DECRETO SUPREMO N° 257-2014-EF - Otorgan seguridades y garantías del Estado de la República del Perú, en respaldo de las declaraciones, seguridades y obligaciones contenidas en el Contrato de Concesión del Proyecto “Línea de Transmisión 220 kV La Planicie - Industriales y Subestaciones Asociadas”

Fecha de disposición03 Septiembre 2014
Fecha de publicación03 Septiembre 2014
El Peruano
Miércoles 3 de setiembre de 2014 531635
la Of‌i cina de Racionalización, Organización y Métodos
y la Of‌i cina General de Planeamiento y Presupuesto,
respectivamente; han emitido opinión técnica favorable
sobre el proyecto de modif‌i cación del Manual de
Operaciones del Programa Nacional de Alimentación
Escolar Qali Warma, propuesto por la máxima autoridad
del indicado programa, recomendándose su aprobación;
Que, en atención a lo expuesto, resulta necesario
aprobar la modif‌i cación propuesta al Manual de
Operaciones del Programa Nacional de Alimentación
Escolar Qali Warma, aprobado por Resolución Ministerial
Nº 174-2012-MIDIS;
Con el visado del Despacho Viceministerial de
Prestaciones Sociales, de la Secretaría General, de la
Of‌i cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la
Of‌i cina General de Asesoría Jurídica, y;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158,
de Creación, Organización y Funciones del Ministerio
de Desarrollo e Inclusión Social, y su Reglamento de
Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto
Supremo Nº 011-2012-MIDIS;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modif‌i cación
Modifíquese el literal i) del numeral II.2.1 del Manual
de Operaciones del Programa Nacional de Alimentación
Escolar Qali Warma, aprobado por Resolución Ministerial
Nº 174-2012-MIDIS, conforme al siguiente texto:
“i) Aprobar, suscribir, modif‌i car y/o resolver
convenios interinstitucionales y de gestión relacionados
con el funcionamiento u operación del programa, así como
sus respectivas adendas en el marco de los lineamientos
del MIDIS, siempre que no sean de alcance sectorial.”
Artículo 2.- Publicidad
Disponer la publicación de la presente resolución
ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de
Desarrollo e Inclusión Social (www.midis.gob.pe) y en el
Portal Institucional del Programa Nacional de Alimentación
Escolar Qali Warma (www.qaliwarma.gob.pe), en la misma
fecha de publicación en el diario of‌i cial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PAOLA BUSTAMANTE SUÁREZ
Ministra de Desarrollo e Inclusión Social
1132157-1
ECONOMIA Y FINANZAS
Otorgan seguridades y garantías del
Estado de la República del Perú,
en respaldo de las declaraciones,
seguridades y obligaciones contenidas
en el Contrato de Concesión del Proyecto
“Línea de Transmisión 220 kV La
Planicie – Industriales y Subestaciones
Asociadas”
DECRETO SUPREMO
N° 257-2014-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial N° 270-2013-
MEM/DM, publicada el 13 de julio de 2013, el Ministerio
de Energía y Minas encargó a PROINVERSIÓN la
conducción del proceso de licitación del Proyecto “Línea
de Transmisión 220 kV La Planicie – Industriales y
Subestaciones Asociadas”, hasta la adjudicación de la
Buena Pro;
Que, mediante acuerdo de Consejo Directivo de
PROINVERSIÓN, adoptado en su sesión de fecha 09 de
agosto de 2013, se incorporó al Proceso de Promoción de
la Inversión Privada el Proyecto “Línea de Transmisión 220
kV La Planicie – Industriales y Subestaciones Asociadas”,
bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en el
Decreto Supremo N° 059-96-PCM, Decreto Legislativo N°
1012 y sus normas reglamentarias correspondientes;
