Reconocen servidumbre convencional de ocupación de bien a favor de concesión definitiva de distribución de la que es titular Luz del Sur S.A.A.

Fecha de publicación28 Enero 2005
Fecha de disposición28 Enero 2005
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NORMAS LEGALES
Lima, viernes 28 de enero de 2005
rio de “Intereses Vencidos”, es decir el cómputo del pri-
mer pago excluirá la fecha de emisión e incluirá a la
fecha de vencimiento. Asimismo, para los sucesivos
pagos de intereses, el cómputo excluirá la fecha de ven-
cimiento del cupón anterior e incluirá la correspondiente
fecha de vencimiento.
Redención del Principal
La totalidad del principal reajustado de los bonos VAC
se amortizará en un solo pago, en la fecha de venci-
miento del bono. La fórmula a utilizarse para el reajuste
del principal de los bonos será:
V x ( r )
En donde:
V : Valor Nominal del Bono.
r : Factor de Reajuste = Indice de cierre
Indice de origen
El índice de origen es el “Indice de Reajuste Diario
(IRD)” correspondiente a la fecha de emisión; y el índice
de cierre es “Indice de Reajuste Diario (IRD)” corres-
pondiente a la fecha de vencimiento del semestre res-
pectivo. El IRD es el publicado por el Banco Central de
Reserva del Perú, para el cálculo del valor adquisitivo
constante (“VAC”), en el Diario Oficial El Peruano.
El cálculo del factor a aplicar al principal de los bonos
para efectos del pago a los titulares de los bonos se
deberá realizar considerando un mínimo de ocho (8)
decimales en cada una de las operaciones. El factor final
así calculado será redondeado a un mínimo de ocho (8)
decimales.
01970
ENERGÍA Y MINAS
Reconocen servidumbre convencional
de ocupación de bien a favor de con-
cesión definitiva de distribución de la
que es titular Luz del Sur S.A.A.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 016-2005-MEM/DM
Lima, 18 de enero de 2005
VISTO: El Expediente Nº 31163304, organizado por
Luz del Sur S.A.A., persona jurídica inscrita en el Asiento
D 00001 de la Partida Nº 11008689 del Registro de Per-
sonas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima y Callao,
sobre solicitud de imposición de la servidumbre de ocu-
pación de bienes de propiedad particular, indispensable
para la instalación de la subestación de distribución eléc-
trica compacta de tipo pedestal para Servicio Público de
Electricidad Nº 5252;
CONSIDERANDO:
Que, Luz del Sur S.A.A., titular de la concesión defini-
tiva para desarrollar la actividad de distribución de ener-
gía eléctrica en mérito de la Resolución Suprema Nº
107-96-EM, publicada el 30 de noviembre de 1996, ha
solicitado reconocimiento de servidumbre de ocupación
de bienes de propiedad particular indispensable para la
instalación de la subestación de distribución eléctrica
compacta de tipo pedestal para Servicio Público de Elec-
tricidad Nº 5252, ubicada entre la avenida Daniel Her-
nández (hoy avenida Del Bosque) Ns.º 270-280 y la
calle Santa Luisa, cuadra 1, distrito de San Isidro, pro-
vincia y departamento de Lima, según las coordenadas
UTM que figuran en el Expediente;
Que, la concesionaria ha acreditado que en el predio
señalado en el considerando que antecede, se ha cons-
tituido servidumbre convencional de ocupación sobre
un área de 21,51 metros cuadrados, de propiedad de
HV S.A. Contratistas para la subestación de distribución
eléctrica compacta de tipo pedestal para Servicio Públi-
co de Electricidad Nº 5252, conforme consta en el Con-
trato de Servidumbre de Ocupación de fecha 1 de julio
de 2003, cuya copia obra en el Expediente;
Que, el artículo 217º del Reglamento de la Ley de
Concesiones Eléctricas, aprobado por el Decreto Su-
premo Nº 009-93-EM, establece que los concesionarios
que acrediten la existencia de servidumbre convencio-
nal para el desarrollo de las actividades eléctricas, pue-
den solicitar al Ministerio de Energía y Minas el recono-
cimiento de la misma, siendo de aplicación a tal servi-
dumbre convencional las normas de seguridad estable-
cidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Regla-
mento y en las normas técnicas pertinentes;
Que, la petición se encuentra amparada en lo dis-
puesto por el artículo 217º del Reglamento de la Ley de
Concesiones Eléctricas;
Que, la Dirección General de Electricidad, luego de
haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los
requisitos legales y procedimientos correspondientes,
ha emitido el Informe Nº 292-2004-DGE-CEL;
Con la opinión favorable del Director General de Elec-
tricidad y del Viceministro de Energía;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- RECONOCER, a favor de la concesión
definitiva de distribución de la que es titular Luz del Sur
S.A.A., la servidumbre convencional de ocupación del
bien de propiedad de HV S.A. Contratistas, para la insta-
lación de la subestación de distribución eléctrica com-
pacta de tipo pedestal para Servicio Público de Electrici-
dad Nº 5252, ubicada entre la avenida Daniel Hernández
(hoy avenida Del Bosque) Nºs. 270-280 y la calle Santa
Luisa, cuadra 1, distrito de San Isidro, provincia y depar-
tamento de Lima, constituida mediante Contrato de Ser-
vidumbre de Ocupación de fecha 1 de julio de 2003, en
los términos y condiciones estipulados en el mismo, de
acuerdo a la documentación técnica y los planos pro-
porcionados por la empresa, conforme al siguiente cua-
dro:
Expediente Descripción de la servidumbre Área de Propietario Tipo de
Servidumbre terreno
31163304 Subestación de Distribución Eléctrica Suelo: 21,51 m² HV S.A. Urbano
Nº 5252 y sus aires. Contratistas
Ubicación: distrito de San Isidro, provincia
y departamento de Lima
Coordenadas UTM:
Vértice Norte Este
A 8 662 481,546 278 801,140
B 8 662 480,230 278 805,953
C 8 662 485,283 278 807,264
D 8 662 486,067 278 804,110
Artículo 2º.- Son de aplicación a la servidumbre re-
conocida en el artículo que antecede, las normas de
seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Eléc-
tricas, su Reglamento y en las normas técnicas perti-
nentes.
Artículo 3º.- La presente Resolución entrará en vi-
gencia a partir del día siguiente de su publicación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA
Ministro de Energía y Minas
01435
Imponen servidumbre de ocupación de
bienes públicos a favor de concesión
definitiva de distribución de la que es
titular Luz del Sur S.A.A.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 017-2005-MEM/DM
Lima, 18 de enero de 2005

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