DECRETO SUPREMO N° 040-2014-RE - Ratifican Acuerdo suscrito con la Secretaría General de la OEA relativo a los Privilegios e Inmunidades de los Observadores de las Elecciones Regionales y Municipales del 5 de octubre de 2014..

Fecha de disposición17 Septiembre 2014
Fecha de publicación17 Septiembre 2014
El Peruano
Miércoles 17 de setiembre de 2014
532640
por el Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y
Sexual - PNCVFS;
Con las visaciones de la Viceministra de la Mujer, de
la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional Contra la
Violencia Familiar y Sexual -PNCVFS, de la Secretaría
General, de la Of‌i cina General de Planeamiento y
Presupuesto, de la Of‌i cina General de Asesoría Jurídica y
de la Of‌i cina de Comunicación;
De conformidad con la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del
Poder Ejecutivo, la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento
Administrativo General, la Ley N° 28874- Ley que Regula
la Publicidad Estatal, el Decreto Legislativo N° 1098 - Ley
de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y
Poblaciones Vulnerables y su Reglamento de Organización
y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 003-
2012-MIMP;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el “Plan de Estrategia Publicitaria
2014 - PNCVFS”, correspondiente a la Unidad Ejecutora
009: Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y
Sexual - PNCVFS del Ministerio de la Mujer y Poblaciones
Vulnerables - MIMP, que en anexo adjunto forma parte
integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Disponer que la presente Resolución y
su anexo sean publicados en el portal institucional del
Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.
mimp.gob.pe)
Artículo 3.- La Of‌i cina de Comunicación será la
responsable del seguimiento y evaluación permanente
del cumplimiento de los objetivos y metas considerados
en el “Plan de Estrategia Publicitaria 2014 – PNCVFS”,
aprobado por la presente Resolución, debiendo informar
de ello a la Secretaría General del Ministerio de la Mujer y
Poblaciones Vulnerables.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARMEN OMONTE DURAND
Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables
1138133-1
RELACIONES EXTERIORES
Ratifican la “Enmienda de Doha al
Protocolo de Kyoto”
DECRETO SUPREMO
Nº 039-2014-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la “Enmienda de Doha al Protocolo de Kyoto”,
fue adoptada el 08 de diciembre de 2012, en la ciudad de
Doha, Estado de Qatar;
Que, es conveniente a los intereses del Perú la
ratif‌i cación del citado instrumento jurídico internacional;
De conformidad con lo dispuesto por los artículos 57º
y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el
segundo párrafo del artículo 2º de la Ley Nº 26647, que
facultan al Presidente de la República a celebrar y ratif‌i car
Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación
previa del Congreso;
DECRETA:
Artículo 1º.- Ratifícase la “Enmienda de Doha al
Protocolo de Kyoto”,adoptada el 08 de diciembre de
2012, en la ciudad de Doha, Estado de Qatar.
Artículo 2º.- De conformidad con los artículos 4º y 6º
de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores
procederá a publicar en el diario of‌i cial “El Peruano” el
texto íntegro de la referida Enmienda, así como su fecha
de entrada en vigencia.
Artículo 3º.- Dése cuenta al Congreso de la
República.
Artículo 4º.- El presente Decreto Supremo será
refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciséis
días del mes de setiembre del año dos mil catorce.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
GONZALO GUTIÉRREZ REINEL
Ministro de Relaciones Exteriores
1138508-1
Ratifican Acuerdo suscrito con la
Secretaría General de la OEA relativo
a los Privilegios e Inmunidades de
los Observadores de las Elecciones
Regionales y Municipales del 5 de
octubre de 2014
DECRETO SUPREMO
Nº 040-2014-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el Acuerdo entre el Gobierno de la República
del Perú y la Secretaría General de la Organización de
los Estados Americanos relativo a los Privilegios e
Inmunidades de los Observadores de las Elecciones
Regionales y Municipales del 5 de octubre de 2014,
suscrito el 4 de setiembre de 2014;
Que, es conveniente a los intereses del Perú la
ratif‌i cación del citado instrumento jurídico internacional;
De conformidad con lo dispuesto por los artículos 57
y 118 inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el
PUBLICACIÏN OBLIGATORIA DE
REGLAMENTOS ADMINISTRATIVOS
Se comunica a todas las Entidades del Sector Público que, conforme al Decreto Supremo
Nº 014-2012-JUS, publicado el 29 de agosto de 2012, los REGLAMENTOS ADMINISTRATIVOS
DEBEN PUBLICARSE en el DIARIO OFICIAL EL PERUANO para su VALIDEZ Y VIGENCIA, de
acuerdo a lo establecido en los artículos 51º y 109º de la Constitución Política del Perú.
LA DIRECCION

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