ORD. Nº 565-MSI y ACUERDO Nº 399-2022-MML. Ordenanza que fija los montos por derecho de servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2023 y su distribución a domicilio

Fecha de publicación08 Diciembre 2022
SecciónSeparatas Especiales de Normas Legales
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA

ORDENANZA Nº 565-MSI

EL ALCALDE DE SAN ISIDRO

POR CUANTO

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

VISTOS: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen Nº 030-2022-CAJLI/MSI de la Comisión de Asuntos Jurídicos, Laborales e Informática; el Dictamen Nº 017-2022-CAFRP/MSI de la Comisión de Administración, Finanzas, Rentas y Presupuesto; el Memorando Nº 051-2022-0810-SCC-GAF/MSI de la Subgerencia de Contabilidad y Costos; el Informe Nº 836-2022-11.2.0-SDFT-GR/MSI de la Subgerencia de Determinación y Fiscalización Tributaria; el Informe Nº 013-2022-1100-GR/MSI de la Gerencia de Rentas; y el Informe Nº 0111-2022-0400-GAJ/MSI de la Gerencia de Asesoría Jurídica; referidos al proyecto de Ordenanza que fija los montos por derecho de servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del impuesto predial y arbitrios municipales 2023 y su distribución a domicilio; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y modificatorias, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, así como que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el numeral 8) del artículo de la Ley Orgánica de Municipalidades establece que son atribuciones del Concejo Municipal la aprobación, modificación y derogación de ordenanzas; así como su artículo 40º señala que mediante Ordenanzas se crean, modifican y suprimen o exoneran, los arbitrios, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por Ley, y en caso de ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales, deben ser ratificadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción para su vigencia;

Que, la Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, faculta a las municipalidades a cobrar por el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos y recibos de pago correspondientes, incluida su distribución a domicilio, un monto no mayor a 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), vigente al 01 de enero de cada ejercicio;

Que, el artículo 7º, numeral 7.4 de la Ordenanza Nº 2386-MML que aprueba el Procedimiento de Ratificación de Ordenanzas Tributarias en el ámbito de la provincia de Lima, dispone como requisitos aplicables a la ratificación de Ordenanzas del servicio municipal de Emisión Mecanizada, los siguientes: el Informe Técnico, anexo a la Ordenanza sometida a ratificación, el Cuadro de Estructura de Costos, anexo a la ordenanza respectiva, y el Cuadro de Estimación de Ingresos anuales;

Que, mediante los documentos del visto, la Subgerencia de Contabilidad y Costos remite el Informe Técnico de Costos “Determinación del costo por el servicio de emisión mecanizada - Ejercicio 2023” de la Municipalidad de San Isidro, y la Gerencia de Rentas, a través de la Subgerencia de Determinación y Fiscalización Tributaria, remite proyecto de Ordenanza que fija en S/ 2.50, por el primer predio, y S/ 1.00, por cada predio adicional, la tasa por concepto de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del tributo y distribución domiciliaria del Impuesto Predial y Arbitrios para el ejercicio 2023, en la jurisdicción del distrito de San Isidro, de acuerdo al costo que demanda la prestación de este servicio, adjuntando el Informe Técnico - Derecho de emisión mecanizada para el ejercicio 2023, que contiene los Cuadros de Estructura de Costos y de Estimación de Ingresos;

Que, en este contexto, contando con las opiniones favorables de la Subgerencia de Contabilidad y Costos, Gerencia de Rentas, Subgerencia de Determinación y Fiscalización Tributaria, y Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante los documentos del visto; y,

Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo y el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y modificatorias, el Concejo Municipal por mayoría y con la dispensa del trámite de su lectura y aprobación del Acta, aprobó la siguiente:

ORDENANZA QUE FIJA LOS MONTOS POR DERECHO DE SERVICIO DE EMISIÓN MECANIZADA DE ACTUALIZACIÓN DE VALORES, DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES 2023 Y SU DISTRIBUCIÓN A DOMICILIO

ARTÍCULO PRIMERO.- FIJAR en S/ 2.50 (DOS y 50/100 SOLES), por el primer predio, el derecho por el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del tributo y distribución domiciliaria del Impuesto Predial y Arbitrios, para el ejercicio 2023, en la jurisdicción del distrito de San Isidro; monto que será abonado conjuntamente con el pago al contado del Impuesto Predial o de optar por el pago fraccionado, con...

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