ORD. Nº 677-MDJM y ACUERDO Nº 445-2022. Ordenanza que regula el monto del derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del tributo y distribución domiciliaria del impuesto predial y arbitrios municipales del ejercicio 2023

Fecha de publicación24 Diciembre 2022
SecciónSeparatas Especiales de Normas Legales
SEPARATA ESPECIAL
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARÍA
ORDENANZA Nº 677-MDJM
ORDENANZA QUE REGULA EL
MONTO DEL DERECHO DE EMISIÓN
MECANIZADA DE ACTUALIZACIÓN DE
VALORES, DETERMINACIÓN DEL TRIBUTO
Y DISTRIBUCIÓN DOMICILIARIA DEL
IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS
MUNICIPALES DEL EJERCICIO 2023
ACUERDO DE CONCEJO Nº 445-2022
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
Sábado 24 de diciembre de 2022
NORMAS LEGALES
FUNDADO EL 22 DE OCTU BRE DE 1825 POR EL LIBERTADOR SI MÓN BOLÍVAR
“AÑO DEL FORTALECIMIENTO DE LA SOBERANÍA NACIONAL
Firmado por: Editora
Peru
Fecha: 24/12/2022 06:40
2NORMAS LEGALES Sábado 24 de diciembre de 2022 /
El Peruano
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
ACUERDO DE CONCEJO Nº 445-2022
Lima, 7 de diciembre de 2022
EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA
POR CUANTO:
El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha;
VISTO:
El Of‌i cio Nº D000323-2022-SAT-JEF de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria de Lima – SAT de fecha 14
de noviembre de 2022, que remite el expediente de ratif‌i cación digital de la Ordenanza Nº 677-MDJM que establece el
derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación y distribución a domicilio de la declaración
jurada y liquidación del impuesto predial y arbitrios municipales para el ejercicio 2023, en el distrito de Jesús María; y,
CONSIDERANDO:
Que, en el Artículo 74 y 195 de la Constitución Política del Perú en concordancia con la Norma IV del Código Tributario,
aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 816, establecen que los Gobiernos Locales mediante Ordenanza pueden
crear, modif‌i car y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de éstas, dentro de su jurisdicción, y con los límites que
señala la Ley;
Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, las
Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratif‌i cadas por las municipalidades
provinciales de su circunscripción, para su vigencia y exigibilidad;
Que, en aplicación de lo normado por la Ordenanza Nº 2386-2021, que sustituye la Ordenanza Nº 2085, que aprueba el
Procedimiento de Ratif‌i cación de Ordenanzas Tributarias en el ámbito de la provincia de Lima, la Municipalidad Distrital
de Jesús María aprobó la Ordenanza Nº 677-MDJM, objeto de la ratif‌i cación, remitiendo la misma acompañada del
expediente de ratif‌i cación digitalizado, incluyendo sus respectivos informes y documentos sustentatorios, al Servicio
de Administración Tributaria de Lima (SAT), con carácter de Declaración Jurada, sujetos a revisión por las entidades
competentes, y el SAT en uso de sus competencias;
Que, en ese sentido, a través del Informe Nº D000187-2022-SAT-ART de fecha 14 de noviembre de 2022, el Área
Funcional de Ratif‌i caciones de la Gerencia de Asuntos Jurídicos del Servicio de Administración Tributaria de Lima – SAT,
opinó favorable respecto a la ratif‌i cación solicitada, por cumplir con los requisitos exigidos y las normas aplicables y la
Directiva Nº 001-006-00000015-SAT, publicada el 30 de junio de 2011; debiéndose efectuar las publicaciones pertinentes
en el Diario Of‌i cial El Peruano y en el Portal Institucional;
Que, el monto por concepto del derecho de emisión mecanizada del impuesto predial y de arbitrios municipales exigible
a los contribuyentes asciende a S/3.98 para aquellos contribuyentes que recibirán su cuponera virtual por buzón
electrónico; y para los contribuyentes que recibirán su cuponera en forma física, se ha determinado el derecho en S/6.96
por un predio, y S/1.51 por cada predio adicional, los cuales han sido determinados de acuerdo con el costo efectivo de
la prestación del servicio;
Estando a lo señalado en los considerandos que anteceden, en uso de las facultades previstas según los Artículos 9 y 41
de la Ley Nº 27972, y de conformidad con lo opinado por el Servicio de Administración Tributaria de Lima (SAT) y por la
Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización, en su Dictamen Nº 103-2022-MML/CMAEO de fecha 24
de noviembre de 2022; el Concejo Metropolitano de Lima, con dispensa del trámite de aprobación del acta;
ACORDÓ:
Artículo 1. Ratif‌i car la Ordenanza Nº 677-MDJM, que establece el derecho de emisión mecanizada de actualización de
valores, determinación y distribución a domicilio de la declaración jurada y liquidación del impuesto predial y arbitrios
municipales para el ejercicio 2023, en el distrito de Jesús María.
Artículo 2. El presente Acuerdo ratif‌i catorio para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de su
publicación, así como del texto íntegro de la Ordenanza ratif‌i cada. La aplicación de la Ordenanza, materia de la presente
ratif‌i cación, sin la condición antes señalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de dicha Municipalidad
Distrital.
Artículo 3. Encargar al Servicio de Administración Tributaria de Lima - SAT que posterior al cumplimiento del citado
requisito de publicación, efectúe, a través de su página web (www.sat.gob.pe) la difusión del presente Acuerdo.
Artículo 4. Encargar a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación, la publicación del presente Acuerdo en el Portal
Institucional (www.munlima.gob.pe).
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
MIGUEL EUGENIO ROMERO SOTELO
Alcalde

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