispone la Ley Nº 26850 - De
Contrataciones y Adquisiciones del Estado; incluyéndose
cualquier impugnación presentada ante CONSUCODE;
Que, la citada Ley, en su Artículo 21º, faculta a los
gobiernos locales a declarar la situación de urgencia
cuando la ausencia de un servicio compromete en forma
directa e inminente la continuidad de un servicio público
esencial o de operaciones productivas;
Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades
conferidas por los Artículos 36º, 47º, 109º y 110º de la Ley
Nº 23853 - Orgánica de Municipalidades; con las dispen-
sas del trámite de Comisiones y de lectura y aprobación
del Acta; POR MAYORIA:
SE ACORDO:
Artículo 1º.- DECLARAR en SITUACION DE UR-
GENCIA, el Servicio de Limpieza Pública (Recolección de
Residuos Sólidos, Barrido de Calles y Recolección de
Poda, Maleza y Desmonte); a fin de garantizar la conti-
nuidad del mismo, en tanto se concluya los procesos de
selección y contratación que dispone la Ley Nº 26850 - De
Contrataciones y Adquisiciones del Estado; incluyéndose
cualquier impugnación presentada ante CONSUCODE.
Artículo 2º.- FACULTASE al señor Alcalde de la
Municipalidad de Lince, para que adopte las medidas
necesarias, a fin de superar la Situación de Urgencia del
servicio mencionado en el artículo precedente.
Artículo 3º.- La Secretaría General pondrá en cono-
cimiento el presente Acuerdo, a las Comisiones de Presu-
puesto y Cuenta General del Congreso de la República; al
Ministerio de Economía y Finanzas y a la Contraloría
General de la República, dentro del plazo de Ley.
Regístrase, comuníquese y cúmplase.
WALDO OLIVOS VILLARREAL
Alcalde
3129
FE DE ERRATAS
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 0661
Mediante Oficio Nº 045-2000-MDL/SG la Municipali-
dad Distrital de Lince solicita se publique Fe de Erratas
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