Reconocen servidumbres de ocupación de bienes a favor de concesión definitiva de distribución de la que es titular Luz del Sur S.A.A.

Fecha de publicación04 Julio 2006
Fecha de disposición04 Julio 2006
NORMAS LEGALES
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322920 El Peruano
martes 4 de julio de 2006
ANEXO DE LA RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 038-2006-EF/76.01
CALENDARIO DE COMPROMISOS TRIMESTRAL MENSUALIZADO
TERCER TRIMESTRE DEL AÑO FISCAL 2006
(EN NUEVOS SOLES)
JULIO AGOSTO SETIEMBRE TOTAL
GOBIERNO NACIONAL 2 507 712 096 2 196 511 989 2 153 151 131 6 857 375 216
RECURSOS ORDINARIOS 1 973 961 663 1 670 923 073 1 636 682 106 5 281 566 842
CANON, SOBRECANON Y REGALIAS 5 120 761 8 300 473 4 527 582 17 948 816
CONTRIBUCIONES A FONDOS 153 574 026 137 783 008 127 810 539 419 167 573
RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS 253 633 466 234 621 842 236 423 559 724 678 867
RECURSOS POR OPERAC. OFICIALES DE CRÉDITO INTERNO 9 238 896 8 306 640 6 430 176 23 975 712
RECURSOS POR OPERAC. OFICIALES DE CRÉDITO EXTERNO 69 659 007 97 615 952 95 024 338 262 299 297
DONACIONES Y TRANSFERENCIAS 42 524 277 38 961 001 46 252 831 127 738 109
TOTAL GENERAL 2 507 712 096 2 196 511 989 2 153 151 131 6 857 375 216
11636
CONSIDERANDO:
Que, mediante el numeral 30.1 del artículo 30º de la
Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de
Presupuesto, señala entre otros, que el Calendario de
Compromisos constituye la autorización para la ejecución
de los créditos presupuestarios, en función del cual se
establece el monto máximo para comprometer gastos a ser
devengados, con sujeción a la percepción efectiva de los
ingresos que constituyen su financiamiento;
Que, el Calendario de Compromisos es aprobado, en el
Gobierno Nacional, a nivel de Pliego, Unidad Ejecutora,
Grupo Genérico de Gasto y Fuente de Financiamiento, por
la Dirección Nacional del Presupuesto Público;
Que, el numeral 30.2 del artículo 30º de la Ley Nº 28411
señala que la Dirección Nacional del Presupuesto Público
establece los lineamientos, procedimientos y restricciones
que sean necesarias en la aprobación del Calendario de
Compromisos;
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 4º y el artículo
30º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de
Presupuesto, el artículo 16.1º de la Directiva Nº 001-2006-EF/
76.01 Directiva para la Ejecución del Proceso Presupuestario
del Gobierno Nacional para el Año Fiscal 2006 aprobada por la
Resolución Directoral Nº 052-2005-EF/76.01;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar el Calendario de Compromisos
Trimestral Mensualizado para los pliegos del Gobierno
Nacional, de los meses de julio, agosto y setiembre del año
fiscal 2006, en los montos que se detallan en el Anexo de
la presente Resolución.
Artículo 2º.- La aprobación del Calendario de
Compromisos, no convalida los actos o acciones que no se
ciñan a la normatividad vigente, correspondiendo al Órgano
de Control Interno o el que haga sus veces en el pliego
verificar la legalidad y observancia de las formalidades
aplicables a cada caso, de conformidad con el numeral
30.3º del artículo 30º de la Ley Nº 28411.
Artículo 3º.- Los montos aprobados en el Anexo que
se señala en el Artículo 1º de la presente Resolución
Directoral, se desagregan a nivel de Pliego, Unidad
Ejecutora, Grupo Genérico de Gasto y Fuente de
Financiamiento.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
VICTOR HUGO DIAZ RODRIGUEZ
Director General
Dirección Nacional del Presupuesto Público
ENERGÍA Y MINAS
Reconocen servidumbres de ocupación
de bienes a favor de concesión
definitiva de distribución de la que es
titular Luz del Sur S.A.A.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 277-2006-MEM/DM
Lima, 7 de junio de 2006
VISTO: El Expediente Nº 31188806, organizado por Luz
del Sur S.A.A., persona jurídica inscrita en el Asiento D 00001
de la Partida Nº 11008689 del Registro de Personas Jurídicas
de la Oficina Registral de Lima y Callao, sobre solicitud de
reconocimiento de la servidumbre de ocupación sobre bienes
de propiedad particular, indispensable para la instalación de
la subestación de distribución eléctrica compacta de tipo
pedestal para Servicio Público de Electricidad Nº 5369 (sótano);
CONSIDERANDO:
Que, Luz del Sur S.A.A., titular de la concesión definitiva
para desarrollar la actividad de distribución de energía
eléctrica en mérito de la Resolución Suprema Nº 107-96-
EM, publicada el 30 de noviembre de 1996, ha solicitado el
reconocimiento de la servidumbre de ocupación sobre
bienes de propiedad particular, indispensable para la
instalación de la subestación de distribución eléctrica
compacta de tipo pedestal para Servicio Público de
Electricidad Nº 5369 (sótano), en el Pasaje Pinerolo Nº
181, Sublote 3 del Lote 2 de la Parcela B del Fundo
Monterrico, distrito de Santiago de Surco, provincia y
departamento de Lima, según las coordenadas UTM (PSAD
56) que figuran en el Expediente;
Que, la concesionaria ha acreditado que en el predio
señalado en el considerando que antecede, se ha constituido
servidumbre convencional de ocupación sobre un área de
24,19 metros cuadrados, de propiedad de Ingenieros
Edificadores S.A., para la subestación de distribución eléctrica
compacta de tipo pedestal para Servicio Público de Electricidad
Nº 5369 (sótano), conforme consta en el Testimonio de la
Escritura Pública de fecha 9 de diciembre de 2002, extendido
ante el Notario Público de Lima doctor Ricardo Ortiz de Zevallos
Villarán, cuya copia obra en el Expediente;
Que, el artículo 217º del Reglamento de la Ley de
Concesiones Eléctricas, aprobado por el Decreto Supremo
Nº 009-93-EM, establece que los concesionarios que acrediten
la existencia de servidumbre convencional para el desarrollo de
las actividades eléctricas, pueden solicitar al Ministerio de Energía
y Minas el reconocimiento de la misma, siendo de aplicación a
tal servidumbre convencional las normas de seguridad
establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento
y en las normas técnicas pertinentes;
Que, la petición se encuentra amparada en lo dispuesto
por el artículo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones
Eléctricas;
Que, la Dirección General de Electricidad, luego de
haber verificado que la concesionaria ha cumplido con los
requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha
emitido el Informe Nº 135-2006-DGE-CEL;
Con la opinión favorable del Director General de
Electricidad y del Viceministro de Energía;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- RECONOCER, a favor de la concesión
definitiva de distribución de la que es titular Luz del Sur
S.A.A., la servidumbre convencional de ocupación sobre el
bien de Ingenieros Edificadores S.A., para la instalación

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