1083 021-2002-INGEMMET/PCD - Autorizan contratación de expositor para desarrollar curso denominado "Análisis de Cuencas Sedimentarias: Tectónica y Sedimentación"

EmisorIngemmet
Fecha de la disposición21 de Marzo de 2002
Pág. 219646
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 21 de marzo de 2002
2. Que, el primer punto del pedido de aclaración se fun-
da en que, de un lado, el régimen tributario declarado in-
constitucional aún no ha sido sustituido, mediante la co-
rrespondiente ley, y en que, de otro, la subsistencia del vacío
legal así ocasionado, priva a la Dirección Ejecutiva de Jue-
gos de Casinos y Máquinas Tragamonedas, de los ingre-
sos que provienen de los impuestos derogados, y que ella
necesita para sus labores de fiscalización y control.
3. Que, visto el vacío, del cual este Tribunal no es responsa-
ble, las empresas dedicadas a la explotación de los juegos de
casinos y máquinas tragamonedas deberán sujetarse a lo que
- mientras no entre en vigencia la ley definitiva- el Congreso
establezca en una norma transitoria y, en su defecto, deberán
seguir entregando al ente recaudador –hasta el 31 de diciem-
bre de 2002- un monto igual al del impuesto de la Ley Nº 27153,
precisando, sin embargo, que dicha entrega no constituye pago
en su totalidad, ni surte los efectos del pago respecto al íntegro
del monto entregado, pues éste deberá regularizarse confor-
me a las reglas establecidas en el fundamento 16 de la senten-
cia, una vez promulgada la nueva ley.
El plazo final de esta cobranza transitoria se establece
al 31 de diciembre de 2002, en consideración a que el gas-
to fiscal correspondiente al impuesto se encuentra presu-
puestado hasta tal fecha.
4. Que, respecto del segundo punto de la aclaración, el
Tribunal encuentra que la presente sentencia precisa, en
forma inequívoca, que sus efectos se remontan al momen-
to en que la Ley Nº 27153 entró en vigencia, de modo que
carece de objeto la aclaración solicitada.
RESUELVE:
Respecto del primer punto del pedido de aclaración, pre-
cisar que, mientras no entre en vigencia la nueva ley, deberá
cobrarse lo que apruebe el Congreso de la República en una
norma transitoria, y, en defecto de ella, un monto igual al que
establecía el régimen derogado, dentro de un plazo razonable
que no deberá exceder del 31 de diciembre de 2002, debien-
do quedar sujeto todo lo que se pague, en uno y otro caso, al
régimen de regularización previsto en el fundamento 16 de la
sentencia; y manifestar que, según lo expuesto en el párrafo
4., supra, no ha lugar al segundo punto de la aclaración pedi-
da. La presente aclaración queda integrada en la sentencia
que la motiva. Dispone la notificación a las partes y su publi-
cación en el Diario Oficial El Peruano.
SS.
AGUIRRE ROCA
REY TERRY
NUGENT
DÍAZ VALVERDE
ACOSTA SÁNCHEZ
REVOREDO MARSANO
FUNDAMENTO DE VOTO DEL MAGISTRADO
MANUEL AGUIRRE ROCA
Dejo constancia de que, a mi juicio, a falta de la norma
legal transitoria, bastaría extender el derecho de cobrar lo
que hubiese correspondido al régimen impositivo deroga-
do, durante un máximo de tres (3) meses.
SR.
AGUIRRE ROCA
5399
ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
FONAFE
Designan miembro del Directorio de la
Empresa Electro Ucayali S.A.
ACUERDO DE DIRECTORIO
Nº 008-2002/004-FONAFE
Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo
24º del Reglamento de la Ley del Fondo Nacional de Fi-
nanciamiento de la Actividad Empresarial del Estado, apro-
bado por Decreto Supremo Nº 072-2000-EF y normas
modificatorias, la designación de los Directores de las em-
presas del Estado comprendidas bajo el ámbito de FONA-
FE realizada por el Directorio de dicha Empresa, deberá
ser publicada en el Diario Oficial El Peruano e instrumen-
tada en Junta General de Accionistas.
Que, habiéndose aceptado la renuncia presentada por
el señor Francisco Cielo Malpartida al cargo de miembro
del Directorio de la Empresa Electro Ucayali S.A., y agra-
decidos los servicios prestados a dicha Empresa, se co-
munica que, por Acuerdo de Directorio del FONAFE Nº 008-
2002/004-FONAFE, de fecha 18 de marzo de 2002, se de-
signó al señor Walter del Águila Tuesta como miembro del
Directorio de la referida Empresa.
5359
Designan Presidenta del Directorio de la
Empresa Nacional de la Coca S.A. -
ENACO
ACUERDO DE DIRECTORIO
Nº 009-2002/004-FONAFE
Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 24º del
Reglamento de la Ley del Fondo Nacional de Financiamiento
de la Actividad Empresarial del Estado, aprobado por Decreto
Supremo Nº 072-2000-EF y normas modificatorias, la desig-
nación de los Directores de las empresas del Estado compren-
didas bajo el ámbito de FONAFE realizada por el Directorio de
dicha Empresa, deberá ser publicada en el Diario Oficial El
Peruano e instrumentada en Junta General de Accionistas.
Que, habiéndose aceptado la renuncia presentada por el
señor Nils Ericsson Correa, al cargo de Presidente del Direc-
torio de la Empresa Nacional de la Coca S.A. - ENACO, y
agradecidos los servicios prestados a dicha Empresa, se
comunica que, por Acuerdo de Directorio del FONAFE Nº
009-2002/004-FONAFE, de fecha 18 de marzo de 2002, se
designó a la señora Armandina Aguirre Vda. de Sánchez como
Presidenta del Directorio de la referida Empresa.
5435
FE DE ERRATAS
ACUERDO DE DIRECTORIO
Nº 007-2002/004-FONAFE
Mediante Oficio Nº 811-2002/DE-FONAFE, el Fondo Na-
cional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Es-
tado solicita se publique Fe de Erratas del Acuerdo de Direc-
torio Nº 007-2002/004-FONAFE, publicada en nuestra edi-
ción del día 19 de marzo de 2002, en la página 219543.
En el segundo párrafo del referido acuerdo,
DICE:
"Que, habiéndose aceptado la renuncia (...), se desig-
nó al actual Director señor Robero Zegarra Ponce (...)".
DEBE DECIR:
"Que, habiéndose aceptado la renuncia (...), se desig-
nó al actual Director señor Roberto Zegarra Ponce (...)".
5360
INGEMMET
Autorizan contratación de expositor para
desarrollar curso denominado "Análisis
de Cuencas Sedimentarias: Tectónica y
Sedimentación"
INSTITUTO GEOLÓGICO MINERO
Y METALÚRGICO
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA
Nº 021-2002-INGEMMET/PCD
Lima, 13 de marzo de 2002

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