Autorizan a procurador iniciar proceso judicial a servidora de la PNP para que reintegre gastos ocasionados por residentado médico

Fecha de publicación04 Junio 2000
Fecha de disposición04 Junio 2000
Pág. 187558
NORMAS LEGALES
Lima, domingo 4 de junio de 2000
y de Remuneraciones del Sector Público, y a los Arts. 155º Inc.
"d" y 159º de su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 005-90-
PCM de 17.ENE.90;
Lo recomendado por la Comisión Permanente de Procesos
Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de
la PNP, en el Acta Nº 03-2000-COPEPROAD-PNP de
24.MAR.2000;
Lo propuesto por el General Director de Personal de la
Policía Nacional del Perú; y,
Lo opinado por el General de Policía Director General de la
Policía Nacional del Perú;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Sancionar al EC PNP Javier Edmundo DELGA-
DO NAVA con Destitución a partir del 18.AGO.99, en vía de
regularización; por falta disciplinaria (Abandono de Cargo).
Artículo 2º.- Entiéndase notificada la presente Resolu-
ción al interesado, a partir del día siguiente de su publicación
en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CESAR SAUCEDO SANCHEZ
Ministro del Interior
6011
Autorizan a procurador demandar la
nulidad de compraventa de terrenos
ubicados en el distrito de Pachacámac
RESOLUCION MINISTERIAL
Nº 0629-2000-IN/0103
Lima, 24 de mayo del 2000
Visto, el Oficio Nº 517-2000-PNP-1204 del 18.ABR.2000,
mediante el cual el Procurador Público del Ministerio del
Interior a cargo de los Asuntos Judiciales relativos a la Policía
Nacional del Perú, solicita Resolución Autoritativa para ini-
ciar acciones judiciales sobre nulidad de Acto Jurídico respecto
a la compraventa de los lotes de terreno Nºs. 2, 3, 6 y 7 de la Mz.
"H" ubicada en el distrito de Pachacámac, celebrado entre el
vendedor SAN FERNANDO PACHACAMAC REUSCHE
S.C.R.L. y la ASOCIACION DE OFICIALES EN RETIRO DE
LA GUARDIA REPUBLICANA DEL PERU, y acumulativa-
mente la nulidad de la inscripción de dicho predio;
CONSIDERANDO:
Que, el predio citado en el oficio indicado se encuentra en
posesión de la Policía Nacional del Perú en forma tranquila y
pacífica desde hace más de 20 años; máxime que dicho inmue-
ble se encuentra registrado en el Margesí e Inventario Físico
de Bienes Inmuebles de la Policía Nacional del Perú, según
Informe Nº 10-DINSE-OFAD de fecha 21.JUL.98 que corre a
folios 43 del expediente administrativo que se tiene a la vista;
Que, el Concejo Distrital Santísimo Salvador de Pachacá-
mac, ha emitido la Resolución de Alcaldía Nº 722-98-MDSSP/
A de fecha 24.JUN.98, en la que establece la "inafectación
del pago del impuesto a los predios -entre otros- de
propiedad del Gobierno Central, dentro del cual se
halla inmerso la Policía Nacional del Perú a través del
Ministerio del Interior", Resolución con la cual tácitamente
la Municipalidad está reconociendo el derecho de propiedad al
Ministerio del Interior (PNP);
Que, a folios 109 del expediente administrativo obra el
Oficio Nº 3785-99-DGPNP/SG del 3.DIC.99, mediante el cual,
el Director General de la Policía Nacional del Perú informa que
el referido inmueble se encuentra incluido desde el año 1994
en el Inventario Físico de Bienes Inmuebles de la PNP (ex
GRP) y que la Jefatura de Servicios Estratégicos de la ex
Policía de Seguridad, pasó a depender a la Dirección como
División de Seguridad de Servicios Estratégicos de la PNP,
juntamente con sus bienes, entre otros, los terrenos citados,
con posterioridad a estos antecedentes se independizaron los
lotes de terrenos Nºs. 2, 3, 6 y 7 de la Mz. H del predio
subanálisis, pero sobre estos bienes desde muchos años atrás
la ex Guardia Republicana dispuso que se preste servicios de
seguridad con sus propios recursos;
Que, no existiendo certeza sobre el derecho de propiedad de
la vendedora "SAN FERNANDO PACHACAMAC S.C.R.L."
