06 040-2002-INDECOPI/DIR - Encargan funciones de Secretario Técnico de la Comisión de Reestructuración Patrimonial
Fecha de publicación | 28 Mayo 2002 |
Fecha de disposición | 28 Mayo 2002 |
Pág. 223769
NORMAS LEGALES
Lima, martes 28 de mayo de 2002
Que, se ha determinado la existencia de indicios de dum-
ping en las importaciones de cierres de metal, los demás
cierres de cremallera, las cremalleras y deslizadores, ori-
ginarios y/o procedentes de China en los siguientes már-
genes:
Cuadro Nº 3
Margen de Dumping
Producto Precio FOB Valor normal Margen de
(US$/kilogramos) (US$/kilogramos) dumping (%)
Cierres de metal 3,653 5,057 38,5%
Los demás cierres 2,610 3,137 20,2%
Cremalleras 3,908 4,647 18,9%
Deslizadores 2,594 3,832 47,7%
Fuente: ADUANAS
Elaboración: ST-CDS/INDECOPI
Que, se ha determinado la existencia de indicios de daño
a la rama de producción nacional en los indicadores eco-
nómicos de la solicitante;
Que, se ha determinado la existencia de indicios de re-
lación causal entre el supuesto dumping y el daño a la rama
de producción nacional al coincidir el aumento del volumen
de las importaciones originarias de China a supuestos pre-
cios con el deterioro de los indicadores económicos de la
solicitante;
Que, el Informe Nº 021-2002/CDS, que contiene la eva-
luación sobre la posibilidad de ampliar el producto investi-
gado, es de acceso público a través del portal internet
www.indecopi.gob.pe/tribunal/cds/informes.asp;
De conformidad con el Decreto Supremo Nº 133-91-EF
modificado por el Decreto Supremo Nº 051-92-EF, y suple-
toriamente el Decreto Supremo Nº 043-97-EF, modificado
por el Decreto Supremo Nº 144-2000-EF, y el Artículo 22º
del Decreto Ley Nº 25868;
Estando a lo acordado unánimemente en su sesión del
23 de mayo del 2002;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Ampliar la investigación iniciada mediante
Resolución Nº 020-2001/CDS-INDECOPI, en el sentido de
incluir a los demás cierres de cremallera y sus partes origi-
narios o procedentes de la República Popular China, no
contemplados originalmente en dicha Resolución.
Artículo 2º.- Notificar la presente Resolución a las par-
tes apersonadas al presente procedimiento y al gobierno
de la República Popular China.
Toda comunicación deberá dirigirse a la siguiente di-
rección:
Comisión de Fiscalización de Dumping y Subsidios
Indecopi
Calle De La Prosa 138, San Borja
Lima 41, Perú
Teléfono: (51-1) 2247800 (anexo 1221)
Fax : (51-1) 2247800 (anexo 1296)
Correo electrónico: dumping@indecopi.gob.pe
Artículo 3º.- Publicar la presente Resolución por dos
veces consecutivas en el Diario Oficial El Peruano de con-
formidad con lo dispuesto en el Artículo 19º del Decreto
Supremo Nº 133-91-EF modificado por el Decreto Supre-
mo Nº 051-92-EF.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALEJANDRO DALY ARBULU
Presidente
9485
Encargan funciones de Secretario
Técnico de la Comisión de Rees-
tructuración Patrimonial
RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL
DIRECTORIO DE INDECOPI
Nº 040-2002-INDECOPI/DIR
Lima, 23 de mayo de 2002
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 18º del Decreto Ley Nº 25868, Ley de
Organización y Funciones del Indecopi, modificado por el
Artículo 49º del Decreto Legislativo Nº 807 y Ley Nº 27146,
creó la Comisión de Reestructuración Patrimonial;
Que de acuerdo a lo establecido en el Artículo 46º de la
citada Ley de Organización y Funciones, las Comisiones
del Indecopi cuentan con el apoyo de una Secretaría Téc-
nica que les sirve de órgano de enlace con la estructura
orgánico administrativa de la institución;
Que es preciso disponer el encargo de funciones de la
Secretaría Técnica de la referida Comisión;
Estando al acuerdo adoptado por el Directorio de la ins-
titución; y,
De conformidad con el inciso e) del Artículo 5º del De-
creto Ley Nº 25868;
RESUELVE:
Artículo Único.- Encargar al señor Paolo del Águila Ruiz
de Somocurcio las funciones de Secretario Técnico de la
Comisión de Reestructuración Patrimonial del Indecopi.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CÉSAR ALMEYDA TASAYCO
Presidente del Directorio
9477
SUNAT
Encargan Intendencia Regional de
Cusco
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
ADJUNTA Nº 024-2002/SUNAT
Lima, 27 de mayo del 2002
CONSIDERANDO:
Que, con fecha 25 de mayo en curso, ha acaecido el
sensible fallecimiento del que en vida fue Intendente Re-
gional de la Intendencia Regional de Cusco, señor José
Luis Chillitupa Cruzado;
Que, en consecuencia, se hace indispensable encar-
gar la referida Intendencia Regional, de manera que las
actividades de la misma no se vean afectadas;
En uso de la Resolución de Superintendencia Nacional
Adjunta Nº 021-2002/SUNAT, y de conformidad con lo es-
tablecido en los incisos c) y d) del Artículo 7º del Texto Úni-
co Ordenado del Estatuto de la SUNAT, aprobado por Re-
solución de Superintendencia Nº 041-98/SUNAT y modifi-
cado por la Resolución de Superintendencia Nº 004-2001-
SUNAT;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Encargar a la Sra. Rocío Infantas Palomi-
no, a partir de la fecha, la Intendencia Regional de Cusco.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ENRIQUE VEJARANO VELÁSQUEZ
Superintendente Nacional Adjunto (e)
9454
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DEL RÍMAC
Otorgan beneficio de regularización a
contribuyentes titulados por COFOPRI
que se encuentran omisos a la presenta-
ción de declaración jurada y pago del
impuesto predial y arbitrios
ORDENANZA Nº 055-MDR
Rímac, 16 de mayo del 2002
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