INVESTIGACION ODICMA Nº 174-2007-LIMA - Sancionan con destitución a servidor de la Mesa de Partes Única de los Juzgados Penales para procesos con reos en cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima

Fecha de disposición21 Agosto 2009
Fecha de publicación21 Agosto 2009
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, viernes 21 de agosto de 2009 401307
PODER JUDICIAL
CONSEJO EJECUTIVO
DEL PODER JUDICIAL
Sancionan con destitución a servidor
de la Mesa de Partes Única de los
Juzgados Penales para procesos con
reos en cárcel de la Corte Superior de
Justicia de Lima
(Se publica la presente Queja ODICMA a solicitud del
Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante Of‌i cio Nº
5852-2009-CE-PJ, recibido el 20 de agosto de 2009)
INVESTIGACIÓN ODICMA
Nº 174-2007-LIMA
Lima, cuatro de febrero de dos mil nueve.-
VISTA: La Investigación seguida contra don Roberto
Alegría Llacsa, por su actuación como servidor de la Mesa
de Partes Única de los Juzgados Penales para procesos con
reos en cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima, por
los fundamentos de la propuesta de destitución formulada
por la Jefatura de la Of‌i cina de Control de la Magistratura del
Poder Judicial de fecha dos de setiembre de dos mil ocho,
obrante de fojas mil quinientos cuarenta y uno a mil quinientos
cincuenta; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, analizando
la propuesta de destitución formulada contra don Roberto
Alegría Llacsa, en su actuación como servidor de la Mesa
de Partes Única de los Juzgados Penales para procesos
con reos en cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima,
se aprecia que se le atribuye como conducta disfuncional
la vulneración al sistema aleatorio para el direccionamiento
indebido de expedientes; Segundo: Que, de la compulsa
probatoria acopiada en autos, se desprende que es un hecho
probado y no refutado el direccionamiento de expedientes,
tal como se advierte de los Informes N° 054-2006/TYM/USIS,
N° 055-2006-TYM/USIS, N° 056-2006-TYM/USIS, N° 057-
2006-TYM/USIS, N° 077-2006-TYM/USIS, N° 078-2006-
TYM/USIS, N° 079-2006-TYM/USIS y N° 093A-2006-TYM/
USIS, emitidos por el Supervisor de la Unidad de Sistemas
de la Of‌i cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial
-Ingeniero Tomás Yhon Moreno Flores-, obrante a fojas uno,
diez, veinticuatro, treinta y cuatro, cincuenta y dos, setenta
y tres, ciento uno y ciento dieciséis; de donde se colige
que: a) Expediente N° 10883-2005, ingresado al sistema
el veintisiete de mayo de dos mil cinco, a las 17:16:25.109,
por el usuario RCRUZ, luego se ingresó la instancia (c-
instancia) 991 (Juzgado de Turno) con tipo de ingreso
“V” (Ingreso a juzgado de Turno) luego se ingresan las
partes, observándose después una redistribución aleatoria
a la instancia 045 por el citado usuario. Posteriormente,
es cambiado de instancia en forma directa por el usuario
DENTRY991, siendo el nuevo valor 003 (página tres); b)
Expediente N° 9844-2005, ingresado al sistema el trece de
mayo de dos mil cinco, a las 22:15:47.781, con el Código de
Usuario JERAZO, luego se ingresó la instancia (c-instancia)
991-Mesa de Partes- y con tipo de ingreso “V” (ingreso a
juez de Turno), y después las partes (página dos, tres y
cuatro). Posteriormente, se aprecia ingreso de registros
a las tablas parte_delito, parte_condición, parte_medida_
coercitiva e historia. Luego, se observa un acceso del usuario
DENTRY991, el diecisiete de mayo del dos mil cinco, a las
11:40:44.234, modif‌i cándose las siguientes tablas parte_
condición, expediente X_sumilla=ROBO AGRAVADO, e
instancia_expediente: c-procedencia_12, n_cat_folios=62, y
se insertan registros las tablas: expediente_estado, parte_
dato_gen, y expediente_etapa_procesal. Posteriormente,
se aprecia la actualización de la tabla instancia_expediente
en donde se asigna al campo c_instancia el valor 004; c)
Expediente N° 16825-2004, ingresado al sistema el veinte
de setiembre de dos mil cuatro, a las 10:56:56.625, por
el usuario NZAMORA, luego se ingresó a la instancia (C-
instancia) 009 con tipo de ingreso U (ingreso aleatorio) y
después las partes (página tres). Posteriormente, se aprecia
un cambio directo de la instancia siendo el nuevo usuario
valor 991 (Juzgado de Turno) y por el usuario DENTRY991, y
después se realiza una redistribución aleatoria a la instancia
018 por el usuario RALEGRIA (páginas cinco y siete).
