Declaran en situación de urgencia la adquisición de insumo para el Programa del Vaso de Leche de la municipalidad

Fecha de disposición14 Agosto 2004
Fecha de publicación14 Agosto 2004
Pág. 274573
NORMAS LEGALES
Lima, sábado 14 de agosto de 2004
Iberoamericano de Capacitación para Alcaldes denomina-
do "GOBIERNOS LOCALES PARA EL SIGLO XXI", que
se llevará a cabo del 12 al 14 de agosto del 2004, en la
ciudad de Cancún, México, autorizándose la participación
del regidor Carlos Humberto Martínez Hernández en re-
presentación del Concejo Distrital de Bellavista; acuerdo
adoptado en ejercicio de la atribución prevista en el artícu-
lo 9º numeral 11) de la Ley Orgánica de Municipalidades;
Que, para la Municipalidad Distrital de Bellavista resul-
ta de suma importancia la participación en este evento, toda
vez que las conclusiones y experiencias obtenidas del mis-
mo pueden contribuir al fortalecimiento institucional de la
Entidad, constituyéndose además en una valiosa oportuni-
dad para el establecimiento de alianzas estratégicas con
diversas entidades vinculadas al quehacer municipal;
Que, siendo esto así, resulta necesario expedir resolu-
ción de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27619
y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº
047-2002-PCM, normas que regulan la autorización de via-
jes al exterior de servidores y funcionarios públicos;
Estando a lo expuesto, con el visto bueno de la Oficina
de Administración y Finanzas, Oficina de Planeamiento y
Presupuesto, Oficina de Asesoría Jurídica, Gerencia Mu-
nicipal y en ejercicio de las facultades que la Ley Orgánica
de Municipalidades le confiere;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Designar al señor CARLOS HUM-
BERTO MARTÍNEZ HERNÁNDEZ, regidor del Concejo
Distrital de Bellavista, como representante del Concejo Dis-
trital de Bellavista ante el Foro Iberoamericano de Capaci-
tación para Alcaldes denominado "GOBIERNOS LOCA-
LES PARA EL SIGLO XXI", que se llevará a cabo del 12 al
14 de agosto del 2004 en la ciudad de Cancún, México.
Artículo Segundo.- Autorizar el egreso de US$
1,500.00 (mil quinientos y 00/100 dólares americanos) para
cubrir los gastos que demande la participación del men-
cionado regidor, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasaje aéreo : US$ 685.00
Inscripción en el evento : US$ 375.00
Tarifa Corpac : US$ 28.00
Viáticos : US$ 412.00
Artículo Tercero.- El egreso que demande el cumpli-
miento de la presente Resolución se afectará a las parti-
das específicas pertinentes del Presupuesto Municipal vi-
gente.
Artículo Cuarto.- El regidor en mención deberá pre-
sentar un informe escrito y la rendición de cuentas corres-
pondiente, dentro del plazo establecido en la Ley Nº 27619
y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-
2002-PCM.
Artículo Quinto.- Encargar a la Oficina de Administra-
ción y Finanzas el cumplimiento de lo dispuesto en la pre-
sente Resolución de Concejo.
Regístrese y comuníquese.
