Declaran sitios arqueológicos ubicados en el distrito de Huasahuasi, provincia de Tarma, como Patrimonio Cultural de la Nación

Fecha de publicación20 Diciembre 1999
Fecha de disposición20 Diciembre 1999
Pág. 181685
NORMAS LEGALES
Lima, lunes 20 de diciembre de 1999
Que, ante la depredación es necesario ejercer acciones
de protección y conservación de las zonas arqueológicas
antedichas;
Que, de acuerdo con la Ley Nº 24047, Ley General de
Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación y su modifi-
catoria, Ley Nº 24193, los sitios arqueológicos tienen
carácter intangible, inalienable e imprescriptible siendo
deber del Instituto Nacional de Cultura, establecer las
acciones de salvaguarda de los sitios arqueológicos por ser
conformantes del Patrimonio Cultural de la Nación;
Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24193, la
protección de los Bienes Inmuebles comprende el suelo y el
subsuelo en que se asientan o encuentran, así como los aires y
el marco circundante en la extensión técnicamente necesaria;
Estando a lo acordado y con las visaciones de la
Dirección General de Patrimonio Arqueológico y la Ofici-
na General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, Ley
General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación y su
modificatoria, Ley Nº 24193; el Decreto Ley Nº 25762, Ley
Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley
Nº 26510; Decreto Supremo Nº 050-94-ED, Reglamento de
Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Na-
ción al Gran Complejo Arqueológico conformado por los
sitios arqueológicos conocidos como "Castillo de Huari-
canga", "Huaricanga Sur" y el "Monolito de Huaricanga",
ubicados en el distrito de Pativilca, provincia de Chancay,
departamento de Lima.
Artículo 2º.- Encargar a la Dirección General de
Patrimonio Arqueológico establecer las acciones necesa-
rias para la elaboración del plano de delimitación de la
zona arqueológica antes mencionada con su respectiva
Ficha Técnica y Memoria Descriptiva.
Artículo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos,
carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras
habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje
de las zonas arqueológicas declaradas "Patrimonio Cultural
de la Nación", deberá contar con la aprobación del INC.
Artículo 4º.- Transcríbase la presente Resolución a la
Municipalidad Distrital y Provincial correspondiente,
COFOPRI, autoridades políticas, civiles y su publicación
en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GUSTAVO A. BENZA PFLUCKER
Director Ejecutivo
Encargado de la Dirección Nacional
15750
Declaran zona arqueológica ubicada
en el distrito de Quinches, provincia de
Yauyos, como Patrimonio Cultural de
la Nación
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL
Nº 851/INC
Lima, 7 de diciembre de 1999
VISTO, el Expediente Nº 2605 de fecha 13 de julio de
1999 del Cuerpo Directivo del Club Deportivo Unión
Quinches y visto el Informe Nº 851-99-INC/DGPA/RAF de
fecha 10 de noviembre de 1999 del arqueólogo Rommel
Angeles Falcón mediante el cual solicita la Declaración
como Patrimonio Cultural de la Nación; y,
CONSIDERANDO:
Que, es de urgente necesidad la "Declaración de Patri-
monio Cultural de la Nación" por su importancia cultural
científica y arqueológica;
Que, mediante el Acuerdo Nº 342 de fecha 16 de
noviembre de 1999, la Comisión Técnica de Arqueología
del INC, recomienda a la Dirección Nacional del INC,
declarar Patrimonio Cultural de la Nación al sitio arqueo-
lógico "Fortaleza de Lashahuay", ubicado en el anexo de
Malleuran, distrito de Quinches, provincia de Yauyos,
departamento de Lima;
Que, ante la depredación es necesario ejercer acciones
de protección y conservación de las zonas arqueológicas
antedichas;
Que, de acuerdo con la Ley Nº 24047, Ley General de
Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación y su modifi-
catoria, Ley Nº 24193; los sitios arqueológicos tienen
carácter intangible, inalienable e imprescriptible siendo
deber del Instituto Nacional de Cultura, establecer las
acciones de salvaguarda de los sitios arqueológicos por ser
conformantes del Patrimonio Cultural de la Nación;
Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº
24193, la protección de los Bienes Inmuebles comprende
el suelo y el subsuelo en que se asientan o encuentran, así
como los aires y el marco circundante en la extensión
técnicamente necesaria;
Estando a lo acordado y con las visaciones de la
Dirección General de Patrimonio Arqueológico y la Ofici-
na General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047,
Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la
Nación y su modificatoria, Ley Nº 24193; el Decreto Ley Nº
25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modi-
ficado por la Ley Nº 26510; Decreto Supremo Nº 050-94-
ED, Reglamento de Organización y Funciones del Institu-
to Nacional de Cultura;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Na-
ción a la zona arqueológica denominada "Fortaleza de
Lashahuay", ubicada en el anexo de Malleuran, distrito de
Quinches, provincia de Yauyos, departamento de Lima.
Artículo 2º.- Encargar a la Dirección General de
Patrimonio Arqueológico establecer las acciones necesa-
rias para la elaboración del plano de delimitación de la
zona arqueológica antes mencionada con su respectiva
Ficha Técnica y Memoria Descriptiva.
Artículo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, cami-
nos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecua-
rios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o
alterar el paisaje de las zonas arqueológicas declaradas
"Patrimonio Cultural de la Nación", deberá contar con la
aprobación del INC.
Artículo 4º.- Transcríbase la presente Resolución a la
Municipalidad Distrital y Provincial correspondiente,
COFOPRI, autoridades políticas, civiles y su publicación
en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GUSTAVO A. BENZA PFLUCKER
Director Ejecutivo
Encargado de la Dirección Nacional
Instituto Nacional de Cultura
15745
Declaran sitios arqueológicos ubica-
dos en el distrito de Huasahuasi, pro-
vincia de Tarma, como Patrimonio Cul-
tural de la Nación
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL
Nº 852/INC
Lima, 7 de diciembre de 1999
VISTO, el Expediente Nº 3778 de fecha 28 de setiem-
bre de 1999, del Alcalde de la Municipalidad Distrital de

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