Aprueban segunda modificación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el año 2004

Fecha de disposición21 Octubre 2004
Fecha de publicación21 Octubre 2004
Pág. 278804
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 21 de octubre de 2004
sidera la incorporación de componentes de tecnología
de la información, así como la preparación de documen-
tación necesaria para captar recursos externos en apo-
yo a su gestión;
Que el PNUD impulsa la ejecución nacional de proyec-
tos, entendida ésta como una modalidad orientada, fun-
damentalmente, a fortalecer las capacidades técnicas e
institucionales existentes en el país, utilizando y promo-
viendo la capacidad y eficiencia de los organismos na-
cionales de ejecución; colaborando con los países en
modernizar la administración pública y fortalecer su sis-
tema de acceso a la justicia, contribuyendo con ello a la
gobernabilidad democrática;
Que para los efectos de colaborar con la puesta en
marcha de las actividades materia del referido Conve-
nio, el PNUD ha previsto financiar la visita del Presi-
dente y de uno de los señores Magistrados de este
Colegiado al Tribunal Constitucional de España, así
como la Corte Constitucional de Italia, con el propósito
de intercambiar experiencias y acopiar información téc-
nica con los señores Magistrados, funcionarios y di-
rectivos de esos honorables Tribunales, y que serán
de importancia para el desarrollo y modernización de
esta institución, lo que permitirá el cumplimiento de sus
objetivos y metas, así como prestar un mejor servicio a
los justiciables;
Que en tal virtud el Pleno del Tribunal Constitucio-
nal ha acordado, por convenir a los fines institucio-
nales, autorizar la visita de los señores doctores
Javier Alva Orlandini y Magdiel Gonzales Ojeda, Pre-
sidente y Magistrado de este Tribunal, respectiva-
mente, al Tribunal Constitucional de España y, en el
caso del Presidente, además, a la Corte Constitucio-
nal de Italia; visitas que no irrogarán egreso alguno a
la institución;
De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs.
27619 y 28128, así como en el Decreto Supremo Nº
047-2002-PCM; y,
En uso de las facultades conferidas a esta Presiden-
cia por la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de
servicio, de los señores doctores Javier Alva Orlandi-
ni y Magdiel Gonzales Ojeda, Presidente y Magistra-
do del Tribunal Constitucional, a la ciudad de Madrid,
sede del Tribunal Constitucional de España entre los
días 15 y 21 de octubre del año en curso y 15 y 24 del
mismo mes, respectivamente; así como, entre el 22 y
26 de octubre del presente año, la visita a la Corte
Constitucional de Italia del señor Presidente, para los
fines expuestos en la parte considerativa de la pre-
sente resolución.
Artículo 2º.- El viaje que se autoriza en el artículo
anterior, no irrogará egreso alguno al presupuesto del
Pliego del Tribunal Constitucional; dado que dicho viaje
será financiado íntegramente por el Programa de Nacio-
nes Unidas Para el Desarrollo - PNUD.
Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calen-
dario siguientes de efectuado el viaje, los referidos
Magistrados, deberán presentar un informe detallado
describiendo las acciones realizadas y los resultados
obtenidos durante el viaje autorizado.
Artículo 4º.- La presente Resolución no otorga dere-
chos a exoneración de impuestos o derechos aduane-
ros de ninguna clase o denominación a los funcionarios
cuyo viaje se autoriza.
Artículo 5º.- Encargar la Presidencia del Tribunal
Constitucional al señor doctor Juan Bautista Bardelli
Lartirigoyen, Vicepresidente del Tribunal Constitucional,
en tanto dure la ausencia del Presidente.
Regístrese y comuníquese.
JAVIER ALVA ORLANDINI
Presidente
18852
Aprueban segunda modificación del
Plan Anual de Adquisiciones y Contra-
taciones para el año 2004
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
Nº 111-2004-P/TC
Lima, 14 de octubre de 2004
VISTOS:
El Memorándum Nº 391-2004-OA/TC cursado por
la Oficina de Abastecimiento y los Informes Nºs. 347-
2004-PE/TC y 347A-2004-PE/TC emitido por la Ofici-
na de Planeamiento y Estadística, ambos de fecha 21
de setiembre del 2004, relacionados con la inclusión
en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones
del Tribunal Constitucional para el período 2004, de
los procesos de Adquisición Directa Pública para la
Adquisición de cuatro vehículos y de la Adjudicación
Directa Selectiva para la adquisición de equipos de
cómputo;
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Administrativa Nº 011-
2004-P/TC, de fecha 30 de enero del 2004, se aprobó el
Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones (PAAC)del
Tribunal Constitucional para el período 2004; el mismo
que fue modificado por Resolución Administrativa Nº 063-
2004-P/TC, de fecha 1 de julio de 2004;
Que el Artículo 8º del Reglamento de la Ley Nº
26850 – Ley de Contrataciones y Adquisiciones del
Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-
PCM, establece que las Licitaciones Públicas, Con-
cursos Públicos y Adjudicaciones Directas no conte-
nidas en el Plan Anual deberán ser aprobadas por el
Titular del Pliego o la máxima autoridad administrativa
de la Entidad, según corresponda, lo cual deberá in-
formarse al Consejo Superior de Contrataciones y
Adquisiciones del Estado- CONSUCODE, dentro de
los diez (10) días hábiles siguientes de dicha aproba-
ción; a su vez, las inclusiones y exclusiones de los
procesos de selección serán comunicadas a la Comi-
sión de Promoción de la Pequeña y Microempresa -
PROMPYME, dentro del mismo plazo, dando cuenta
al CONSUCODE;
Que el numeral 7º de las Disposiciones Específicas
contenidas en la Directiva Nº 005-2003/CONSUCO-
DE/PRE, aprobada por Resolución Nº 380-2003-CON-
SUCODE/PRE, precisa que “el Plan Anual de Adquisi-
ciones y Contrataciones - PAAC podrá ser modificado
en cualquier momento, durante el decurso del ejercicio
presupuestal, siempre que se produzca una reprogra-
mación de las metas institucionales propuestas o una
modificación del presupuesto institucional”; siendo de
aplicación lo dispuesto en dicha Directiva, para el caso
de su aprobación, básicamente en lo referido a su ela-
boración y contenido, incluyendo lo relacionado con la
verificación del sustento presupuestal correspondien-
te, el instrumento de aprobación, los mecanismos y
oportunidad de publicación de dicho instrumento y de
remisión del PAAC, al CONSUCODE y a PROMPYME;
Que la anotada Directiva prescribe que el PAAC mo-
dificado deberá ser remitido al CONSUCODE, a través
de los mismos medios con los que se remitió el PAAC
originalmente aprobado, en su integridad y en los forma-
tos que forman parte de la indicada Directiva, así como
a PROMPYME, dentro de los diez (10) días hábiles si-
guientes a su aprobación; de igual manera, el instrumen-
to que aprueba la modificación del PAAC deberá publi-
carse en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez
(10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación;
anotando que lo dispuesto precedentemente en relación
con la publicación del instrumento que aprueba la modi-
ficación del PAAC, no será de aplicación, por excepción,
en el caso de las Entidades que actualicen la informa-
ción referida a su PAAC a través del Sistema de Informa-

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR