Declaran infundada impugnación de resolución que sancionó con destitución a ex servidora de la Sociedad de Beneficencia Pública de Huaraz*

Fecha de publicación01 Octubre 1997
Fecha de disposición01 Octubre 1997
Pág. 153061
NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 1 de octubre de 1997
la suma de S/. 47'989,933, según la siguiente Estructura
Funcional Programática: Sector 34 Promoción de la Mu-
jer y del Desarrollo Humano, Pliego 343 Programa de
Apoyo al Repoblamiento y Desarrollo de Zonas de Emer-
gencia, Unidad Gestora 01 Programa de Apoyo al Repo-
blamiento y Desarrollo de Zonas de Emergencia, Función
05 Asistencia y Previsión Social, Programa 014 Asistencia
Social y Comunitaria, Subprograma 0050 Asistencia
Comunitaria; que incluye los dos siguientes Proyectos:
Proyecto 01558 Inversión Social y Generación de Empleo,
con un Presupuesto en la Fuente de Financiamiento
Recursos Ordinarios de S/. 6'799,933; y, Proyecto 35002
Repoblamiento con un Presupuesto en la Fuente de Fi-
nanciamiento Recursos Ordinarios de S/. 23'940,000 y por
la Fuente de Financiamiento Donaciones y Transferen-
cias S/. 17'250,000 proveniente del Gobierno de la Repú-
blica Federal Alemana a través del Kreditanstalt fur
Wiederaufbau (KfW), oficializado según Resolución Jefa-
tural Nº 044-96-INADE-1100 del 22 de marzo de 1996,
para el financiamiento del Proyecto de Repoblación Ayacu-
cho: Saneamiento y Acceso Vial (PAR-SAV);
Que, por Resolución Jefatural Nº 010-97-PROMU-
DEH-PAR/J del 7 de marzo, se incorpora mayores recur-
sos al Presupuesto PAR 1997 por la suma de S/. 3'640,000
proveniente del Gobierno de la Confederación Suiza a
través de la Agencia Suiza para el Desarrollo y la Coope-
ración (COSUDE), para el financiamiento de la Segunda
Fase del Proyecto de Rehabilitación de Viviendas Rurales
y Servicios Básicos para Familias Desplazadas por la
Violencia (REHAVIR);
Que, en consecuencia, el total del presupuesto PAR
autorizado, por toda Fuente de Financiamiento alcanza la
suma de S/. 51'629,933;
Que, por las características, alcances, fuentes de fi-
nanciamiento y momentos de incorporación de recursos,
de los diferentes Proyectos a cargo del PAR, es necesario
formular el Plan Operativo Institucional PAR 1997, el
mismo que debe ser aprobado para fines de gestión y
evaluación presupuestaria;
Que, para fines de Evaluación específica de los Proyec-
tos PAR-SAV y REHAVIR (Fase II), se ha formulado
Programas de Trabajo de cada uno, los mismos que for-
man parte del Plan Operativo PAR 1997;
Con la visación de la Jefatura del Programa de Apoyo
al Repoblamiento y Desarrollo de Zonas de Emergencia y
Gerencia de Presupuesto y Planificación del Programa;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legis-
lativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Legisla-
tivo Nº 866, modificado por el Decreto Legislativo Nº 893,
el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado
por Decreto Supremo Nº 001-97-PROMUDEH y la Direc-
tiva Nº 002-94-INAP/DNR;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.-
Aprobar el Plan Operativo Institucional
PAR 1997 del Programa de Apoyo al Repoblamiento y
Desarrollo de Zonas de Emergencia.
Artículo 2º.-
Los Programas de Trabajo de los Proyec-
tos PAR-SAV y REHAVIR (Fase II), constituyen parte del
Plan Operativo Institucional PAR 1997.
Artículo 3º.-
Remitir copia de la presente Resolución
a la Oficina de Desarrollo Estratégico del Ministerio de
Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano, para los
fines pertinentes.
