804 061-2002/MDV-ALC - Declaran en situación de urgencia la adquisición de insumos para el abastecimiento del Programa del Vaso de Leche

Fecha de disposición25 Septiembre 2002
Fecha de publicación25 Septiembre 2002
Pág. 230445
NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 25 de setiembre de 2002
Hospedaje y Hostales de categoría menor a 3 estrellas,
Salas de Espectáculos, Peñas, Pubs, Discotecas,
Salsódromos, Locales para Fiestas, Bailes, Recepciones,
Clubes Nocturnos o similares, cualquiera sea la denomi-
nación que adopten, en horario diurno y/o nocturno.
Artículo Segundo.- Encárguese a la Dirección de
Infraestructura y Desarrollo Urbano, Oficina de Rentas,
Unidad de Licencias y Unidad de Administración Docu-
mentaria, el cumplimiento del presente Decreto.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
JORGE MORENO MORÁN
Alcalde
17084
MUNICIPALIDAD DE VILLA
MARÍA DEL TRIUNFO
Amplían alcances de la Ordenanza Nº
076 para los ejercicios fiscales 1999 y
2000
ORDENANZA Nº 080
Villa María del Triunfo, 7 de setiembre del 2002
EL ALCALDE DEL DISTRITO DE
VILLA MARÍA DEL TRIUNFO
POR CUANTO:
En Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 7 de se-
tiembre del 2002, bajo la presidencia del señor Alcalde Dr.
Washington Ipenza Pacheco y con la asistencia de los seño-
res Regidores Sr. Wilfredo Enríquez Palomino, Sra. Aurora
Heredia Condemarín, Sra. Ana Sinche Rosales, Sr. Emiliano
Yrribarren Chamorro, Srta. Raquel Barriga Velazco, Sra. Fran-
cisca Zea Arancibia, Sr. Carlos Palomino Maldonado, Sra.
Gina Casafranca Delgado, Sr. Carlos Mejía Escajadillo, Sra.
María Lora Figueroa, Sr. Javier Salas Zamalloa, Sr. Adrián
Tarazona Fernández y Sr. David Romero Ríos; se trató sobre
ampliación de la Ordenanza Nº 076; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Nº 076 de fecha 28.AGOS-
TO.2002, se concede de manera excepcional y por única vez
una condonación del 80% del monto insoluto del arbitrio de
Serenazgo correspondiente al Ejercicio Fiscal 2001; benefi-
cio que tendrá vigencia a partir del 1 al 30 de setiembre del
2002;
Que, el Pleno del Concejo estima justo ampliar este
beneficio a los Ejercicios Fiscales 1999 y 2000;
De conformidad con lo dispuesto por los Arts. 36º Inc.
3), 109º y 110º de la Ley Nº 23853- Orgánica de Munici-
palidades; así como Decreto Legislativo Nº 776 - de Tribu-
tación Municipal; con el Dictamen favorable de la Comi-
sión de Economía, Planificación y Presupuesto; con el
voto Unánime de los señores Regidores; y con la dispen-
sa de la lectura y aprobación del acta, se ha emitido la
siguiente:
ORDENANZA
Artículo Primero.- AMPLIAR los alcances de la Or-
denanza Nº 076 de fecha 28.AGOSTO.2002, para los Ejer-
cicios Fiscales 1999 y 2000; manteniéndose plena vigen-
cia lo demás de dicho Dispositivo.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Oficina de Ren-
tas, Dirección de Servicios Públicos y Unidad de Infor-
mática y Estadística, el cumplimiento de la presente Dis-
posición.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
WASHINGTON IPENZA PACHECO
Alcalde
17037
MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA
Declaran en situación de urgencia la
adquisición de insumos para el
abastecimiento del Programa del Vaso
de Leche
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 061-2002/MDV-ALC
Ventanilla, 21 de setiembre del 2002
EL HONORABLE CONCEJO DISTRITAL DE
VENTANILLA
VISTO:
En Sesión Extraordinaria celebrada el 21 de setiem-
bre del 2002, el Dictamen Nº 016-2002/CDV-CPAFI, de la
Comisión Permanente de Administración y Fortaleci-
miento Institucional;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Informe Nº 064-2002/MDV-DA, la Directo-
ra de la Oficina de Administración informa que la Licitación
Pública Nacional Nº 002-2002/MDV-CE para la adquisición
de insumos del Programa Vaso de Leche, no ha concluido
hasta la fecha, debido a que estando en la etapa de atención
a las consultas y observaciones a las Bases Administrativas
para dicho proceso de selección, ha sido necesario remitir
todo lo actuado a CONSUCODE, ante la petición formulada
por la empresa postora CORLAC S.A., no habiéndose emiti-
do hasta la fecha el pronunciamiento respectivo, no obstante
las gestiones directas y personales realizadas por personal
de la Oficina de Administración;
Que, según se indica en el mencionado informe, otro
aspecto que ha incidido en el normal desarrollo de los
procesos licitarios, es la dación de la Ley Nº 27712, que
modificó las características nutricionales, requisitos mí-
nimos de energía y requerimiento mínimo de vitaminas y
minerales, así como la distribución energética que debe
contar cada ración diaria de alimento, norma legal que
recién fue emitida el 1 de mayo del 2002;
Que, por tanto, propone la Oficina de Administración se
adopten las medidas necesarias conducentes a evitar que
continúe desabastecido de insumos el Programa Vaso de
Leche en el distrito de Ventanilla, siendo una de ellas la de-
claración de urgencia para la adquisición de Insumos del Pro-
grama Vaso de Leche, hasta que quede consentida la Buena
Pro y la posterior suscripción del contrato al amparo del Tex-
to Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicio-
nes del Estado (Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM) y su
Reglamento (Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM);
Que, el Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley
Nº 26850, de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,
aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM,
señala en su inciso c), los casos de Exoneración de Licita-
ción Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa, es-
tableciendo que están exoneradas aquellas adquisiciones
y contrataciones que se realicen en Situación de Emergen-
cia o de Urgencia, declaradas de conformidad con dicha
Ley. Sobre este mismo tema agrega y complementa el Artí-
culo 108º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, Regla-
mento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es-
tado modificado por el Artículo 3º del Decreto Supremo Nº
079-2001-PCM, que la Situación de Urgencia debe enten-
derse como una medida temporal ante un hecho de excep-
ción que determina una acción rápida a fin de adquirir y
contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjui-
cio que se realice el proceso de selección, correspondiente
para la adquisición definitiva, asimismo, el Artículo 20º del
acotado establece las formalidades de los procedimientos
no sujetos a Licitación Pública, Concurso Público o Adjudi-
cación Directa;
El Artículo 21º del T.U.O. de la Ley Nº 26850, señala
literalmente que se considera Situación de Urgencia,
cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de de-
terminado bien o servicio compromete en forma directa e
inminente la continuidad de los servicios esenciales o de
las operaciones productivas que la Entidad tiene a su
cargo. Dicha situación la faculta a la adquisición o con-

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