SEPARATA ESPECIAL.CONVENCION SOBRE LOS DERECHO DE LAS PERSONAS......................Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo.SEPARATA ESPECIAL Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo Sábado 6 de febrero de 2016 AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU 1825-2015. LA HISTORIA PARA CONTAR Ministerio de Relaciones Exteriores ... -

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición 6 de Febrero de 2016
SEPARATA ESPECIAL
Convención sobre los
Derechos de las Personas
con Discapacidad y su
Protocolo Facultativo
Sábado 6 de febrero de 2016
AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU
1825-2015. LA HISTORIA PARA CONTAR
Ministerio de Relaciones Exteriores
Sábado 6 de febrero de 2016 /
El Peruano
577264 NORMAS LEGALES
CONVENCIÓN SOBRE
LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS
CON DISCAPACIDAD
Preámbulo
Los Estados Partes en la presente Convención,
a) Recordando que los principios de la Carta de
las Naciones Unidas que proclaman que la libertad,
la justicia y la paz en el mundo tienen por base el
reconocimiento de la dignidad y el valor inherentes
y de los derechos iguales e inalienables de todos los
miembros de la familia humana,
b) Reconociendo que las Naciones Unidas, en la
Pactos Internacionales de Derechos Humanos, han
reconocido y proclamado que toda persona tiene los
derechos y libertades enunciados en esos instrumentos,
sin distinción de ninguna índole,
c) Reaf‌i rmando la universalidad, indivisibilidad,
interdependencia e interrelación de todos los derechos
humanos y libertades fundamentales, así como la
necesidad de garantizar que las personas con discapacidad
los ejerzan plenamente y sin discriminación,
d) Recordando el Pacto Internacional de
Derechos Económicos, Sociales y Culturales, el
la Convención Internacional sobre la Eliminación
de todas las Formas de Discriminación Racial, la
Convención sobre la eliminación de todas las formas
de discriminación contra la mujer, la Convención contra
la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos
o Degradantes, la Convención sobre los Derechos del
Niño y la Convención Internacional sobre la protección
de los derechos de todos los trabajadores migratorios
y de sus familiares,
e) Reconociendo que la discapacidad es un concepto
que evoluciona y que resulta de la interacción entre las
personas con def‌i ciencias y las barreras debidas a la
actitud y al entorno que evitan su participación plena y
efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con
las demás,
f) Reconociendo la importancia que revisten los
principios y las directrices de política que f‌i guran en el
Programa de Acción Mundial para los Impedidos y en las
Normas Uniformes sobre la Igualdad de Oportunidades
para las Personas con Discapacidad como factor en la
promoción, la formulación y la evaluación de normas,
planes, programas y medidas a nivel nacional, regional
e internacional destinados a dar una mayor igualdad de
oportunidades a las personas con discapacidad,
g) Destacando la importancia de incorporar las
cuestiones relativas a la discapacidad como parte
integrante de las estrategias pertinentes de desarrollo
sostenible,
h) Reconociendo también que la discriminación contra
cualquier persona por razón de su discapacidad constituye
una vulneración de la dignidad y el valor inherentes del
ser humano,
i) Reconociendo además la diversidad de las personas
con discapacidad,
j) Reconociendo la necesidad de promover y proteger
los derechos humanos de todas las personas con
discapacidad, incluidas aquellas que necesitan un apoyo
más intenso,
k) Observando con preocupación que, pese a estos
diversos instrumentos y actividades, las personas con
discapacidad siguen encontrando barreras para participar
en igualdad de condiciones con las demás en la vida social
y que se siguen vulnerando sus derechos humanos en
todas las partes del mundo,
l) Reconociendo la importancia de la cooperación
internacional para mejorar las condiciones de vida de
las personas con discapacidad en todos los países, en
particular en los países en desarrollo,
m) Reconociendo el valor de las contribuciones que
realizan y pueden realizar las personas con discapacidad
al bienestar general y a la diversidad de sus comunidades,
y que la promoción del pleno goce de los derechos
humanos y las libertades fundamentales por las personas
con discapacidad y de su plena participación tendrán
como resultado un mayor sentido de pertenencia de
estas personas y avances signif‌i cativos en el desarrollo
económico, social y humano de la sociedad y en la
erradicación de la pobreza,
n) Reconociendo la importancia que para las personas
con discapacidad reviste su autonomía e independencia
individual, incluida la libertad de tomar sus propias
decisiones,
o) Considerando que las personas con discapacidad
deben tener la oportunidad de participar activamente en
los procesos de adopción de decisiones sobre políticas y
programas, incluidos los que les afectan directamente,
p) Preocupados por la difícil situación en que se
encuentran las personas con discapacidad que son
víctimas de múltiples o agravadas formas de discriminación
por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión
política o de cualquier otra índole, origen nacional, étnico,
indígena o social, patrimonio, nacimiento, edad o cualquier
otra condición,
q) Reconociendo que las mujeres y las niñas con
discapacidad suelen estar expuestas a un riesgo mayor,
dentro y fuera del hogar, de violencia, lesiones o abuso,
abandono o trato negligente, malos tratos o explotación,
r) Reconociendo también que los niños y las niñas
con discapacidad deben gozar plenamente de todos los
derechos humanos y las libertades fundamentales en
igualdad de condiciones con los demás niños y niñas,
y recordando las obligaciones que a este respecto
asumieron los Estados Partes en la Convención sobre los
Derechos del Niño,
s) Subrayando la necesidad de incorporar una
perspectiva de género en todas las actividades destinadas
a promover el pleno goce de los derechos humanos
y las libertades fundamentales por las personas con
discapacidad,
t) Destacando el hecho de que la mayoría de las
personas con discapacidad viven en condiciones de
pobreza y reconociendo, a este respecto, la necesidad

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