Regístrese y comuníquese.
MIRIAM SCHENONE ORDINOLA
Ministra de Promoción de la Mujer
y del Desarrollo Humano
10939
Declaran infundada impugnación de
resolución que sancionó con destitu-
ción a ex servidora de la Sociedad de
Beneficencia Pública de Huaraz
RESOLUCION MINISTERIAL
Nº 147-97-PROMUDEH
Lima, 29 de setiembre de 1997
Visto el Oficio Nº 490-97-PROMUDEH-CRBP, de 1 de
julio de 1997, enviado por el Presidente de la Comisión
Reorganizadora de Beneficencias Públicas, por el que
remite el recurso de apelación interpuesto por doña Emi-
lia Luisa Maguiña Ortiz, contra la Resolución Presiden-
cial Nº 035-93-SBPH;
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Presidencial Nº 035-93-
SBPH, de 1 de setiembre de 1993, se destituyó a doña
Emilia Luisa Maguiña Ortiz, ex servidora de la Sociedad
de Beneficencia Pública de Huaraz, al haber quedado
comprobado que cometió falta administrativa de carácter
disciplinario al haber agredido físicamente a un anciano
asilado en el Albergue "Mosquera Páucar" de la Sociedad
de Beneficencia Pública de Huaraz;
Que contra la mencionada Resolución la recurrente
interpone Recurso de Apelación, argumentando que la
Resolución recurrida carece de fundamentos de derecho y
contiene defectos de procedimiento, por lo que deduce la
nulidad de la misma y adjunta como nueva prueba, copia del
certificado Médico Legal que obra en el expediente penal
seguido por ante el Tercer Juzgado Penal de Huaraz, en el
proceso que interpusiera en su contra el agraviado;
Que de la revisión de autos se acredita que la Resolución
impugnada fue emitida por órgano competente, como lo es la
Presidencia de la Sociedad de Beneficencia Pública de Huaraz;
dentro de los alcances de la normatividad administrativa
aplicable a su caso, como el Reglamento de la Ley de Bases de
la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº
005-90-PCM, y dentro de las normas esenciales del debido
proceso, por lo que no se ha incurrido en las causales de nulidad
previstas en el Artículo 45º del Reglamento de Normas Gene-
rales de Procedimientos Administrativos, aprobado por De-
creto Supremo Nº 006-SC, vigente a la fecha de interposición
del referido Recurso;
Que el documento adjuntado como nueva prueba no
hace sino acreditar que hubo lesiones recíprocas entre la
apelante y el agraviado, tal como lo ha determinado el
Poder Judicial en la sentencia de Vista expedida por el
Tercer Juzgado Penal de Huaraz, en la que la declara
culpable y le impone sanción, por lo que, no amerita una
diferente interpretación de las pruebas producidas que
sustente su impugnación;
Estando a lo opinado por la Oficina de Apoyo Legal, en
el Informe Nº 085-97-PROMUDEH/OAL;
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 37º del
Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Legislativo;
Decreto Legislativo Nº 866 - Ley de Organización y Fun-
ciones del Ministerio de Promoción de la Mujer y del
Desarrollo Humano, modificado por Decreto Legislativo
Nº 893 y el Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas
Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado
por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.-
Declarar infundado el Recurso de Apela-
ción interpuesto por doña Emilia Luisa Maguiña Ortiz,
contra la Resolución Presidencial Nº 035-93-SBPH, por
los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la
presente Resolución.
Artículo 2º.-
Remitir copia de la presente Resolución
al Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF y a
la interesada para los fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese
MIRIAM SCHENONE ORDINOLA
Ministra de Promoción de la Mujer
y del Desarrollo Humano
10937
M T C
Declaran en abandono diversos
procedimientos administrativos sobre
autorización para prestar servicio de
radiodifusión
RESOLUCION DIRECTORAL
Nº 112-97-MTC/15.19
Lima, 22 de setiembre de 1997

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