Luego, se realiza un cambio directo de la instancia siendo
el nuevo valor 009 y seguidamente un nuevo cambio a la
instancia 018 (página ocho); d) Expediente N° 9241-2005,
ingresado al sistema el siete de mayo de dos mil cinco, a
las 20:01:46.531, por el usuario RCRUZ, luego se ingresó la
instancia (c_instancia) 991 (Juzgado de Turno) con tipo de
ingreso “u” (ingreso aleatorio) luego se ingresan las partes
(página tres). Posteriormente, se advierte un cambio directo
de la instancia, siendo el nuevo valor 018 por el usuario
DENTRY991 (página doce); y e) Expediente N° 10511-
2005, ingresado al sistema el veinticuatro de mayo de dos
mil cinco, a las 09:02:35.687, por el usuario RCRUZ, luego
se ingresó la instancia (c_instancia) 991 (Juzgado de Turno),
con tipo de ingreso “V” (ingreso a Juez de Turno) luego se
ingresa las partes (páginas tres). Posteriormente, se aprecia
una redistribución aleatoria a la instancia 048 por el usuario
RALEGRIA, y después, se advierte un cambio directo
de la instancia, siendo el nuevo valor 018, por el usuario
DENTRY991 (página ocho); Tercero: Que, es un hecho
probado que quien realizó tal conducta disfuncional fue don
Alegría Llacsa, pues se cuenta con las siguientes pruebas
de cargo para acreditar su responsabilidad disciplinaria:
i) La declaración de doña Doris Milena Torres López,
Administradora de Usuarios del Sistema de Seguimientote
de Expedientes Judiciales de la Mesa de Partes para
procesos de reos libres y reos en cárcel de la Corte Superior
de Justicia de Lima, obrante a fojas doscientos y doscientos
uno, quien al contestar la pregunta cuatro, señala que el
nombre del empleado que utiliza los usuarios “RALEGRIALL”
y “RALEGRIA” es Roberto Alegría Llacsa; asimismo se tiene,
conforme se verif‌i có en la Investigación N° 122-2005-LIMA,
de fojas novecientos cincuenta y dos – declaraciones que
fueron incorporadas a la presente investigación, en mérito
a lo dispuesto por resolución número trece de fecha siete
de mayo de dos mil siete, de fojas ochocientos doce, donde
se ha establecido además que el investigado era titular del
usuario “DENTRY991”; ii) La Directiva N° 005-2004-GG-PJ,
de la cual se desprende que los usuarios de un servidor
se les asigna una clave de acceso la cual tiene el carácter
de secretas, siendo de uso exclusivo del trabajador, no
debiéndolo compartir con otros usuarios; siendo responsables
directos y absolutos del uso que se haga de ellas (tal como
se aprecia de las disposiciones contenidas en sus numerales
7.1.1 y 7.1.2); Cuarto: Por lo expuesto precedentemente se
colige, que está acreditada la responsabilidad disciplinaria
del investigado, contemplada en el artículo doscientos uno,
inciso dos, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica
del Poder Judicial, al haber contravenido a sus deberes de
lealtad, probidad, veracidad y buena fe; Quinto: Que, las
sanciones previstas en la Ley Orgánica del Poder Judicial,
se graduarán en atención a la gravedad, trascendencia del
hecho, antecedentes del infractor y la afección institucional;
por ello, al haberse acreditado que la conducta disfuncional
atribuida al investigado es grave, que afecta la imagen del
Poder Judicial, se subsume en los supuestos de hecho,
contemplados para la imposición de la medida disciplinaria
de destitución, artículo doscientos once de la acotada norma;
por tales fundamentos el Consejo Ejecutivo del Poder
Judicial, en uso de sus atribuciones, de conformidad con
el informe del señor Consejero Walter Cotrina Miñano, en
sesión ordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE:
Imponer la medida disciplinaria de Destitución a don Roberto
Alegría Llacsa, por su actuación como servidor de la Mesa
de Partes Única de los Juzgados Penales para procesos
con reos en cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
SS.
JAVIER VILLA STEIN
ANTONIO PAJARES PAREDES
JAVIER ROMÁN SANTISTEBAN
SONIA TORRE MUÑOZ
WÁLTER COTRINA MIÑANO
ENRIQUE RODAS RAMIREZ
386815-2
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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