Declaran en situación de urgencia la adquisición de insumo para el Programa del Vaso de Leche de la municipalidad
Fecha de disposición | 14 Agosto 2004 |
Fecha de publicación | 14 Agosto 2004 |
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NORMAS LEGALES
Lima, sábado 14 de agosto de 2004
Iberoamericano de Capacitación para Alcaldes denomina-
do "GOBIERNOS LOCALES PARA EL SIGLO XXI", que
se llevará a cabo del 12 al 14 de agosto del 2004, en la
ciudad de Cancún, México, autorizándose la participación
del regidor Carlos Humberto Martínez Hernández en re-
presentación del Concejo Distrital de Bellavista; acuerdo
adoptado en ejercicio de la atribución prevista en el artícu-
lo 9º numeral 11) de la Ley Orgánica de Municipalidades;
Que, para la Municipalidad Distrital de Bellavista resul-
ta de suma importancia la participación en este evento, toda
vez que las conclusiones y experiencias obtenidas del mis-
mo pueden contribuir al fortalecimiento institucional de la
Entidad, constituyéndose además en una valiosa oportuni-
dad para el establecimiento de alianzas estratégicas con
diversas entidades vinculadas al quehacer municipal;
Que, siendo esto así, resulta necesario expedir resolu-
ción de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27619
y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº
047-2002-PCM, normas que regulan la autorización de via-
jes al exterior de servidores y funcionarios públicos;
Estando a lo expuesto, con el visto bueno de la Oficina
de Administración y Finanzas, Oficina de Planeamiento y
Presupuesto, Oficina de Asesoría Jurídica, Gerencia Mu-
nicipal y en ejercicio de las facultades que la Ley Orgánica
de Municipalidades le confiere;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Designar al señor CARLOS HUM-
BERTO MARTÍNEZ HERNÁNDEZ, regidor del Concejo
Distrital de Bellavista, como representante del Concejo Dis-
trital de Bellavista ante el Foro Iberoamericano de Capaci-
tación para Alcaldes denominado "GOBIERNOS LOCA-
LES PARA EL SIGLO XXI", que se llevará a cabo del 12 al
14 de agosto del 2004 en la ciudad de Cancún, México.
Artículo Segundo.- Autorizar el egreso de US$
1,500.00 (mil quinientos y 00/100 dólares americanos) para
cubrir los gastos que demande la participación del men-
cionado regidor, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasaje aéreo : US$ 685.00
Inscripción en el evento : US$ 375.00
Tarifa Corpac : US$ 28.00
Viáticos : US$ 412.00
Artículo Tercero.- El egreso que demande el cumpli-
miento de la presente Resolución se afectará a las parti-
das específicas pertinentes del Presupuesto Municipal vi-
gente.
Artículo Cuarto.- El regidor en mención deberá pre-
sentar un informe escrito y la rendición de cuentas corres-
pondiente, dentro del plazo establecido en la Ley Nº 27619
y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-
2002-PCM.
Artículo Quinto.- Encargar a la Oficina de Administra-
ción y Finanzas el cumplimiento de lo dispuesto en la pre-
sente Resolución de Concejo.
Regístrese y comuníquese.