Que, mediante acuerdo de Consejo Directivo de
PROINVERSIÓN, adoptado en su sesión de fecha 05 de
setiembre de 2013, se aprobó el Plan de Promoción de
la Inversión Privada del Proyecto “Línea de Transmisión
220 kV La Planicie – Industriales y Subestaciones
Asociadas”;
Que, mediante Resolución Suprema N° 059-2013-
EF, publicada el día 16 de octubre de 2013, se ratif‌i caron
los acuerdos de Consejo Directivo de PROINVERSIÓN
mediante los cuales se incorporó, al proceso de promoción
de la inversión privada y se aprobó el Plan de Promoción
del Proyecto “Línea de Transmisión 220 kV La Planicie
– Industriales y Subestaciones Asociadas”;
Que, el día 29 de mayo de 2014, se realizó el acto de
Presentación y Apertura de los sobres N° 1 y N° 2 y Buena
Pro, otorgándose la Buena Pro del Concurso Público
Internacional para otorgar en concesión el Proyecto
“Línea de Transmisión 220 kV La Planicie – Industriales
y Subestaciones Asociadas” a la empresa Interconexión
Eléctrica S.A. E.S.P. – ISA;
Que, mediante documento de fecha 2 de julio de 2014,
Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P. – ISA, empresa que
obtuviera la Buena Pro del Concurso Público para otorgar
en concesión el Proyecto “Línea de Transmisión 220 kV
La Planicie – Industriales y Subestaciones Asociadas”,
comunica a PROINVERSIÓN que la denominación de
la Sociedad Concesionaria es “Consorcio Transmantaro
S.A.”;
Que, mediante acuerdo de Consejo Directivo de
PROINVERSIÓN, adoptado en su sesión de fecha 14
de julio de 2014, se acordó otorgar, mediante contrato,
las seguridades y garantías del Estado de la República
del Perú, en respaldo de las declaraciones, seguridades
y obligaciones a cargo del Concedente, contenidas
en el Contrato de Concesión del Proyecto “Línea
de Transmisión 220 kV La Planicie – Industriales y
Subestaciones Asociadas”, a celebrarse con la empresa
“Consorcio Transmantaro S.A.”, en su calidad de Sociedad
Concesionaria;
Que, el Artículo 2º del Decreto Ley Nº 25570, sustituido
por el Artículo 6º de la Ley Nº 26438, en concordancia con
el artículo 4º de la Ley Nº 26885, permite que el Estado
otorgue, mediante contrato, a las personas naturales y
jurídicas, nacionales y extranjeras, que realicen inversiones
bajo el marco del Decreto Supremo Nº 059-96-PCM y el
Decreto Supremo Nº 060-96-PCM, las seguridades y
garantías que, mediante decreto supremo, se consideren
necesarias para proteger sus adquisiciones e inversiones,
de acuerdo a la legislación vigente;
Que, en virtud de lo expresado, procede otorgar
mediante contrato, las seguridades y garantías del Estado
de la República del Perú en respaldo de las declaraciones,
seguridades y obligaciones a cargo del Concedente
establecidas en el Contrato de Concesión del Proyecto
“Línea de Transmisión 220 kV La Planicie – Industriales
y Subestaciones Asociadas”, a favor de la sociedad
concesionaria denominada “Consorcio Transmantaro
S.A.”, la cual suscribirá el Contrato de Concesión;
De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 2º del
Decreto Ley Nº 25570, norma complementaria al Decreto
Legislativo Nº 674, sustituido por el Artículo 6º de la Ley
Nº 26438, en concordancia con el Artículo 4º de la Ley
DECRETA:
Artículo 1º.- Declaraciones y seguridades
Otórguese, mediante contrato, las seguridades y
garantías del Estado de la República del Perú, en respaldo
de las declaraciones, seguridades y obligaciones a cargo
del Concedente, contenidas en el Contrato de Concesión
del Proyecto “Línea de Transmisión 220 kV La Planicie
– Industriales y Subestaciones Asociadas”, a celebrarse

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