1007 036-2005-INDECOPI/DIR - Encargan funciones de la Secretaría Técnica de la Comisión de Procedimientos Concursales del INDECOPI de La Libertad

Fecha de publicación20 Mayo 2005
Fecha de disposición20 Mayo 2005
Pág. 292905
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 20 de mayo de 2005
cación, sobre Nulidad de Adjudicación Directa Selectiva
Nº 001-2005-UNMSM-FE;
CONSIDERANDO:
Que mediante Oficio Nº 231-FE-DAD-2004 la Oficina
de la Dirección Administrativa de la Facultad de Educa-
ción solicita autorización para el Proceso de Selección de
Contratación de una Agencia de Viajes para el servicio de
Transporte Aéreo para desarrollar las labores Académico-
Administrativa del Personal Docente o Administrativo de
la Universidad y otros, en las sedes Provinciales de las
Unidades y /o Programas Autofinanciados por la citada
Facultad;
Que con Oficio Nº 257-/FE-DAD-2005 la Oficina de la
Dirección Administrativa de la Facultad de Educación remi-
te a la Oficina de Abastecimiento de la Universidad Nacio-
nal mayor de San Marcos, la información correspondiente
sobre la Convocatoria para la Adjudicación Directa Selecti-
va Nº 001-2005-UNMSM-FE "Contratación de una Agencia
de Viajes que provea del Servicio de Transporte Aéreo
para el Desarrollo de Labores Académico-Administrativa
del Personal Docente y/o Administrativo de la citada Facul-
tad en las sedes provinciales de sus Unidades y Progra-
mas Autofinanciados";
Que mediante Resolución Rectoral Nº 03004-R-04 de
fecha 5 de julio de 2004, en el numeral IV (Disposiciones
Generales y Procedimientos), inciso 4.10 se indica "que
antes de convocar a un Proceso de Selección (Licitación
Pública, Concurso Público, Adjudicación Directa), éstos
deberán estar incluidos en el Plan Anual de Adquisiciones
y Contrataciones de la Universidad";
Que la Oficina de Abastecimiento con Oficio Nº 0660-
OGE-OA-2005, al verificar los requisitos y procedimiento
para la convocatoria de contratación de una Agencia de
Viajes que brinde el servicio de transporte Aéreo a la Fa-
cultad de Educación, advierte que el Proceso de Selección
solicitado no se encuentra incluido en el Plan Anual de
Adquisiciones y Contrataciones de la Universidad, por lo
que en mérito a los incisos 1 y 2 del artículo 10º de la Ley
Nº27444-Ley de Procedimiento Administrativo General, se
debe declarar de oficio la nulidad del Proceso;
Que el Artículo 57º del Texto Único Ordenado de la Ley
de Contrataciones y Adquisiciones faculta al Titular de la
Entidad a declarar de oficio la nulidad de un acto adminis-
trativo cuando se contravengan las normas legales;
Que cuenta con el Informe Nº 090-OGE-VRADM-2005
de fecha 9 de marzo de 2005 de la Oficina General de
Economía;
Que la Oficina General de Asesoría Legal mediante
Informe Nº 0384-OGAL-05, por las consideraciones que
anteceden recomienda se declare la nulidad la convoca-
toria del Proceso de Adjudicación Directa Selectiva Nº 001-
2005-UNMSM-FE; y,
Estando a las atribuciones conferidas al señor Rector
por la Ley Universitaria Nº 23733 y el Estatuto de la Uni-
versidad Nacional Mayor de San Marcos;
SE RESUELVE:
Declarar la NULIDAD de la convocatoria para la Ad-
judicación Directa Selectiva Nº001-2005-UNMSM-FE para
la"Contratación de una Agencia de Viajes que provea del
Servicio de Transporte Aéreo para el desarrollo de las labo-
res Académico-Administrativas, del Personal docente y/o
Administrativo de la Facultad de Educación de la UNMSM,
en las sedes provinciales de sus Unidades y Programas
Autofinanciados".
Encargar al Comité Especial Permanente de Adqui-
siciones y Contrataciones de la Facultad de Educación la
notificación de la presente Resolución a los adquirentes de
las Bases Administrativas de la Adjudicación Directa Selec-
tiva Nº001-2005-UNMSM.
Encargar a la Secretaría General de la Universidad
la publicación de la presente Resolución Rectoral en el
Diario Oficial El Peruano dentro de los cinco días siguien-
tes de haber sido expedida.
Encargar a la Secretaría General de la Universidad y
a la Oficina de Abastecimiento el cumplimiento de la pre-
sente Resolución Rectoral.
Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
JUAN MANUEL BURGA DÍAZ
Rector
09435
ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
INDECOPI
Encargan funciones de la Secretaría
Técnica de la Comisión de
Procedimientos Concursales del
INDECOPI de La Libertad
RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA
DEL DIRECTORIO DEL INDECOPI
Nº 036-2005-INDECOPI/DIR
Lima, 17 de mayo de 2005
CONSIDERANDO:
Que conforme a lo establecido en el artículo 46º de la
Ley de Organización y Funciones del INDECOPI y artículo
56º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo
Nº 025-93-ITINCI, las Comisiones del INDECOPI cuentan
con una Secretaría Técnica que constituye órgano de en-
lace con la estructura administrativa institucional;
Que resulta pertinente adoptar acciones administrati-
vas en el ámbito de la Secretaría Técnica de la Comisión
de Procedimientos Concursales del Indecopi que opera en
la ciudad de Trujillo;
Estando al acuerdo adoptado por el Directorio; y,
De conformidad con el inciso e) del artículo 5º del De-
creto Ley Nº 25868;
RESUELVE:
Artículo 1º.- Dar por concluida, a partir del 20 de mayo
de 2005, la designación de la señora Lucy Díaz Plasencia
en el cargo de Secretaria Técnica de la Comisión de Proce-
dimientos Concursales del INDECOPI de La Libertad.
Artículo 2º.- Encargar las funciones de la Secretaría
Técnica de la Comisión de Procedimientos Concursales del
INDECOPI de La Libertad, al señor Celso Díaz Carmelino,
a partir del 20 de mayo de 2005.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SANTIAGO ROCA TAVELLA
Presidente del Directorio
09333
SUNARP
Prorrogan plazo para que Comisión
culmine con el proyecto normativo
sobre inscripción de Concesiones para
el aprovechamiento de recursos
naturales
RESOLUCIÓN DE LA SUPERINTENDENTE
NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS
Nº 148-2005-SUNARP/SN
Lima, 17 de mayo de 2005
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución del Superintendente Nacio-
nal de los Registros Públicos Nº 077-2005-SUNARP/SN se
constituyó la Comisión encargada de proponer las disposi-
ciones pertinentes, a fin de viabilizar la inscripción de las
Concesiones para el aprovechamiento de recursos natura-
les;Que, mediante Oficio Nº 0171-2005-SUNARP/GR, el
Presidente de la citada Comisión, abogado Gastón Castillo
Delgado, informó a esta Superintendencia sobre los avan-
ces en la elaboración del proyecto en cuestión, manifes-
tando que, no obstante, quedan pendientes algunos as-
pectos que corresponden ser regulados en dicho proyec-
to, por lo que solicitó se amplíe el plazo de trabajo de la
citada comisión;

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