JUAN SOTOMAYOR GARCÍA
Alcalde
14862
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE CHACHAPOYAS
Declaran en situación de urgencia la
adquisición de insumo para el Progra-
ma del Vaso de Leche de la municipa-
lidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Nº 289-2004-MPCH
San Juan de la Frontera de los Chachapoyas, 3 de agos-
to de 2004
VISTO:
El Acuerdo de Concejo Nº 027-2004-CPCH/SC y la
Resolución de Alcaldía Nº 282-2004-MPCH; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 24059, se crea el Programa del
Vaso de Leche en todos los municipios provinciales de la
República; programa que está destinado a la población
materno-infantil en sus niveles de 0 a 6 años de edad, de
madres gestantes y en período de lactancia. Establecién-
dose asimismo en el Artículo 2º de la ley que las Munici-
palidades Provinciales adoptarán las medidas pertinentes
para organizar, ejecutar y controlar las acciones necesa-
rias para garantizar el funcionamiento del Programa del
Vaso de Leche;
Que, con fecha 27 de mayo del 2004 la Municipalidad
Provincial de Chachapoyas celebra el Contrato de Sumi-
nistro Nº 027-2004-MPCH/A con la finalidad de abastecer
de Leche Entera y Fresca de Ganado Vacuno al Programa
del Vaso de Leche, con la Contratista MARIA UBDELINDA
GONGORA DE SOPLA;
Que, mediante Informes Nº 024-2004-MPCH-GDSP/
EPVL, emitidos por el encargado del Programa del Vaso
de Leche, se hace saber que la Contratista MARIA UBDE-
LINDA GONGORA DE SOPLA persiste en el incumplimien-
to de las obligaciones contractuales, a pesar que la Enti-
dad requirió a la Contratista hasta en dos oportunidades
mediante instrumento notarial el cumplimiento del contra-
to; constituyendo tal hecho conforme lo dispone la cláusu-
la novena del contrato en causal de resolución del mismo;
Que, con Resolución de Alcaldía Nº 282-2004-MPCH,
de fecha 23 de julio del 2004, la Municipalidad Provincial
de Chachapoyas decide resolver el Contrato de Suminis-
tro Nº 027-2004-MPCH, contrato para abastecer de Leche
Entera y Fresca de Ganado Vacuno al Programa del Vaso
de Leche; celebrado entre la Municipalidad Provincial de
Chachapoyas y la Contratista señora MARIA UBDELINDA
GONGORA DE SOPLA, por incumplimiento del mismo, al
no entregar las raciones diarias de leche entera y fresca
de ganado vacuno a algunos Comité de Beneficiarios del
Programa del Vaso de Leche, así como no entregar las
mismas oportunamente en horario establecido en el con-
trato;
Que, la Unidad de Abastecimientos y Servicios Auxilia-
res, señala en su Informe Nº 0167-2004-MPCH-UASSAA/
JMVL, que de resolverse el contrato, tomaría un promedio
de 2 (dos) meses organizar un nuevo proceso de selec-
ción a través de una Adjudicación Directa Selectiva, lo cual
comprometería la atención con el suministro de leche fres-
ca al Programa del Vaso de Leche de esta Municipalidad;
Que, tales situaciones es decir la resolución del contra-
to y el tiempo para la organización del proceso de selec-
ción respectivo para la adquisición de dicho insumo gene-
ran un hecho de excepción que determina que la municipa-
lidad debe tomar una medida de acción rápida y temporal
de adquisición del insumo antes indicado para el Progra-
ma del Vaso de Leche y así poder cumplir en forma oportu-
na con los fines del aludido programa;
Que, de acuerdo en lo dispuesto por el Artículo 21º
concordante con el Artículo 20º literal c) y Artículo 19º del
Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Ad-
quisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 012-2001-
PCM, procede la Declaración de Urgencia, cuando exista
la ausencia imprevisible de determinado bien y siempre
que comprometa en forma directa e inminente la continui-
dad del servicio esencial; en el presente caso, el hecho
de resolver el contrato para el suministro para el Progra-
ma del Vaso de Leche y el tiempo que demandaría la
organización y ejecución del proceso de selección
correspondiente para adquirir el insumo, hacen peligrar la
ejecución del Programa del Vaso de Leche en forma inmi-
nente;
Que, esta medida debe ser tomada como temporal y
con el propósito de adquirir lo indispensable para paliar la
urgencia sin perjuicio de realizar el proceso de selección
respectivo para las adquisiciones consiguientes;
Por lo que estando a lo expuesto y las normas glosa-
das concordantes con el Inc. 6) del Artículo 20º y el Artícu-
lo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº
27972;
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