Imponen servidumbres de electroductos para líneas de distribución y transmisión a favor de empresas de electricidad

Fecha de publicación07 Marzo 1998
Fecha de disposición07 Marzo 1998
Pág. 157987
NORMAS LEGALES
Lima, sábado 7 de marzo de 1998
Autorizan el funcionamiento de planta
industrial de emulsión matriz en el
distrito de Sama, provincia de Tacna
RESOLUCION MINISTERIAL
Nº 1094/97-DEX/03010400000
Lima, 3 de diciembre de 1997
VISTO: El Expediente de Registro Nº 006565 de la
empresa EXSA S.A., con domicilio legal en la Av. Nicolás
Arriola Nºs. 767-771 - La Victoria, representada por el
Gerente General MARIO FLORES PINTO, mediante el
cual solicita autorización para el funcionamiento de una
Planta Industrial de Emulsión Matriz, ubicada en Las
Yaras, distrito de Sama, provincia y departamento de
Tacna.
CONSIDERANDO:
Que, estando a la opinión favorable emitida por la
Dirección Nacional de Industrias con R.D. Nº 007-97-
MITINCI-VMI/DNI de fecha 26.SET.97; y contando con la
opinión favorable del Estado Mayor de las Fuerzas Arma-
das mediante Ofc. Nº 2665-EMFFAA-D4/EXPLOS;
Que, estando a lo aprobado por la Dirección de Control
de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Munición y
Explosivos de Uso Civil - DICSCAMEC;
De conformidad con lo dispuesto en el D.S. Nº 019-71-
IN, D.L. Nº 25707 y demás disposiciones sobre el particu-
lar; y,
Contando con la opinión favorable de la Oficina Gene-
ral de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar a la empresa EXSA S.A. el
funcionamiento de una Planta Industrial de Emulsión
Matriz, ubicada en Las Yaras, distrito de Sama, provincia
y departamento de Tacna.
Artículo 2º.- La referida Planta Industrial se encuen-
tra sujeta bajo la Dirección de Control de Servicios de
Seguridad, Control de Armas, Munición y Explosivos de
Uso Civil - DICSCAMEC.
Regístrese, comuníquese y archívese.
JOSE VILLANUEVA RUESTA
Ministro del Interior
2494
ENERGIA Y MINAS
Imponen servidumbres de electroduc-
tos para líneas de distribución y trans-
misión a favor de empresas de electri-
cidad
RESOLUCION MINISTERIAL
Nº 091-98-EM/VME
Lima, 25 de febrero de 1998
Visto, el Expediente Nº 22046097 que incluye los
documentos con Registros Nºs. 1103130, 1121271, 1149104
y 1163258, presentado por la Empresa Regional de Servi-
cio Público de Electricidad de Electronorte Medio HI-
DRANDINA S.A., solicitando la imposición, en vía de
regularización, de la servidumbre de electroducto para
líneas de distribución en 13,8 kV de la Troncal 02 S.E.
Shingal - Yungay - Mancos y derivaciones, ubicadas en el
distrito de Caraz de la provincia de Huaylas, distritos de
Mancos, Yungay y Matacoto de la provincia de Yungay,
departamento de Ancash;
CONSIDERANDO:
Que, la Empresa Regional de Servicio Público de
Electricidad de Electronorte Medio HIDRANDINA S.A.,
concesionaria de distribución de energía eléctrica en
mérito a la Resolución Suprema Nº 097-94-EM, de fecha
23 de diciembre de 1994, solicitó la imposición de la
servidumbre de electroducto para líneas de distribución,
para regularizar la ocupación de bienes requeridos por las
líneas de distribución en 13,8 kV de la Troncal 02 S.E.
Shingal - Yungay - Mancos y derivaciones;
Que, en virtud de lo dispuesto por el Decreto Supremo
Nº 03-95-PCM prorrogado por el Decreto Supremo Nº
036-97-PCM, se autoriza al Ministerio de Energía y Minas
a regularizar las servidumbres existentes a la fecha de
publicación del citado Decreto Supremo, con que cuentan
las empresas del subsector eléctrico, comprendidas den-
tro del proceso de promoción a la inversión privada dis-
puesto por el Decreto Legislativo Nº 674, necesarias para
el funcionamiento de sus instalaciones eléctricas y que se
encuentren expresamente reconocidas por la Ley de Con-
cesiones Eléctricas - Decreto Ley Nº 25844 y su Reglamen-
to aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM;
Que, la Dirección General de Electricidad, luego de
haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los
requisitos exigidos por el Decreto Supremo Nº 03-95-
PCM, ha emitido el Informe favorable Nº 018-98-EM/
DGE;
De conformidad a lo dispuesto por el inciso b) del
Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 03-95-PCM prorroga-
do por el Decreto Supremo Nº 036-97-PCM;
Con la opinión favorable del Director General de
Electricidad y del Viceministro de Energía;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- IMPONGASE la servidumbre de electro-
ducto para líneas de distribución, en vía de regulariza-
ción, a favor de la Empresa Regional de Servicio Público
de Electricidad de Electronorte Medio HIDRANDINA
S.A., sobre los predios que corresponde cruzar a las líneas
de distribución en 13,8 kV de la Troncal 02 S.E. Shingal -
Yungay - Mancos y derivaciones; ubicadas en el distrito de
Caraz de la provincia de Huaylas, distritos de Mancos,
Yungay y Matacoto de la provincia de Yungay, departa-
mento de Ancash; de acuerdo a la documentación técnica
y los cuadros publicados en el Diario Oficial El Peruano y
en el diario Expreso los días 24 y 25 de noviembre de 1997.
Artículo 2º.- Los propietarios de los predios sirvien-
tes no podrán construir obras de cualquier naturaleza ni
efectuar y/o mantener plantaciones que superen las dis-
tancias mínimas de seguridad debajo de las líneas, ni en
la zona de influencia del electroducto y en general no
podrán realizar labores que perturben o enerven el pleno
ejercicio de la servidumbre constituida.
Artículo 3º.- La Empresa Regional de Servicio Públi-
co de Electricidad de Electronorte Medio HIDRANDINA
S.A., deberá adoptar las medidas necesarias a fin de que
los predios sirvientes no sufran daño ni perjuicio por
causa de la servidumbre, quedando sujeta a la responsa-
bilidad civil pertinente en caso de incumplimiento.
Artículo 4º.- La Empresa Regional de Servicio Públi-
co de Electricidad de Electronorte Medio HIDRANDINA
S.A., deberá velar permanentemente para evitar que en
la faja de servidumbre se ejecute cualquier tipo de cons-
trucción.
Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en vigen-
cia el día de su publicación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DANIEL HOKAMA
Ministro de Energía y Minas
2284
RESOLUCION MINISTERIAL
Nº 092-98-EM/VME
Lima, 25 de febrero de 1998

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