respecto a los referidos lotes, al firmar el contrato privado de
compraventa de fecha 10.AGO.71, a la Asociación de Oficiales
en Retiro Guardia Republicana, que aún no estaba constituida
en esa fecha, toda vez que recién ha sido inscrita en los
Registros de Personas Jurídicas con fecha, 15.NOV.96 según
ficha Nº 243;
Que, estando a lo recomendado por la Asesoría Jurídica de
la PNP y lo opinado por la Oficina General de Asesoría Jurídica
del Ministerio del Interior, es necesario dictar el acto adminis-
trativo que permita la intervención del Procurador Público a
cargo de los Asuntos Judiciales relativos a la Policía Nacional
del Perú, para que inicie las acciones judiciales correspondien-
tes;De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 57º de la
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de
los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relativos a la
Policía Nacional del Perú, para que en nombre y representa-
ción del Estado interponga las acciones legales sobre nulidad
de compraventa de los lotes de terreno Nºs. 2, 3, 6 y 7 de la Mz.
"H" ubicado en el distrito de Pachacámac y nulidad de inscrip-
ción en los Registros Públicos de Propiedad de Inmueble de
Lima, contra San Fernando Pachacámac Reusche Sociedad
Civil y de la Asociación de Oficiales en Retiro de la Guardia
Republicana del Perú, en su condición de vendedora y compra-
dora respectivamente.
Artículo 2º.- Remítase a la Procuraduría Pública a cargo
de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relativos
a la Policía Nacional del Perú los antecedentes y actuados del
caso, con transcripción de la presente Resolución Ministerial,
para su conocimiento y fines del caso.
Regístrese, publíquese, comuníquese y archívese.
CESAR SAUCEDO SANCHEZ
Ministro del Interior
5961
Autorizan a procurador iniciar proce-
so judicial a servidora de la PNP para
que reintegre gastos ocasionados por
residentado médico
RESOLUCION MINISTERIAL
Nº 0637-2000-IN/PNP
Lima, 25 de mayo de 2000
Visto, el PARTE DISCIPLINARIO Nº 02.99.HCPNP.SDI
de 19.AGO.99 y demás actuados, instruidos contra la Capitán
Médico Asimilada PNP (C) María Cecilia MENDOZA ALAR-
CON, por faltas graves Contra la Moral, la Disciplina y el
Servicio Policial;
CONSIDERANDO:
Que, la indicada servidora realizó Residentado Médico en
la Especialidad de Radiología, desde el 1.JUN.96 hasta el
31.MAY.99, cuyos gastos fueron sufragados por el Estado;
Que, consecuentemente la citada Capitán Médico Asimila-
da quedó comprometida en continuar prestando sus servicios
profesionales en la Institución Policial por el doble del tiempo
utilizado en dicha especialización;
Que, no obstante ello y antes de cumplirse el período
acotado, la referida Oficial Subalterno Asimilada abandonó su
habitual puesto de servicio en el Departamento de Diagnóstico
por Imágenes del Hospital Central PNP desde el 14.AGO.99,
desconociéndose su paradero actual, motivo por el cual fue
denunciada ante la II-Zona Judicial de Policía - 1ra. Sala, con
Oficio Nº 1106-99-HCPNP de 10.NOV.99;
Que, resulta procedente autorizar al señor Procurador
Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del
Interior relativos a la Policía Nacional del Perú, para que
inicie las acciones legales pertinentes contra la nombrada
servidora, por haber incumplido con su compromiso adqui-
rido; a efectos de que reintegre al Estado el total de los
gastos ocasionados por la Especialización que recibió,
incluidos los intereses legales generados a la fecha de
reversión;
Lo prescrito en el Art. 47º de la Constitución Política del
Perú, en concordancia con lo estipulado por el D.L. Nº 17537
modificado por el D.L. Nº 17667;
Lo dictaminado por la Oficina de Asesoría Legal de la
Dirección de Personal PNP, en el Dictamen Nº 86-2000-OAL-
DAPO-DIPER-PNP de 22.ENE.2000;
Lo propuesto por el General Director de Personal de la
Policía Nacional del Perú; y,
Lo opinado por el General de Policía Director General de la
Policía Nacional del Perú;

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