Aprueban segunda modificación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el año 2004
Fecha de disposición | 21 Octubre 2004 |
Fecha de publicación | 21 Octubre 2004 |
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NORMAS LEGALES
Lima, jueves 21 de octubre de 2004
sidera la incorporación de componentes de tecnología
de la información, así como la preparación de documen-
tación necesaria para captar recursos externos en apo-
yo a su gestión;
Que el PNUD impulsa la ejecución nacional de proyec-
tos, entendida ésta como una modalidad orientada, fun-
damentalmente, a fortalecer las capacidades técnicas e
institucionales existentes en el país, utilizando y promo-
viendo la capacidad y eficiencia de los organismos na-
cionales de ejecución; colaborando con los países en
modernizar la administración pública y fortalecer su sis-
tema de acceso a la justicia, contribuyendo con ello a la
gobernabilidad democrática;
Que para los efectos de colaborar con la puesta en
marcha de las actividades materia del referido Conve-
nio, el PNUD ha previsto financiar la visita del Presi-
dente y de uno de los señores Magistrados de este
Colegiado al Tribunal Constitucional de España, así
como la Corte Constitucional de Italia, con el propósito
de intercambiar experiencias y acopiar información téc-
nica con los señores Magistrados, funcionarios y di-
rectivos de esos honorables Tribunales, y que serán
de importancia para el desarrollo y modernización de
esta institución, lo que permitirá el cumplimiento de sus
objetivos y metas, así como prestar un mejor servicio a
los justiciables;
Que en tal virtud el Pleno del Tribunal Constitucio-
nal ha acordado, por convenir a los fines institucio-
nales, autorizar la visita de los señores doctores
Javier Alva Orlandini y Magdiel Gonzales Ojeda, Pre-
sidente y Magistrado de este Tribunal, respectiva-
mente, al Tribunal Constitucional de España y, en el
caso del Presidente, además, a la Corte Constitucio-
nal de Italia; visitas que no irrogarán egreso alguno a
la institución;
De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs.
27619 y 28128, así como en el Decreto Supremo Nº
047-2002-PCM; y,
En uso de las facultades conferidas a esta Presiden-
cia por la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de
servicio, de los señores doctores Javier Alva Orlandi-
ni y Magdiel Gonzales Ojeda, Presidente y Magistra-
do del Tribunal Constitucional, a la ciudad de Madrid,
sede del Tribunal Constitucional de España entre los
días 15 y 21 de octubre del año en curso y 15 y 24 del
mismo mes, respectivamente; así como, entre el 22 y
26 de octubre del presente año, la visita a la Corte
Constitucional de Italia del señor Presidente, para los
fines expuestos en la parte considerativa de la pre-
sente resolución.
Artículo 2º.- El viaje que se autoriza en el artículo
anterior, no irrogará egreso alguno al presupuesto del
Pliego del Tribunal Constitucional; dado que dicho viaje
será financiado íntegramente por el Programa de Nacio-
nes Unidas Para el Desarrollo - PNUD.
Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calen-
dario siguientes de efectuado el viaje, los referidos
Magistrados, deberán presentar un informe detallado
describiendo las acciones realizadas y los resultados
obtenidos durante el viaje autorizado.
Artículo 4º.- La presente Resolución no otorga dere-
chos a exoneración de impuestos o derechos aduane-
ros de ninguna clase o denominación a los funcionarios
cuyo viaje se autoriza.
Artículo 5º.- Encargar la Presidencia del Tribunal
Constitucional al señor doctor Juan Bautista Bardelli
Lartirigoyen, Vicepresidente del Tribunal Constitucional,
en tanto dure la ausencia del Presidente.
Regístrese y comuníquese.
JAVIER ALVA ORLANDINI
Presidente
18852
Aprueban segunda modificación del
Plan Anual de Adquisiciones y Contra-
taciones para el año 2004
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
Nº 111-2004-P/TC
Lima, 14 de octubre de 2004
VISTOS:
El Memorándum Nº 391-2004-OA/TC cursado por
la Oficina de Abastecimiento y los Informes Nºs. 347-
2004-PE/TC y 347A-2004-PE/TC emitido por la Ofici-
na de Planeamiento y Estadística, ambos de fecha 21
de setiembre del 2004, relacionados con la inclusión
en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones
del Tribunal Constitucional para el período 2004, de
los procesos de Adquisición Directa Pública para la
Adquisición de cuatro vehículos y de la Adjudicación
Directa Selectiva para la adquisición de equipos de
cómputo;
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Administrativa Nº 011-
2004-P/TC, de fecha 30 de enero del 2004, se aprobó el
Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones (PAAC)del
Tribunal Constitucional para el período 2004; el mismo
que fue modificado por Resolución Administrativa Nº 063-
2004-P/TC, de fecha 1 de julio de 2004;
Que el Artículo 8º del Reglamento de la Ley Nº
26850 – Ley de Contrataciones y Adquisiciones del
Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-
PCM, establece que las Licitaciones Públicas, Con-
cursos Públicos y Adjudicaciones Directas no conte-
nidas en el Plan Anual deberán ser aprobadas por el
Titular del Pliego o la máxima autoridad administrativa
de la Entidad, según corresponda, lo cual deberá in-
formarse al Consejo Superior de Contrataciones y
Adquisiciones del Estado- CONSUCODE, dentro de
los diez (10) días hábiles siguientes de dicha aproba-
ción; a su vez, las inclusiones y exclusiones de los
procesos de selección serán comunicadas a la Comi-
sión de Promoción de la Pequeña y Microempresa -
PROMPYME, dentro del mismo plazo, dando cuenta
al CONSUCODE;
Que el numeral 7º de las Disposiciones Específicas
contenidas en la Directiva Nº 005-2003/CONSUCO-
DE/PRE, aprobada por Resolución Nº 380-2003-CON-
SUCODE/PRE, precisa que “el Plan Anual de Adquisi-
ciones y Contrataciones - PAAC podrá ser modificado
en cualquier momento, durante el decurso del ejercicio
presupuestal, siempre que se produzca una reprogra-
mación de las metas institucionales propuestas o una
modificación del presupuesto institucional”; siendo de
aplicación lo dispuesto en dicha Directiva, para el caso
de su aprobación, básicamente en lo referido a su ela-
boración y contenido, incluyendo lo relacionado con la
verificación del sustento presupuestal correspondien-
te, el instrumento de aprobación, los mecanismos y
oportunidad de publicación de dicho instrumento y de
remisión del PAAC, al CONSUCODE y a PROMPYME;
Que la anotada Directiva prescribe que el PAAC mo-
dificado deberá ser remitido al CONSUCODE, a través
de los mismos medios con los que se remitió el PAAC
originalmente aprobado, en su integridad y en los forma-
tos que forman parte de la indicada Directiva, así como
a PROMPYME, dentro de los diez (10) días hábiles si-
guientes a su aprobación; de igual manera, el instrumen-
to que aprueba la modificación del PAAC deberá publi-
carse en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez
(10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación;
anotando que lo dispuesto precedentemente en relación
con la publicación del instrumento que aprueba la modi-
ficación del PAAC, no será de aplicación, por excepción,
en el caso de las Entidades que actualicen la informa-
ción referida a su PAAC a través del Sistema de Informa-
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