SEGURO INTEGRAL DE SALUD RESOLUCION JEFATURAL Nº 238-2007/SIS - Aprueban pago de prestaciones a unidades ejecutoras que brindaron servicios a beneficiarios del Seguro Integral de Salud RESOLUCION JEFATURAL Nº 238-2007/SIS

Fecha de disposición28 Diciembre 2007
Fecha de publicación28 Diciembre 2007
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, viernes 28 de diciembre de 2007 361309
cuenta los siguientes aspectos durante el ejercicio
2008:
5.1 Ejecución Presupuestaria
La Ejecución Presupuestaria del periodo 2008 deberá
ajustarse al Presupuesto del OSIPTEL, en el marco de su
respectivo Plan Operativo Institucional.
5.1.1 En materia de personal
i. La Contratación de personal, con excepción del
personal de conanza y de nivel gerencial, será autorizada
por el Gerente General, de acuerdo con la Norma para la
Cobertura de Plazas.
ii. La cobertura de plazas vacantes se efectuará de
acuerdo al Cuadro de Asignación de Personal (CAP), y
cuando se cuente con el nanciamiento correspondiente,
según lo previsto en el Presupuesto Analítico de Personal
(PAP). La aprobación y /o modicación del Presupuesto
Analítico de Personal - PAP, deberá contar con informe
previo del Jefe de Presupuesto de la Gerencia de
Administración y Finanzas.
5.1.2 Contratación por Servicios No Personales
En los casos en los cuales se requiera contratar
servicios bajo la modalidad de Servicios No
Personales, la Gerencia solicitante deberá precisar,
en el requerimiento correspondiente, que los servicios
solicitados son necesarios para la realización de
actividades consideradas prioritarias en la agenda
institucional; y que, además, tienen un carácter
temporal y eventual.
Estos requerimientos deberán contar con la opinión
favorable de la Jefatura de Presupuesto respecto a la
disponibilidad presupuestal correspondiente, de la Jefatura
del Área de Logística respecto a las especicaciones
técnicas de los servicios requeridos y del Jefe de
Recursos Humanos en el sentido de que tales servicios
no se encuentran comprendidos como labores ordinarias
de ningún trabajador de la institución. Posteriormente,
con la conformidad del Gerente de Administración y
Finanzas, se remitirá el respectivo expediente al Gerente
General para la aprobación respectiva.
5.1.3 Racionamiento
La atención en reuniones de trabajo para el
cumplimiento de los objetivos institucionales, se
mantendrá en el mínimo indispensable y sólo será
autorizada por el Gerente General. Para tal efecto,
la factura o boleta, deberá ser visada en señal de
aprobación y conformidad, debiendo gurar al reverso
de la misma el motivo y el nombre de las personas que
participaron en la reunión.
De otro lado, se atenderá Racionamiento al personal
del OSIPTEL mediante la autorización del Gerente
de Administración y Finanzas y del Gerente del área
respectiva o de quien haga sus veces, debiendo
informarse mensualmente al Gerente General de los
gastos efectuados, bajo responsabilidad.
5.1.4 Vehículos, Combustibles y Lubricantes
El uso de vehículos, así como los gastos en
combustibles y lubricantes, quedan restringidos
exclusivamente a los servicios vinculados al cumplimiento
de los Objetivos Estratégicos del OSIPTEL.
El control y supervisión de esta disposición estará a
cargo de las Gerencias respectivas.
5.1.5 Servicios Públicos ( energía eléctrica, agua,
teléfono)
En la ejecución del gasto para dichos rubros, se
observarán las disposiciones legales vigentes y las
normas que se adopten por parte de la Gerencia General
para la aplicación de la presente directiva.
5.1.6. Pasajes y Viáticos
En lo referente a los viajes al interior del país tendrán
prioridad los relacionados con las labores de orientación a
usuarios y supervisión y scalización a empresas operadoras
de los servicios públicos de telecomunicaciones, así como a
la supervisión de la gestión de las ocinas desconcentradas
en el ámbito geográco de las mismas.
Los viajes al exterior del país se limitarán a los que se
requieran para las relaciones internacionales, participación
en eventos, foros y congresos internacionales, capacitación
en nuevas tecnologías y experiencias de desarrollo en
telecomunicaciones, intercambio de experiencias de
desarrollo organizacional y otros que se requiera para el
cumplimiento de los objetivos estratégicos establecidos para
el periodo 2007-2011.
La autorización de los gastos de viaje se sujeta a lo
dispuesto por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y la
Ley Nº 27619.
6.- RESPONSABILIDAD
La Gerencia de Administración y Finanzas será la
encargada de la aplicación de la presente Directiva,
pudiendo delegar en los funcionarios que considere
conveniente la tarea de supervisión de su observancia.
7.- CONTROL
La Gerencia de Control Institucional será responsable
de vigilar el cumplimiento de lo dispuesto en la presente
Directiva.
147055-1
SEGURO INTEGRAL DE SALUD
Aprueban pago de prestaciones a
unidades ejecutoras que brindaron
servicios a beneficiarios del Seguro
Integral de Salud
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 238-2007/SIS
Lima, 27 de diciembre de 2007.
VISTO:
El Informe Nº 086-2007-SIS-GF de la Gerencia de
Financiamiento, sobre la Programación de Pago de las
Prestaciones a las Unidades Ejecutoras a nivel nacional
que brindaron sus servicios a los beneciarios del Seguro
Integral de Salud;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 28411, Ley General del Sistema
Nacional de Presupuesto se establecen los principios, así
como los procesos y procedimientos que regulan el Sistema
Nacional de Presupuesto a que se reere el artículo 11° de la
Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público,
Ley Nº 28112, en concordancia con los artículos 77º y 78º de
la Constitución Política del Perú;
Que, conforme lo establece el Artículo 30º de la Ley
28411 “El Calendario de Compromisos constituye
la autorización para la ejecución de los créditos
presupuestarios…”;
Que, constituyen principios fundamentales del
proceso de ejecución presupuestaria, la publicidad y
transparencia del mismo, por lo que es pertinente publicar
en el Diario Ocial El Peruano, la distribución de los
recursos que en el marco de la Resolución Ministerial N°
422-2007/MINSA se transeren a las Unidades Ejecutoras
vinculadas al Seguro Integral de Salud por la Genérica
de Gasto 4: Otros Gastos Corrientes, correspondiéndoles

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