1093 045-2003-INDECOPI/DIR - Encargan funciones de la Secretaría Técnica de la Comisión de Libre Competencia del Indecopi

Fecha de publicación12 Junio 2003
Fecha de disposición12 Junio 2003
Pág. 245856
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 12 de junio de 2003
Estando al acuerdo adoptado por el Directorio; y,
De conformidad con el inciso e) del artículo 5 º del
RESUELVE:
Artículo Único.- Designar al señor Sergio Espinosa
Chiroque en el cargo de miembro de la Comisión Delegada
de Procedimientos Concursales del Indecopi que opera en
la Universidad de Lima.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FERNANDO ARRUNÁTEGUI MARTÍNEZ
Presidente del Directorio (e)
10973
Aceptan renuncia de miembro de la
Comisión Delegada de Procedimientos
Concursales del Indecopi que opera en
la Cámara de Comercio y Producción
de Lambayeque
INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA
DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCIÓN
DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA
DEL DIRECTORIO DE INDECOPI
Nº 043-2003-INDECOPI/DIR
Lima, 6 de junio de 2003
CONSIDERANDO:
Que el señor Roberto Orejuela Iparraguirre ha presenta-
do renuncia al cargo de miembro de la Comisión Delegada
de Procedimientos Concursales del Indecopi que opera en
la Cámara de Comercio y Producción de Lambayeque;
Que la referida renuncia ha sido aceptada por el Directo-
rio de la institución; y,
De conformidad con el inciso e) del artículo 5 º del
RESUELVE:
Artículo Único.- Aceptar la renuncia presentada por el
señor Roberto Orejuela Iparraguirre al cargo de miembro
de la Comisión Delegada de Procedimientos Concursales
del Indecopi que opera en la Cámara de Comercio y Pro-
ducción de Lambayeque, dándosele las gracias por los
servicios prestados.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FERNANDO ARRUNÁTEGUI MARTÍNEZ
Presidente del Directorio (e)
10974
Encargan funciones de la Secretaría
Técnica de la Comisión de Libre
Competencia del Indecopi
INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA
DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCIÓN
DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA
DEL DIRECTORIO DE INDECOPI
Nº 045-2003-INDECOPI/DIR
Lima, 10 de junio de 2003
CONSIDERANDO:
Que debido a acciones administrativas adoptadas en
el ámbito de la Secretaría Técnica de la Comisión de Libre
Competencia, resulta necesario encargar temporalmente
las funciones correspondientes a dicha Secretaría Técni-
ca;
Estando al acuerdo adoptado por el Directorio; y,
De conformidad con el inciso e) del artículo 5º del De-
creto Ley Nº 25868;
RESUELVE:
Artículo Único.- Encargar, a partir del 12 de junio
de 2003, al señor Hugo Gómez Apac las funciones de
la Secretaría Técnica de la Comisión de Libre Compe-
tencia del Instituto Nacional de Defensa de la Compe-
tencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual -
INDECOPI-.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FERNANDO ARRUNÁTEGUI MARTÍNEZ
Presidente del Directorio (e)
10975
INEI
FE DE ERRATAS
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 169-2003-INEI
Mediante Oficio Nº 112-2003-INEI/J, el Instituto Nacio-
nal de Estadística e Informática solicita se publique Fe de
Erratas de la Resolución Jefatural Nº 169-2003-INEI, publi-
cada en nuestra edición del día 31 de mayo de 2003, en la
página 245208.
DICE:
Artículo 1º.- Dar por concluida a partir del 2 de junio
de 2003, la designación de la Lic. CHERLY ORÉ RAMÍ-
REZ, en el cargo de confianza de Subjefa de Informáti-
ca del Instituto Nacional de Estadística e Informática.
DEBE DECIR:
Artículo 1º.- Dar por concluida a partir de la fecha, la
designación de la Lic. CHERLY ORÉ RAMÍREZ, en el cargo
de confianza de Subjefa de Informática del Instituto Nacio-
nal de Estadística e Informática.
11098
I R T P
Autorizan contratar póliza de seguros
no personales mediante proceso de
selección de menor cuantía
INSTITUTO NACIONAL DE RADIO
Y TELEVISIÓN DEL PERÚ
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA
Nº 037-2003-IRTP
Lima, 6 de junio de 2003
Visto; el Informe Técnico-Legal Nº 005-2003/IRTP de la
Oficina General de Asesoría Legal y la Gerencia de Admi-
nistración y Finanzas; y,
CONSIDERANDO:
Que, el literal (c) del Artículo 19º del Texto Único Orde-
nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es-
tado, D.S. Nº 012-2001-PCM, exonera de los procesos de
Concurso Público o Adjudicación Directa, según sea el
caso, las adquisiciones que se realicen en situación de
urgencia declaradas de conformidad con dicha norma,
adquisiciones que en virtud del Artículo 20º del mismo cuerpo
legal se realizan mediante el proceso de Adjudicación de
Menor Cuantía;
Que, el artículo 21º de la Ley de Contrataciones y Ad-
quisiciones del Estado y el 108º de su Reglamento, esta-
blecen que la situación de urgencia se configura cuando la

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