DECRETO SUPREMO N° 143-2009-EF - Autorizan Sexto Tramo de la Emisión de Bonos Soberanos en el marco del Decreto de Urgencia N° 040-2009

Fecha de publicación25 Junio 2009
Fecha de disposición25 Junio 2009
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, jueves 25 de junio de 2009
398048
FE DE ERRATAS
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 030-2009-AG
Mediante Of‌i cio Nº 417-2009-SCM-PR, la Secretaría
del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas
de la Resolución Suprema Nº 030-2009-AG, publicada
en nuestra edición del día 21 de junio de 2009.
- En la página 397896;
DICE:
“RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 030-2009-AG”
DEBE DECIR:
“RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 031-2009-AG”
365166-1
ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Sexto Tramo de la Emisión
de Bonos Soberanos en el marco del
Decreto de Urgencia Nº 040-2009
DECRETO SUPREMO
Nº 143-2009-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Decreto de Urgencia Nº 040-
2009, y su modif‌i catoria, se aprobó la emisión de bonos
soberanos hasta por S/. 2 600 000 000,00 (DOS MIL
SEISCIENTOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES),
en uno o varios tramos, durante el bienio 2009-2010, que
se destinarán a f‌i nanciar proyectos de inversión pública a
cargo de los Gobiernos Regionales;
Que, el numeral 1.3 del Artículo 1º del mencionado
Decreto de Urgencia establece que por decreto supremo
con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros y
el refrendo del Ministro de Economía y Finanzas, se
autoriza cada tramo de la emisión de bonos soberanos,
que pueden ser colocados en una o varias fechas;
Que, asimismo, dicho dispositivo legal dispone que,
en el citado decreto supremo se f‌i jan las características
generales de los aludidos bonos soberanos y se
establecen los proyectos de inversión pública a cargo
de los Gobiernos Regionales a ser f‌i nanciados con
los recursos que se obtengan con la colocación del
respectivo tramo;
Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 179-2009-
EF/75 se aprobaron los “Lineamientos para la Aplicación
del Decreto de Urgencia Nº 040-2009” y los índices de
distribución de los recursos provenientes de la emisión y
colocación de bonos soberanos;
Que, de la aplicación de los citados índices de
distribución, corresponde al Gobierno Regional de la
Provincia Constitucional del Callao un f‌i nanciamiento de
hasta S/. 97 075 120,00 (NOVENTA Y SIETE MILLONES
SETENTA Y CINCO MIL CIENTO VEINTE Y 00/100
NUEVOS SOLES);
Que, el Gobierno Regional de la Provincia
Constitucional del Callao ha presentado a la Dirección
Nacional del Endeudamiento Público del Ministerio de
Economía y Finanzas, los documentos requeridos para
acceder al f‌i nanciamiento a que se ref‌i ere el Decreto
de Urgencia N° 040-2009, y su modif‌i catoria, hasta por
un monto de S/. 34 741 043,59 (TREINTA Y CUATRO
MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y UN MIL
CUARENTA Y TRES Y 59/100 NUEVOS SOLES) para
ejecutar seis (06) proyectos de inversión pública a su
cargo;
Que, en tal sentido, resulta necesario autorizar el
sexto tramo de la emisión interna de bonos soberanos
aprobada por el Decreto de Urgencia Nº 040-2009, y
su modif‌i catoria, destinado a f‌i nanciar los proyectos
de inversión pública mencionados en el considerando
precedente a cargo del Gobierno Regional de la Provincia
Constitucional del Callao;
Que, han opinado favorablemente la Dirección
Nacional del Endeudamiento Público y la Of‌i cina General
de Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y
Finanzas;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158,
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y su modif‌i catoria, y
el Decreto de Urgencia Nº 040-2009, modif‌i cado por el
Decreto de Urgencia Nº 058-2009; y,
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
DECRETA:
Artículo 1º.- Autorización del sexto tramo de la
emisión interna de bonos soberanos
Autorícese el sexto tramo de hasta S/. 34 741 043,59
(TREINTA Y CUATRO MILLONES SETECIENTOS
CUARENTA Y UN MIL CUARENTA Y TRES Y 59/100
NUEVOS SOLES) de la emisión interna de bonos
soberanos aprobada en el marco del Decreto de Urgencia
Nº 040-2009, y su modif‌i catoria, que puede ser colocado
en una o varias fechas, y que se destina a f‌i nanciar los
proyectos de inversión pública a cargo del Gobierno
Regional de la Provincia Constitucional del Callao, que se
detallan en el Anexo A que forma parte integrante de esta
norma legal, el cual es publicado en el Portal Institucional
del Ministerio de Economía y Finanzas: www.mef.gob.
pe/ESPEC/mercado/bonos_regionales/, en la fecha de
publicación del presente dispositivo.
Artículo 2º.- Características generales de la
emisión interna de bonos
Para los f‌i nes de la emisión del sexto tramo que se
autoriza en el Artículo 1º de esta norma legal, los bonos
soberanos contarán con las siguientes características:
- Monto máximo a emitir : Hasta S/. 34 741 043,59
- Unidad Responsable : Ministerio de Economía y Finanzas,
a través de la Dirección Nacional
del Endeudamiento Público.
- Estructurador : Dirección Nacional del
Endeudamiento Público.
- Moneda : Nuevos Soles.
- Negociabilidad de los : Libremente negociables.
Bonos
- Modalidad de Colocación : A través de subastas.
- Plazo de Colocación : En varias fechas, hasta el 31 de
diciembre de 2010.
- Registro : Los bonos serán registrados
mediante anotación en cuenta en
CAVALI ICLV S.A. y listados en la
Bolsa de Valores de Lima.
Artículo 3º.- De la emisión y colocación del sexto
tramo autorizado
Para los f‌i nes de la emisión del sexto tramo que se
autoriza en el Artículo 1º de esta norma legal, se aplicará
lo dispuesto en el “Reglamento de la Emisión y Colocación
de Bonos Soberanos en el Mercado Interno” aprobado
por el Decreto Supremo Nº 193-2004-EF, excepto por
lo establecido en los ítems i), ii) y iii) del literal b) y el
literal e) del numeral 3 de dicho Reglamento, los mismos
que para efectos de la emisión y colocación del referido
tramo, se reemplazarán de acuerdo al siguiente texto:
“Subasta Única
La adjudicación por tasa o precio utilizando la
modalidad de subasta Holandesa, se realizará mediante
el procedimiento que se describe a continuación:
- Una vez recibidas las propuestas, éstas serán
ordenadas por el sistema de manera ascendente,
cuando la variable a subastar sea la tasa de interés
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