JUAN SOTOMAYOR GARCÍA
Alcalde
14862
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE CHACHAPOYAS
Declaran en situación de urgencia la
adquisición de insumo para el Progra-
ma del Vaso de Leche de la municipa-
lidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Nº 289-2004-MPCH
San Juan de la Frontera de los Chachapoyas, 3 de agos-
to de 2004
VISTO:
El Acuerdo de Concejo Nº 027-2004-CPCH/SC y la
Resolución de Alcaldía Nº 282-2004-MPCH; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 24059, se crea el Programa del
Vaso de Leche en todos los municipios provinciales de la
República; programa que está destinado a la población
materno-infantil en sus niveles de 0 a 6 años de edad, de
madres gestantes y en período de lactancia. Establecién-
dose asimismo en el Artículo 2º de la ley que las Munici-
palidades Provinciales adoptarán las medidas pertinentes
para organizar, ejecutar y controlar las acciones necesa-
rias para garantizar el funcionamiento del Programa del
Vaso de Leche;
Que, con fecha 27 de mayo del 2004 la Municipalidad
Provincial de Chachapoyas celebra el Contrato de Sumi-
nistro Nº 027-2004-MPCH/A con la finalidad de abastecer
de Leche Entera y Fresca de Ganado Vacuno al Programa
del Vaso de Leche, con la Contratista MARIA UBDELINDA
GONGORA DE SOPLA;
Que, mediante Informes Nº 024-2004-MPCH-GDSP/
EPVL, emitidos por el encargado del Programa del Vaso
de Leche, se hace saber que la Contratista MARIA UBDE-
LINDA GONGORA DE SOPLA persiste en el incumplimien-
to de las obligaciones contractuales, a pesar que la Enti-
dad requirió a la Contratista hasta en dos oportunidades
mediante instrumento notarial el cumplimiento del contra-
to; constituyendo tal hecho conforme lo dispone la cláusu-
la novena del contrato en causal de resolución del mismo;
Que, con Resolución de Alcaldía Nº 282-2004-MPCH,
de fecha 23 de julio del 2004, la Municipalidad Provincial
de Chachapoyas decide resolver el Contrato de Suminis-
tro Nº 027-2004-MPCH, contrato para abastecer de Leche
Entera y Fresca de Ganado Vacuno al Programa del Vaso
de Leche; celebrado entre la Municipalidad Provincial de
Chachapoyas y la Contratista señora MARIA UBDELINDA
GONGORA DE SOPLA, por incumplimiento del mismo, al
no entregar las raciones diarias de leche entera y fresca
de ganado vacuno a algunos Comité de Beneficiarios del
Programa del Vaso de Leche, así como no entregar las
mismas oportunamente en horario establecido en el con-
trato;
Que, la Unidad de Abastecimientos y Servicios Auxilia-
res, señala en su Informe Nº 0167-2004-MPCH-UASSAA/
JMVL, que de resolverse el contrato, tomaría un promedio
de 2 (dos) meses organizar un nuevo proceso de selec-
ción a través de una Adjudicación Directa Selectiva, lo cual
comprometería la atención con el suministro de leche fres-
ca al Programa del Vaso de Leche de esta Municipalidad;
Que, tales situaciones es decir la resolución del contra-
to y el tiempo para la organización del proceso de selec-
ción respectivo para la adquisición de dicho insumo gene-
ran un hecho de excepción que determina que la municipa-
lidad debe tomar una medida de acción rápida y temporal
de adquisición del insumo antes indicado para el Progra-
ma del Vaso de Leche y así poder cumplir en forma oportu-
na con los fines del aludido programa;
Que, de acuerdo en lo dispuesto por el Artículo 21º
concordante con el Artículo 20º literal c) y Artículo 19º del
Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Ad-
quisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 012-2001-
PCM, procede la Declaración de Urgencia, cuando exista
la ausencia imprevisible de determinado bien y siempre
que comprometa en forma directa e inminente la continui-
dad del servicio esencial; en el presente caso, el hecho
de resolver el contrato para el suministro para el Progra-
ma del Vaso de Leche y el tiempo que demandaría la
organización y ejecución del proceso de selección
correspondiente para adquirir el insumo, hacen peligrar la
ejecución del Programa del Vaso de Leche en forma inmi-
nente;
Que, esta medida debe ser tomada como temporal y
con el propósito de adquirir lo indispensable para paliar la
urgencia sin perjuicio de realizar el proceso de selección
respectivo para las adquisiciones consiguientes;
Por lo que estando a lo expuesto y las normas glosa-
das concordantes con el Inc. 6) del Artículo 20º y el Artícu-
lo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº
27972;

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR