ORD. Nº 323-MDL y ACUERDO Nº 374-2022. Ordenanza que establece la vigencia de los importes de los arbitrios municipales de limpieza pública, parques y jardines públicos y serenazgo, reajustados con el Índice de Precios al Consumidor - IPC para el Ejercicio Fiscal 2023

Fecha de publicación03 Diciembre 2022
SecciónSeparatas Especiales de Normas Legales
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA

ACUERDO DE CONCEJO Nº 374

Lima, 26 de octubre de 2022

EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA

POR CUANTO:

El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha;

VISTO:

El Oficio Nº D000251-2022-SAT-JEF de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria de Lima – SAT de fecha 04 de octubre de 2022, que remite el expediente de ratificación digital de la Ordenanza Nº 323-MDL, que establece el régimen tributario de los arbitrios de Limpieza Pública (Barrido de Calles y Recolección de Residuos Sólidos), Parques y Jardines Públicos y Serenazgo del ejercicio 2023 en el distrito de Lurigancho, y;

CONSIDERANDO:

Que, en el Artículo 74 y 195 de la Constitución Política del Perú en concordancia con la Norma IV del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 816, establecen que Gobiernos Locales mediante Ordenanza pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de éstas, dentro de su jurisdicción, y con los límites que señala la Ley;

Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratificadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción, para su vigencia y exigibilidad;

Que, en aplicación de lo normado por la Ordenanza Nº 2386-2021, que sustituye la Ordenanza Nº 2085, que aprueba el Procedimiento de Ratificación de Ordenanzas Tributarias en el ámbito de la provincia de Lima, la Municipalidad Distrital de Lurigancho aprobó la Ordenanza Nº 323-MDL, objeto de la ratificación, remitiendo la misma acompañada del expediente de ratificación digitalizado, incluyendo sus respectivos informes y documentos sustentatorios, al Servicio de Administración Tributaria de Lima (SAT), con carácter de Declaración Jurada, sujetos a revisión por las entidades competentes, y el SAT en uso de sus competencias;

Que, a través del Informe Nº D000106-2022-SAT-ART de fecha 04 de octubre de 2022, el Área Funcional de Ratificaciones de la Gerencia de Asuntos Jurídicos del Servicio de Administración Tributaria de Lima (SAT) emite pronunciamiento favorable respecto a la ratificación solicitada, por cumplir con los requisitos exigidos, las normas aplicables y la Directiva Nº 001-006-00000015-SAT, publicada el 30 de junio de 2011; debiéndose efectuar las publicaciones pertinentes en el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional;

Que, la Ordenanza materia de ratificación aprobada mediante la Ordenanza Nº 323-MDL, mantiene las disposiciones técnicas establecidas para el ejercicio 2022, aprobada mediante Ordenanza Nº 312-MDL, ratificada por Acuerdo de Concejo Nº 460, publicados el 25 de diciembre de 2021, reajustando sus tasas y costos para el ejercicio 2023, con la variación del Índice de Precios al Consumidor al mes de mayo de 2022 (3.21%) establecido en la Resolución Jefatural Nº 113-2022-INEI; cuyo marco legal tributario aplicable es la Ordenanza Nº 194-MDL, ratificada por Acuerdo de Concejo Nº 2767, publicados el 29 de diciembre de 2013;

Estando a lo señalado en los considerandos que anteceden, en uso de las facultades previstas según los Artículos 9 y 41 de la Ley Nº 27972, y de conformidad con lo opinado por el Servicio de Administración Tributaria de Lima (SAT) y por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización, en su Dictamen Nº 059-2022-MML/CMAEO de fecha 13 de octubre de 2022; el Concejo Metropolitano de Lima, por UNANIMIDAD con dispensa del trámite de aprobación del acta;

ACORDÓ:

Artículo 1. Ratificar la Ordenanza Nº 323-MDL, que establece el régimen tributario de los arbitrios de Limpieza Pública (Barrido de Calles y Recolección de Residuos Sólidos), Parques y Jardines Públicos y Serenazgo del ejercicio 2023 en el distrito de Lurigancho y mantiene la aplicación de las tasas aprobadas y ratificadas para el ejercicio 2022, reajustadas con el Índice de Precios al Consumidor de 3.21%, correspondiente al mes de mayo de 2022.

Artículo 2. El presente Acuerdo ratificatorio para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicación hasta el 31 de diciembre del 2022, así como del texto íntegro de la Ordenanza ratificada, incluido el Informe Técnico. La aplicación de la Ordenanza, materia de la presente ratificación, sin la condición antes señalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de dicha Municipalidad Distrital.

Artículo 3. Encargar al Servicio de Administración Tributaria de Lima (SAT) que, posterior al cumplimiento del citado requisito de publicación, efectúe la publicación del presente Acuerdo a través de su página web (www.sat.gob.pe), así como del Informe del SAT.

Artículo 4. Encargar a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación la publicación del presente Acuerdo en el Portal Institucional (www.munlima.gob.pe).

POR TANTO:

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

MIGUEL EUGENIO ROMERO SOTELO

Alcalde

ORDENANZA Nº 323-MDL

Lurigancho, 25 de Julio de 2022

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO

POR CUANTO:

EL CONCEJO DISTRITAL DE LURIGANCHO, en Sesión Extraordinaria de la fecha; y,

VISTO: El Dictamen Nº 05-2022/CAJEyR-MDL emitido por la Comisión Permanente de Regidores de Asuntos Jurídicos, Economía y Rentas del Concejo Municipal del Distrito de Lurigancho, Informe Nº 066-2022/MDL-GR de la Gerencia de Rentas y el Informe Nº 521-2022/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 69-B del Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, que aprobó el Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, establece que, las Municipalidades podrán determinar el importe de las tasas por servicios públicos o arbitrios, tomando como base el monto de dichas tasas cobradas al 1º de enero del año fiscal anterior reajustado con la aplicación de la variación acumulada del Índice de Precios al Consumidor, vigente en la Capital de Departamento;

Que, con fecha 22 de setiembre del 2021, se aprobó la Ordenanza Nº 312-MDL, la misma que regula los importes de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo para el ejercicio fiscal 2022; norma ratificada mediante Acuerdo de Concejo Nº 460-MML y publicado en el diario Oficial El Peruano el 25 de diciembre del 2021;

Que, la Gerencia de Servicios Públicos, responsable de la prestación de servicios de barrido de calles y recolección de residuos sólidos, parques y jardines mediante Memorándum Nº874-2022-MDL/GSD y la Sub Gerencia de Limpieza mediante Informe Nº277 -2022-MDL-GSP-SGLP y Nº278-2022-MDL-GSP-SGLP, y el Informe Nº395-2022-MDL/GSP-SGAVyMA de la Sub Gerencia de Áreas Verdes y Medio Ambiente, responsable de la prestación del servicio de parques y jardines y la Sub...

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